TERRORISMO
marinlover15 de Diciembre de 2013
881 Palabras (4 Páginas)283 Visitas
Terrorismo: El terrorismo es la dominación por medio del terror, el control que se busca a partir de actos violentos cuyo fin es infundir miedo. El terrorismo, por lo tanto, busca coaccionar y presionar a los gobiernos o la sociedad en general para imponer sus reclamos y proclamas.
El terrorismo puede ser ejercido por distintos tipos de organizaciones sociales o políticas, tanto de derecha como de izquierda. Este tipo de acciones incluso pueden ser llevadas a cabo por grupos poco estructurados.
Narcoterrorismo: El narcoterrorismo es la cooperación y alianza estratégica entre mafias del narcotráfico y grupos armados extremistas así como otros grupos insurgentes o terroristas.
Se suele postular el narcoterrorismo como cierta alianza natural que acaba produciéndose entre grupos narcos y guerrilleros que, aunque persiguen objetivos opuestos, operan en la clandestinidad. Así, muchas organizaciones terroristas en declive son capaces de reconstituirse gracias a la poderosa financiación que obtienen de proporcionar cobertura y apoyo armado al narcotráfico. Por otro lado, los cárteles de la droga consiguen una capacidad de respuesta militar frente a los gobiernos con los que están en constante pugna.
Artículo en la legislación en donde se contempla el terrorismo:
Código Penal Federal
LIBRO SEGUNDO
TÍTULO PRIMERO. DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD DE LA NACIÓN
CAPÍTULO VI. TERRORISMO
Artículo 139
ARTICULO 139.- SE IMPONDRA PENA DE PRISION DE SEIS A CUARENTA AÑOS Y HASTA MIL DOSCIENTOS DIAS MULTA, SIN PERJUICIO DE LAS PENAS QUE CORRESPONDAN POR LOS DELITOS QUE RESULTEN, AL QUE UTILIZANDO SUSTANCIAS TOXICAS, ARMAS QUIMICAS, BIOLOGICAS O SIMILARES, MATERIAL RADIOACTIVO O INSTRUMENTOS QUE EMITAN RADIACIONES, EXPLOSIVOS O ARMAS DE FUEGO, O POR INCENDIO, INUNDACION O POR CUALQUIER OTRO MEDIO VIOLENTO, REALICE ACTOS EN CONTRA DE LAS PERSONAS, LAS COSAS O SERVICIOS PUBLICOS, QUE PRODUZCAN ALARMA, TEMOR O TERROR EN LA POBLACION O EN UN GRUPO O SECTOR DE ELLA, PARA ATENTAR CONTRA LA SEGURIDAD NACIONAL O PRESIONAR A LA AUTORIDAD PARA QUE TOME UNA DETERMINACION.
LA MISMA SANCION SE IMPONDRA AL QUE DIRECTA O INDIRECTAMENTE FINANCIE, APORTE O RECAUDE FONDOS ECONOMICOS O RECURSOS DE CUALQUIER NATURALEZA, CON CONOCIMIENTO DE QUE SERAN UTILIZADOS, EN TODO O EN PARTE, EN APOYO DE PERSONAS U ORGANIZACIONES QUE OPEREN O COMETAN ACTOS TERRORISTAS EN EL TERRITORIO NACIONAL.
CODIGO PENAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA
Artículo 160.- Comete el delito del terrorismo quien, para perturbar la paz pública y utilizando explosivos, substancias tóxicas, armas de fuego o por incendio, inundación, o por cualquier otro medio violento, realice actos en contra de las personas, cosas o servicios al público, que produzcan alarma, temor, terror en la población o en un grupo o sector de ella.
Artículo 161.- Se impondrá prisión de cinco a cincuenta años y multa hasta de seiscientos días de salario, a quien cometa el delito de terrorismo.
ETA: Bilbao, 31 de julio de 1959. Un grupo de estudiantes radicales disidentes del colectivo EKIN –nacido en 1952 para reaccionar contra la pasividad y el acomodo que en su opinión padecía el PNV– funda Euskadi Ta Askatasuna (Euskadi y Libertad). Es el nacimiento de ETA, una alternativa ideológica a los postulados del PNV con cuatro pilares básicos: la defensa del euskara, el etnicismo (como fase superadora del racismo), el antiespañolismo y la independencia de los territorios que, según reivindican, pertenecen a Euskadi: Álava, Vizcaya, Guipúzcoa, Navarra (en España), Lapurdi, Baja Navarra y Zuberoa (en Francia).
Su primera acción violenta se produce el 18 de julio de 1961: el intento fallido de descarrilamiento de un tren ocupado por voluntarios franquistas que se dirigían a San Sebastián para celebrar el Alzamiento.
En estos primeros años, la
...