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TITULOS Y OPERACIODES DE CREDITO


Enviado por   •  3 de Abril de 2013  •  1.165 Palabras (5 Páginas)  •  370 Visitas

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Definición

Los títulos de crédito son documentos privados que representan la creencia, fe, o confianza que una persona tiene en otro para que haga o pague algo, ya sea porque se le haya entregado un bien o por que se le haya acreditado una suma de dinero.

Elementos formales

Desde el punto de vista formal, los títulos de crédito son documentos privados, constitutivos de un derecho literal, necesarios para su ejercicio y destinados a la circulación. Cuatro son, pues, los elementos de los títulos de crédito a que ahora hemos de referirnos:

*Son documentos privados.- el titulo de crédito siempre es un documento, entendiendo por tal en este caso un pedazo de papel. A crago del legislador corre la obligación de cuidar que tengan características tales que dentro de la mayor simplicidad y sencillez se pueda depositar en ellos confianza y que, evitándose posibilidades de engaño, sean inconfundibles para cualquier persona, puesto que van a circular en todad las capas sociales y entre todas las personas.

*Son constitutivos de un derecho literal.- El segundo elemento formal de los títulos de crédito es que son constitutivos de un derecho literal.

No se trata de una expectativa, de una promesa o de cualquiera otra situación semejante sino precisamente de un derecho, sea una suma de dinero, a la propiedad de una cosa, a una prestación o al ejercicio de determinada facultad, por ejemplo, del voto en el caso de las acciones de una sociedad anónima; siempre el derecho está incorporado, implícito, contenido en el mismo título.

*Son documentos necesarios para ejercitar el derecho literal.- como tercer elemento formal de los títulos de crédito debemos señalar que son documentos necesarios para poder ejercitar el derecho en ellos contenido.

El titulo de crédito, por virtud de una ficción legal, es un documento destinado a circular y se va haciendo independiente de las personas que lo detentan y los transmiten por que en si mismo tiene un valor; si no se tiene materialmente el documento, no puede ejercitarse el derecho contenido en el.

*Son documentos destinados a la circulación.- Como cuarto y ultimo elemento formal de los títulos de crédito tenemos el de su destino a la circulación.

A diferencia de los documentos del Derecho común, en el que la figura jurídica de la sucesión de derechos no implica el traspaso del documento sino del contenido jurídico, que es el derecho en los títulos de crédito por virtud del diritto cartolare el documento sigue la suerte del derecho incorporado, del derecho representado por el documento.

Características generales

Los títulos de crédito tienen siete características o principios generales, a saber: la integración, la incorporación, la legitimación, la literalidad, la autonomía, la abstracción y la sustantividad.

a) La integración.- consiste en que el titulo de crédito deben constar textualmente todos los actos cambiarios exigidos o autorizados por la ley. En otras palabras, todos los actos relativos al mismo deben de incluirse en el.

b) La incorporación.- la incorporación viene a fundir el derecho al documento, al pedazo de papel, que se convierte en titulo de crédito cuando, reunidos los demás requisitos que veremos, el documento recibe un texto y una redacción que veremos al hablar de su literalidad.

c) La legitimación.- es la caracteritica que tiene el titulo de crédito, según la ley de su circulación, de facultar a quien lo posee para exigir del suscriptor o endosante en su caso, el pago de la prestación en el consignada y de autorizar al obligado a solventar válidamente su deuda a favor del tenedor.

d) La literalidad.- el derecho que brota del título es literal en el sentido de que es todo aquello que mira a su contenido, extensión y modalidades; es decir, en su esencia y en su forma es decisivo exclusivamente el elemento objetivo del tenor del título.

e) La autonomía.- el titulo de crédito endosado, destinado a circular y puesto ya en circulación, es independiente y autónomo respecto del negocio que le dio origen y lo que vale y obliga es únicamente lo que

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