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TRABAJO PRÁCTICO DE CRIMINOLOGIA.


Enviado por   •  22 de Marzo de 2016  •  Apuntes  •  1.549 Palabras (7 Páginas)  •  605 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCION

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES

TRABAJO PRACTICO DE CRIMINOLOGIA

Prof. Abog. Jorge Raúl Escobar Lara

Semestre: 2°                             Cátedra: 3ra.                  Turno: Tarde

INTEGRANTES:

  • Maia Belén Giménez Alvarez
  • Marilena Marilyn  Bogado Vera
  • Delia Verónica Domecq Rodríguez
  • Teo Escobar Benítez
  • Carlos Raúl Soto Insaurralde
  • Alan David Cattebeke Geissler
  • Jonatan David Muñoz

AÑO: 2015

Opción 5: Delitos contra la integridad física.

Identificar el tipo o tipos de delitos cometidos y el lugar del hecho (campo o ciudad).

En la querella autónoma (por tratarse de un delito privado, el fiscal no interviene y la victima procede directamente), la victima A, junto con su abogado alega que acciones cometidas hacia ella están contempladas en Código Penal.

Art.111: Lesión

El que dañara la salud del otro, será castigado con pena privativa de libertad de hasta un año o multa.

Inc. 3 sometiera a la víctima a graves dolores físicos o Psíquicos.

Art.122: Amenaza

El que amenaza a otro con un hecho punible contra la vida la integridad física será castigado con pena privativa de libertad hasta cinco años o multa.

Lugar del hecho: Fernando de la mora; calle Luis Alberto del Paraná., en la casa matrimonial de A y B, en ese entonces.

2. Medios utilizados para cometer el delito: Fuerza Física

3. Características del delincuente; B.

Edad: 45 años

Sexo: Masculino.

Profesión u ocupación: Técnico informático.

Religión: Católico.

Nivel Educativo: Universitario.

Lugar de residencia: Fernando de la mora; Guyra Campana.

4. Datos de la Victima; A.

Edad: 43 años

Sexo: Femenino.

Profesión u ocupación: Lic. Nutrición

Religión: Católica

Nivel Educativo: Universitaria.

Lugar de residencia: Fernando de la mora; Luis Alberto del Paraná.


Relato íntegro del caso; la víctima es denominada A y el delincuente B.

El hecho punible a relatar consiste en una denuncia, presentada en fecha 21 de agosto a las 03:30 hs am; realizada por A, en contra de su marido B; alegando la denunciante haber recibido agresiones y sido víctima de lesiones por parte de B, al constituir este hecho punible de acción privada la  A presenta una querella autónoma (acción de una persona para hacer valer sus derechos ante el juzgado competente sin intervención de la fiscalía) en contra de B.

Que en la fecha 21 de agosto del 2010, se encontraba en su domicilio con sus tres hijas durmiendo y esa noche llega B del cual llevaba semanas separado, debido   a una hija extramatrimonial que el mismo confeso, por ese mismo motivo decidió por su voluntad abandonar el hogar, sin embargo este llego a la casa esa noche y luego de discutir con A sobre la situación de infidelidad que B ocasiono y decirle A a B que no podía entrar, motivo por el cual llegaron a una discusión que se torno agresiva, y A alega que B le ocasiono heridas, moretones y hematomas en las piernas, muslos, lastimándole la espalda y coxis. Y que posteriormente a ese hecho A recurrió al Hospital de San Lorenzo para que le hicieran el diagnostico correspondiente para pedir la exclusión del hogar de B.

Así mismo en la última parte de su querella solicita una pena o resarcimiento del daño por todo el sufrimiento que ya causo B, a su familia que no solo son maltratos físicos y psicológicos,  sino también amenazas constantes.

Presento como prueba un expediente judicial caratulado A contra B sobre Violencia Domestica, del 24 de agosto del 2010 llevado a cabo en el Juzgado de Paz de Fernando de la Mora, Secretaria Nº 1 y con esto A demuestra que ya existen casos antecedentes contra B sobre acciones hechas por B contra la integridad física de A.

Acto seguido en la primera providencia, el juez ordeno una audiencia de mediación penal para tratar de llegar a un acuerdo privado entre las partes y no llegar hasta el juicio oral. Luego de que las partes asistieran a la cita de mediación en la hora y fecha acordadas en donde A y B no llegaron a acuerdo alguno. Dicho esto el juez señalo una audiencia de conciliación a llevarse a cabo el 15 de diciembre de 2010 entre las `partes; dicha audiencia no pudo llevarse a acabo ya que B presento un certificado médico, entonces se cambia la audiencia de conciliación para 9 de marzo de 2011 a las 09:00 horas. En esta audiencia de conciliación ya ambas partes se presentaron y el juez inicia explicando que esta es una oportunidad para que se reconcilien o en este caso llegar a un acuerdo y así evitar el juicio oral. A manifiesta que está abierta a una conciliación si es que B responde a sus pretensiones y también manifiesta que su pretensión de llegar a un acuerdo económico, ya que B tiene otras causas pendientes con su familia y otros daños ocasionados y lo que pide es 500.000.000 GS  (QUINIENTOS MILLONES DE GUARANIES) y una camioneta que está a nombre de A y B responde a eso es que esa camioneta es un bien que se tratara en el divorcio. Acto seguido el abogado de A solicita que se eleve la causa a un Juicio Oral y Público; ya que B no respondió a las pretensiones de A, y dicho eso el juzgado elevo a juicio oral y dio un plazo de 5 días para que presenten pruebas de la que va a valerse el juicio oral.

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