Teoria Del Caso
eder100021 de Mayo de 2014
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TEORIA DEL CASO.
La teoría del caso es un término que se refiere a la versión de los hechos delictivos, que cada una de las partes adversarias tendrá en un proceso penal, y en consecuencia la estrategia que cada una de estas, pretenderá acreditar en juicio. Así la palabra teoría hace referencia al conocimiento especulativo considerado con independencia de toda aplicación, de esta palabra se deriva, otra que es: teorema, que quiere decir la proposición que afirma una verdad demostrable.
Se puede decir que la teoría del caso es el planteamiento que la parte acusadora o la defensa hacen sobre los hechos penalmente relevantes, las pruebas que los sustentan, y los fundamentos jurídicos que la apoyan, es decir cada parte adversaria tiene una teoría que plantea de la forma que ocurrieron los hechos, la responsabilidad o no del imputado, según las pruebas que aporten cada una de ellas.
La palabra caso, se entiende como cada uno de los sucesos, acontecimientos o asuntos, en cuya investigación interviene el Estado y que se dirimen en juicio ante los tribunales de justicia. En este sentido en la teoría del caso se podría establecer lo siguiente:
“El planteamiento técnico que desarrolla y argumenta cada una de las partes, sea en defensa o en acusación, para demostrar los hechos más relevantes, penalmente, de su causa; permite así mismo, que cada actor y su representante, basados en las pruebas aportadas y debidamente sustentadas, más los fundamentos jurídicos convenientes y pertinentes que los apoyan, puedan desarrollar procesalmente sus intenciones o pretensiones.”
En base a lo anterior, se puede decir que cada uno de los planteamientos facticos, probatorios y jurídicos deban ser concatenados de tal manera que cada adversario en sede judicial demuestre que su teoría apunta a demostrar una verdad que se argumenta respecto de una causa o caso penal en concreto.
Con las reformas constitucionales que en el año 2008 se modificó el sistema procesal mexicano, la teoría del caso (theory of the case) cuyo origen se encuentra en la literatura anglosajona, paso a convertirse en tema de moda en México, y ha ocupado el centro de discusión procesal; tal pareciera que antes de dichas reformas no hubiese existido en nuestro país.
Lo que ahora conocemos como teoría del caso, ha existido por siempre, lo que sucede es que abogados y servidores públicos de procuración y administración de justicia no han hecho uso de ella.
La verdad es que, con sus deficiencias propias del personal, quienes, agobiados por la carga del trabajo y los intereses en juego, por lo menos, del lado de la
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autoridad fue visible el planteamiento de la teoría del caso como ejemplo: el pliego de consignación, el auto de plazo constitucional, en las conclusiones del Ministerio Publico y en la sentencia.
Del lado de la defensa, por lo contrario, la teoría del caso fue la eterna cenicienta del proceso, dado que los defensores fueron guiados por la improvisación, por los formatos, la rutina, la intuición o la experiencia.
DEFINICION.
Lo que en el derecho procesal penal se conoce como “teoría del caso” puede ser definido como el “punto de vista”, la “tesis”, la “propuesta”, la “estrategia”, el “planteamiento”, el “guion”, el “ángulo”, la “brújula”, el “mapa” o la “partitura” de solución que las partes proponen al juez o al tribunal de juicio oral para resolver la controversia.
La teoría del caso es por un lado, la herramienta metodológica por excelencia que tienen las partes para poder construir, recolectar, depurar y exponer su posición estratégica frente a los hechos materia del proceso; y por otra lado, es un sistema o aparato conceptual que permite la articulación de tres niveles de análisis: factico, jurídico y probatorio. La correspondencia de la hipótesis fáctica, la hipótesis jurídica y la hipótesis probatoria se le denomina teoría del caso.
DINAMICA DE LA TEORIA DEL CASO
La teoría del caso consiste en subsumir los hechos (lo factico), dentro de la norma aplicable (lo jurídico), según los elementos de convicción recopilados (lo probatorio), de modo que permitan construir una historia con significado penal relevante.
DIALECTICA DE LA TEORIA DEL CASO
En realidad, la teoría del caso, es un proceso dialectico en el que pueden diferenciarse los siguientes puntos de vista:
a) Planteamiento del Ministerio Publico (tesis);
b) Planteamiento de la defensa (antítesis); y,
c) La conclusión de los jueces (solución).
TEORIA DEL CASO DEL MINITERIO PÚBLICO:
Desde el punto de vista del Ministerio Publico o de la acusación, la teoría del caso es una explicación jurídica que presenta al juez del porque ciertos hechos ocurridos se subsumen en determinado tipo penal y del cual se tiene la prueba correspondiente, y que, por consecuencia, deben dar lugar a una sanción penal en contra de quien o quienes han intervenido en su realización.
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TEORIA DEL CASO DE LA DEFENSA:
Desde este punto de vista de la defensa, la teoría del caso consiste en la explicación jurídica que el defensor propone al juez para desaparecer toda sombra de responsabilidad penal para el imputado o acusado, o bien, para lograr una consecuencia jurídica más favorable a su patrocinado o representado.
La defensa desplegara un relato paralelo que, apoyado igualmente en los antecedentes recopilados durante su investigación o por el propio Ministerio Publico, intentara desdibujar el relato de la acusación, explicando los hechos desde una óptica diferente. El defensor tendrá que optar por la construcción de un relato alternativo (defensa positiva) o basado en la concentración puntual sobre problemas, inexactitudes o contradicciones de las pruebas del Ministerio Publico (defensa negativa), o combinar ambas modalidades de un modo coherente y verosímil.
LA CONCLUSION DE LOS JUECES
Para el órgano jurisdiccional, la teoría del caso es la postulación que cada parte presenta para que la asuma como una verdad jurídica. Al final, los jueces admitirán la teoría del caso que les haya creado mayor convicción, puede ser el planteamiento del Ministerio Publico o de la defensa.
NATURALEZA DE LA TEORIA DEL CASO
Sobre la naturaleza de la teoría del caso, deben tomarse en cuenta dos aspectos:
a) La teoría del caso como método; y,
b) La teoría del caso como exposición sistemática.
LA TEORIA DEL CASO COMO METODO
La teoría del caso es una metodología de organización que tiene por objeto sistematizar la información contenida en una causa penal y no debe de ser tomada como una receta rigurosa o inflexible; más bien, constituye un mínimo número de pasos llamados a ser superados por la vocación, el interés y la creatividad del defensor al ejercer la defensa técnica de manera eficaz y eficiente. Su eficacia estriba en su análisis en todas las etapas del proceso penal siempre con vista a la posibilidad del debate oral y publico.
LA TEORIA DEL CASO COMO EXPOSICION SISTEMATICA
Como exposición sistemática, la teoría del caso se explica con las siguientes tesis:
Primera tesis: esta reduce a la teoría del caso a la mera exposición de los hechos o la narrativa de la historia, con la necesidad de persuadir.
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Segunda tesis: una segunda tesis resalta el carácter sistemático de la teoría del caso.
Tercera tesis: no es solo la exposición de los hechos, es más bien narrativa, sistemática y además prueba, esta es la posición correcta.
OBJETIVOS DE LA TEORIA DEL CASO
En todo proceso penal se debe de erradicar la improvisación y esto se debe de lograr con un buen manejo de la teoría del caso, de lo contrario no tendría ningún sentido el tener un litigio ya que se fracasaría con esta labor, que es por demás una actividad noble.
A efectos didácticos, el estudio de los objetivos de la teoría del caso comprende:
a) Objetivos generales; y,
b) Objetivos específicos
OBJETIVOS GENERALES.
Como se ha visto la teoría del caso en una guía cuya utilidad puede observarse dentro del desarrollo de diversas fases procesales.
Como efectos didácticos, a continuación mencionaremos en forma breve cada uno de esos objetivos:
a) Sirve para identificar el problema litigioso.
b) Sirve para identificar los elementos del delito en cuestión
c) Sirve para proyectar la solución del problema
d) Sirve para identificar las fortalezas y debilidades de las partes
e) Permite organizar la estrategia de las partes
f) Permite dirigir la investigación.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
Hasta ahora se ha mencionado que la teoría del caso es útil en todo el desarrollo del procedimiento penal, hay momentos del proceso en donde adquiere más peso y relevancia.
a) Utilidad para la selección de pruebas
b) Utilidad en la organización de las pruebas
c) Utilidad en el desarrollo de la prueba
Dentro de este punto es preciso mencionar deben tomarse en cuenta los siguientes aspectos:
1) permite establecer el orden en que los testigos y peritos serán presentados, privilegiando los testimonios fuertes al comienzo y al final para causar impacto sobre el juzgador, bajo el principio psicológico de que, lo que se retiene es lo primero y lo último.
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2) Permite organizar los interrogatorios orientando éticamente al testigo sobre su declaración y la secuencia del examen, así como orientarlo frente al contrainterrogatorio que vendrá después;
3) Ayuda a analizar las debilidades
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