Tesis resolucion 058 INTRODUCCION
alba-estevezTesis21 de Enero de 2016
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INTRODUCCION
La educación, a través de la historia, ha sido considerada como el recurso más idóneo y el eje rector de todo desarrollo y renovación social. Mediante el proceso educativo se transmiten los valores fundamentales y la preservación de la identidad cultural y ciudadana; es la base de la formación y preparación de los recursos humanos necesarios. La escuela se convierte así, en el lugar para la adquisición y difusión de los conocimientos relevantes y el medio para la multiplicación de las capacidades productivas.
La política educativa en Venezuela está orientada hacia el mejoramiento de la calidad, incremento de la cobertura y modernización de la estructura administrativa del sistema educativo, a través de la revisión y reforma de todos sus niveles y modalidades, razón, por la cual se le ha dado énfasis al proceso de descentralización, como una estrategia orientada a dar mayor autonomía de gestión a los centros educativos; y por otra parte, generar cambios profundos en la profesión docente para la transformación de las prácticas pedagógica.
Por tal motivo nosotros estudiantes del Derecho nos hemos tomado la tarea de realizar una investigación sobre El análisis de la resolución 058 mediante la cual se establece la normativa y procedimiento para el funcionamiento del Consejo Educativo, como toda ley y reglamento oficial, es de obligatorio cumplimiento. Ya que el Derecho a la Educación es un derecho está consagrado en nuestra constitución.
A partir de esta resolución la sociedad tiene muchas interrogantes, como lo son; ¿Cuál es la importancia del análisis de la resolución 058 del Ministerio del Poder Popular para la Educación? ¿Se recomienda responder las encuestas que llegan a escuelas y colegios? ¿Qué se está aplicando hoy? ¿Qué le debe preocupar a la sociedad? ¿Este es el modelo de educación que queremos para nuestros hijos?
Todas estas interrogantes serán dilucidadas en la presente investigación, amparándonos en la jurisprudencia, la doctrina y el ordenamiento jurídico venezolano vigente.
CAPITULO I
EL PROBLEMA
- Contextualización y Delimitación del Problema
En este capítulo se presenta la Delimitación del Problema, el Objetivo General, los Objetivos Específicos y la Justificación de la investigación.
En Venezuela, según la Ley Orgánica de Educación, el sistema educativo está organizado en: El subsistema de educación básica; el cual está estructurado en los niveles de educación inicial, educación primaria y educación media.
El pasado 16 de Octubre de 2012 se publicó en Gaceta Oficial número 40.029, mediante decreto ministerial, la resolución 058. Esta crea y regula la organización de las comunidades educativas a través de la figura de los Consejos Educativos y por tanto, deroga la resolución 751 vigente desde 1986.
Es importante resaltar que, desde el inicio del gobierno del Ex presidente Hugo Chávez Frías, se adelantaron varios esfuerzos de modificación de la resolución 751 desde la Dirección Nacional de Comunidades Educativas del Ministerio del Poder Popular para la Educación. Estos esfuerzos en su mayoría fueron acompañados en procesos de discusión pública de la propuesta elaborada por el
Ministerio. En aquel momento la profesora Xiomara Lucena[1], recorrió el país participando en foros de discusión y reuniones de trabajo con diversos actores escolares, hasta el momento no se ha convocado un proceso formal de consulta pública sobre el contenido de esta resolución.
Con el supremo compromiso sustentado en valores éticos, morales, humanísticos y culturales la presente Resolución 058 tiene como propósito democratizar la gestión escolar con base en el modelo sociopolítico de la democracia participativa y protagónica establecida en nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999).
Ello significa que los actores claves y otros corresponsales del proceso educacional participan activamente en los asuntos de interés de determinada comunidad educativa, mediante la organización de colectivos de estudiantes, docentes, padres, madres y representantes, directivos, quienes tendrán su vocería en el Consejo Educativo participando directamente en la gestión escolar y por ende, en la toma de decisiones; así como establecer los necesarios vasos comunicantes entre la escuela o el liceo y la localidad donde ella se encuentra insertada, propiciando de esta manera una formación para el ejercicio pleno de la nueva ciudadanía.
También con la creación del Consejo Educativo se pretende desarrollar soluciones a los problemas que se presenten en cada institución educativa yendo incluso más allá de los muros del recinto escolar.
Según los artículos 20 y 21 de la Ley Orgánica de Educación. Cuando se trata del derecho a la educación, es importante tener como premisa que en términos de derechos humanos hay tres tipos de titularidad: titularidad de derecho, titularidad de responsabilidades y titularidad de obligaciones.
Partiendo de la estructura de titularidad sobre el derecho a la educación, si se considera a la escuela como la unidad más desagregada del Estado, en términos de la estructura del sistema educativo, es a través de ésta que se concreta la responsabilidad del Estado de garantizar el derecho a la educación.
Si las escuelas son de dependencia oficial, es decir, su administración depende de una instancia gubernamental, sea esta nacional, estadal o municipal, los trabajadores de la escuela: directivos, docentes administrativos y obreros, son el brazo ejecutor, los representantes del Estado a través de los que éste ejerce su deber de garantizar el derecho a la educación. Más allá de la escuela como instancia más desagregada del Estado y brazo ejecutor de la política educativa, el Estado tiene como deber garantizar las condiciones que permitan el funcionamiento óptimo de las escuelas bajo su dependencia y que garanticen la calidad de la educación en las escuelas que no lo están.
Por otra parte, si se trata de escuelas de dependencia privada, la responsabilidad del Estado está en garantizar, a través de los mecanismos propios de la supervisión educativa, que los procesos educativos se desarrollen con la calidad y pertinencia que garanticen el debido ejercicio del derecho a la educación de los niños y jóvenes cuyas familias optan por esa opción educativa.
Por su parte, los padres y representantes actúan como corresponsables del proceso educativo, en primer lugar en el cumplimiento de los deberes establecidos en la Constitución que, de acuerdo a su artículo 76 son responsables de formar y educar a niños y jóvenes, lo que comienza con la responsabilidad directa en la formación que se desarrolla en el seno de la familia, más allá de la escuela, y continúa con su corresponsabilidad en lo que sucede en el ámbito escolar lo que como titulares de responsabilidades, se traduce en acompañar y promover la motivación para el aprovechamiento del proceso educativo que se desarrolla en la escuela, por parte de los niños, niñas y adolescentes en la medida de las posibilidades de las familias derivadas de sus competencias y habilidades; y en la exigencia al Estado de las condiciones y calidad de la educación que es desarrollada en la escuela.
María Teresa Hernández presidenta de la Cámara Venezolana de Colegios Privados (CAVEP), informó en su entrevista para Últimas Noticias que la resolución 058 del Ministerio de Educación, publicada en 2012 ha tenido efectos negativos en los colegios y escuelas. Esta ha obligado a actividades para honrar al ex presidente Hugo Chávez Frías, los planteles han sido obligados a planificar sus clases en base a la vida y obra del fallecido ex presidente, lo peligroso es que lo exigen como educación inicial.
José Atienza, el presidente de la Cámara Municipal de Sifontes, en compañía de los concejales del bloque oficialista, expresaron su apoyo a la Resolución educativa 058, expresando que se busca mejorar la calidad educativa en Venezuela ̧ así mismo apoyaron la propuesta de consulta pública que se llevará a cabo durante 5 meses a nivel nacional.
Atienza quien estuvo acompañado de los concejales Yandris Pacheco, Inés Figueroa y Marilin Amoretti, acotó que el llamado a consulta tiene como objetivo recoger ideas y opiniones de los venezolanos para la elaboración del nuevo currículo educativo.
Resaltaron que esta consulta se hará mediante preguntas que serán aplicadas a alumnos, docentes, personal administrativo y obrero, para conocer cómo quieren que sea la educación en todos los niveles.
“Esto forma parte de la clara democratización de la educación con la inclusión de todos los niveles de la sociedad para que sean ellos mismos quienes digan cómo quieren que sea la educación en el país”, argumentó el dirigente.
El propósito es democratizar la gestión escolar implica garantizar la participación de las personas que hacen vidas en las comunidades educativas en la toma de decisiones que determina la gestión de la escuela. Sin embargo esta participación puede establecerse mediante varios mecanismos, pero su diseño debe estar precedido por la definición del propósito y el alcance de dicha participación.
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