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Tipos de conciencia


Enviado por   •  20 de Febrero de 2014  •  Exámen  •  1.355 Palabras (6 Páginas)  •  348 Visitas

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Tipos de conciencia

La palabra conciencia proviene del latín conscientia, que significa con conocimiento. Esta palabra alude al acto psíquico por medio del cual el individuo se percibe a sí mismo inserto en el mundo.

Se puede hablar de distintos tipos de conciencia, no sólo de la individual. Una forma de clasificarla es:

Conciencia individual: esta alude a la conciencia del individuo y de la forma en que el entorno puede perjudicarlo o favorecerlo en las distintas circunstancias de la vida. Por medio de esta, la persona establece qué es lo bueno y lo malo para sí. El poner en marcha esta distinción se la conoce bajo el nombre de instinto de supervivencia. Además, por medio de esta el individuo cae en la cuenta de que debe usar su libre albedrío y capacidades para crear y también dirigir su propio plan de vida.

Conciencia social: esta apunta a la conciencia de cuál es el estado del resto de la comunidad y de cómo el entorno puede favorecerla o perjudicarla. Por medio de la conciencia social se establece aquello que es malo o bueno para la comunidad como un todo y cuando esta distinción se pone en marcha se la conoce bajo el nombre de instinto de protección.

Conciencia emocional: a partir de los datos emocionales, esta conciencia dictamina qué es bueno y qué malo así como también de cómo la forma en que el individuo y su comunidad actúen afectará el estado emocional de la comunidad en sí. Al la realización acertada de dicha distinción se la conoce bajo el nombre de inteligencia emocional.

Conciencia temporal: por medio de esta el individuo toma conciencia sobre el ambiente que lo rodea y de cómo lo afecta tanto a él como al resto a lo largo de la línea del tiempo. Por medio de esta se distingue aquello que es malo o bueno para la comunidad como un todo con respecto a su futuro. Cuando esta distinción se ejerce correctamente se la conoce como inteligencia racional.

Además, se puede hablar de:

Conciencia psicológica: por medio de esta, la persona advierte su propia presencia, de los hechos y objetos que se ubican fuera del propio yo y la reflexión de los actos propios.

Conciencia moral: esta es el conocimiento que cada individuo debería tener sobre las reglas morales y las normas. Por medio de esta, la persona se da cuenta de si la propia conducta moral es valiosa o no. Los actos morales son aquellos orientados hacia los demás, el mundo y el exterior.

La formación de la conciencia:

La formación de la conciencia es aquel proceso por el que principios verdaderos de conducta llegan, progresivamente, a ser operativos en la inteligencia de una persona. La deformación de la conciencia es el proceso por el que principios falsos llegan, poco a poco, a configurar y gobernar la operación de la mente.

La conciencia de obligación dudosa:

2.3 En caso de duda sobre la licitud o ilicitud de un acto, se puede seguir cualquier opinión sólidamente probable, desatendiendo otras igualmente, o aún más probables. De esta manera y apoyado en este criterio puedo formar una conciencia cierta sobre la licitud o ilicitud de mi acción, y así obrar con conciencia cierta. La razón de este criterio es, porque una obligación dudosa es una obligación inexistente, pues la obligación es un ligamen intencional que no puede existir sino en un juicio cierto. Un imperativo categórico no puede ser un juicio dudoso. Por consiguiente, si no hay obligación, quedamos en la libertad de seguir cualquiera de las opiniones, la que sostenga que se puede hacer el acto, o la que sostenga que no se puede hacer. La ley incierta no obliga. "In dubio libertas", en caso de duda, libertad. Pero adviértase que la duda ha de fundarse en razones sólidamente probables en pro, y en contra. No basta, por consiguiente, la opinión de cualquier persona para que sea una opinión sólidamente probable, sino de persona competente en Moral. Ni mucho menos se tome como "opinión sólidamente probable" contra la existencia de la ley u obligación, lo que no es más que ignorancia de la ley. Para poder utilizar el criterio que acabamos de exponer, y formar con él una conciencia cierta de la licitud de la acción, cuando hay duda,

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