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Titulos Valores


Enviado por   •  23 de Mayo de 2013  •  5.170 Palabras (21 Páginas)  •  278 Visitas

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TITULOS VALORES

GENERALIDADES

Los títulos de crédito son una institución que se incorpora

tardíamente a la ciencia del Derecho, pues su

funcionamiento no es concebible sino en una economía de

cierto desarrollo. Estos constituyen el mecanismo jurídico

destinado a resolver de manera simple y segura los

problemas propios de la circulación de los derechos.

Si se examina el diverso contenido del título, fácilmente se

llega a la conclusión de que es más adecuado usar las

expresiones papel valor o título valor por ser estas más

comprensivas que la de título de crédito

Los títulos de crédito son una especie dentro del género de documentos, por lo que puede decirse

que todo titulo de crédito es un documento, pero no todo documento es titulo de crédito. En los

títulos de crédito, el documento es condición necesaria y suficiente para atribuir el derecho. La

doctrina conoce con el nombre de incorporación, la relación existente en los títulos de crédito entre

el derecho y el documento. El derecho consignado en el titulo es autónomo, lo que quiere decir

que cada uno de los tenedores del documento tiene un derecho propio, independiente de los

anteriores tenedores. Los títulos de crédito están destinados a circular, por lo que este debe, ser

un elemento de suma importancia

TERMINOLOGÍA

Messineo prefiere la utilización de la expresión papel valor y explica que papel alude al documento

y valor al diverso derecho, siempre de contenido patrimonial, que puede contenerse en el,

agregando que papel por otra parte, es más cercano que titulo.

Son cosas mercantiles los títulos de crédito. Su emisión, expedición, endoso, aval o aceptación y

las demás operaciones que en ellos se consignen, son actos de comercio. Los derechos y

obligaciones derivados de los actos o contratos que hayan dado lugar a la emisión o trasmisión de

títulos de crédito, o se hayan practicado con estos, se rigen por las normas enumeradas en el

articulo 2o., Cuando no se puedan ejercitar o cumplir separadamente del titulo, y por la ley que

corresponda a la naturaleza civil o mercantil de tales actos o contratos, en los demás casos.

Los actos y las operaciones a que se refiere lo anterior, se rigen:

I.- por lo dispuesto en el Código de Comercio, y en las demás leyes especiales, relativas; en su

defecto;

II.- por la legislación mercantil general, en su defecto;

III.- por los usos bancarios y mercantiles y, en defecto de estos; y

IV.- por el derecho común, declarándose aplicable, para los fines de esta ley, el código civil.

CLASIFICACIÓN DE LOS TÍTULOS VALORES

A. Por la forma de creación de los títulos son singulares y en serie (seriales o de masa).

1. Los primeros se caracterizan por su individualidad. (Son aquellos que son creados uno

solo en cada acto de creación.) Ejemplos: Letra de cambio, Cheque, Pagare.

2. Los segundos, llamados igualmente títulos en masa, se distinguen por su fungibilidad.

Teniendo todos las mismas características, son intercambiables y corresponden todos al

mismo negocio. (O sea cuando varios títulos derivan de una misma operación y son

destinados a una pluralidad de adquirentes) Ejemplos: Acciones, Bonos u obligaciones

negociables constituyen el caso típico de títulos emitidos en serie.

B. Por el sujeto que los crea, los títulos son públicos o privados. En el primer grupo entran los

títulos de deuda pública o los títulos emitidos por las diversas personas de derecho público. Al

segundo grupo corresponden los creados por las personas de derecho privado.

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