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Trabajo Práctico N°1: Diplomacia


Enviado por   •  1 de Octubre de 2015  •  Trabajos  •  1.202 Palabras (5 Páginas)  •  83 Visitas

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Trabajo Práctico N°1: Diplomacia

Índice:

Consignas………………………………………………………………………...........3

Desarrollo……………………………………………………………………………….4

Bibliografía……………………………………………………………………………...7

Conclusión……………………………………………………………………………...8

Consigna

  • Indique como se compone el cuerpo diplomático, explicando las funciones que desempeñan los ministros plenipotenciarios, consejeros, encargados de negocios, secretarios y agregados.
  • Cuáles son las funciones de un agente diplomático teniendo en cuenta la Convención de Viena de 1815 sobre Relaciones Diplomáticas.

Objetivo

Analizar y comprender como personalidades del ámbito diplomático ejercen sus funciones y se relacionan a nivel internacional y con sus conocimientos en ceremonial y protocolo desarrollan sus tareas remitiéndonos a la importancia de la diplomacia.

Forma de presentación: El trabajo individual debe ser presentado en carpeta A4, con carátula y rótulo según las normas de presentación de la facultad, con índice, cuerpo principal y conclusión. Bibliografía.

Hojas blancas tamaño A4, numeradas. Cuerpo 12. Interlineado: 1,5.

Fecha de entrega: 25 de Agosto de 2015.

  • Indique como se compone el cuerpo diplomático, explicando las funciones que desempeñan los ministros plenipotenciarios, consejeros, encargados de negocios, secretarios y agregados.

El cuerpo diplomático, corps diplomatique en francés, la lengua franca de la diplomacia, se entiende como el conjunto de diplomáticos que se encuentran acreditados ante un país o una organización. Este debe ser diferenciado con el término “servicio diplomático”, que es el conjunto de cuerpos diplomáticos de un país en concreto. El cuerpo diplomático suele ser reconocido por parte del país que los recibe y usualmente se lo tiene en cuenta en el protocolo de los actos oficiales, como vemos en el decreto 2072/93, el cual establece la precedencia con o sin la presencia de este cuerpo. En otras palabras, el cuerpo diplomático es el conjunto de Jefes de Misión de todas las categorías acreditados ante un estado y todo el personal de dicha Misión, es decir, todos los incluidos en la lista diplomática.

La lista diplomática es un documento que incluye a todos los funcionarios que están en representación de un determinado país. En Argentina, podemos encontrar las listas diplomáticas de cada país en la página del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto bajo el nombre de “Representaciones Extranjeras”. Allí se detalla cada funcionario acreditado ante nuestro país y cuál es el cargo que el mismo tiene.

Entre los cargos que pueden encontrarse en las listas diplomáticas están: Embajadores, Jefes de Cancillería, Cónsules, Ministros Plenipotenciarios, Consejeros, Agregados, Secretarios y  otros posibles cargos que dependen del país que los envía. Cada uno de los cargos tiene sus propias funciones, las cuales serán desarrolladas a continuación.

El ministro plenipotenciario es un representante acreditado de un estadio extranjero en otro país que no disfruta del rango de embajador. Según el cuerpo diplomático, es un agente de segunda categoría, también llamado enviado extraordinario. Éste presenta sus credenciales al jefe del Estado pero su nexo se establece luego a través de los ministros de gabinete. Los consejeros son personas en constante contacto con el Jefe de Misión y el Ministro consejero debido a que generalmente se les asigna una la dirección de alguna sección o departamento dentro de la división del trabajo de una Misión. Su función es convertirse en el experto referente de dicho tema para poder asesorar en cualquier tipo de consulta relacionada con dicha sección. En su trabajo también se incluye la necesidad de establecer relaciones positivas con el Ministerio de Relaciones Exteriores del país en el cual están acreditados ya que esa será la manera de informarse en cuanto a las novedades del país de manera propicia. Existen dos clases de encargados de negocios. Los encargados denominados “ad hoc” tienen como misión iniciar o recomenzar las relaciones diplomáticas con un país o realizar ciertos actos que no impliquen reconocimiento de un gobierno pero permitan cierto intercambio oficial entre los países. Mientras tanto, los encargados “ad interim”, son acreditados por el Jefe de la Misión para funcionar durante su ausencia y encargarse de asuntos para los cuales no es necesario tener un carácter representativo pleno. Estos últimos son, según Wikipedia, funcionarios diplomáticos encargados interinamente de reemplazar al embajador o Jefe de Misión. También según dicha fuente, anteriormente se desginaba con el título de encargado de negocios (proveniente del francés chargé d’affaires) al Jefe de Misión cuya jerarquía era inferior a la de un embajador o ministro. Los secretarios son encargados de un sector designado y tienen que realizar tareas referentes al mismo. Dentro de éstos, se encuentran tres tipos: los secretarios de primera clase, los secretarios de segunda clase y los secretarios de tercera clase. Los primeros secretarios son quienes se ocupan de las tareas con mayor importancia, debido a su antigüedad. Por ende, los segundos y terceros secretarios son quienes se ocupan de tareas con menor importancia. Para dicha función se buscan personas con una cierta tendencia a la colaboración. Todos ellos se dedican diariamente a realizar las tareas que les fueron designadas, participar de reuniones internas, crear vínculos positivos con los diplomáticos del país en el que se encuentran y de otras misiones, y además de ello tienden a cumplir instrucciones particulares recibidas de parte de sus superiores. El cargo de agregado es un rango que se asigna a una persona en una embajada o misión diplomática que se especializa en campos específicos, como la agricultura, la ciencia, la cultura, la prensa, el trabajo o el ámbito militar. También se conoce con la palabra attaché, proveniente del francés. Los agregados cumplen misiones asignadas. En el caso de los agregados militares, navales o aéreos, el Estado que los recibe puede exigir aprobar o desaprobar los nombres de los posibles enviados para dicha función. También pueden existir agregados honorarios que no tienen condición de funcionarios.

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