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Un nuevo Trabajo de Investigación: El Poder Judicial


Enviado por   •  16 de Mayo de 2017  •  Documentos de Investigación  •  1.125 Palabras (5 Páginas)  •  128 Visitas

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Trabajo de Investigación:

El Poder Judicial

 

 

 

Curso: 251/3

Cuatrimestre: 02-2014

Materia: Instituciones de Derecho Público

Profesor: Carlos Gabriel Mallo

Cátedra: Mallo 

FCE – UBA

 

 

Autor

Ayuso, Mariano Damián

Preguntas

  1. ¿Cómo está compuesto el Poder Judicial? ¿Qué organización posee en cuanto al ámbito territorial?
  1. ¿Por qué el Poder Judicial se diferencia de los otros poderes?
  1. De acuerdo a su estructura ¿Por qué la Corte Suprema es el órgano máximo dentro de este Poder?
  1. Investiga: composición, mandato, forma de elección, y requisitos para integrar la Corte Suprema de Justicia
  1. ¿Cuáles son las funciones del Poder Judicial?
  1. Busca al menos dos artículos en la Constitución Nacional donde se vea reflejado la relación del Poder Judicial con el Poder Ejecutivo y el Legislativo
  1. ¿Cuántos jueces integran hoy nuestra Corte Suprema y nuestra Suprema Corte?

Respuestas

  1. El poder Judicial se compone de los jueces y tribunales de las distintas instancias que forman una estructura piramidal y cuyo órgano máximo es la Corte Suprema e Justicia de la Nación. También cuenta con órganos permanentes como el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento.

En el ámbito territorial se separa en dos organizaciones judiciales, la provincial y la federal, siendo cabeza de ambas la CSJN. Mientras que la justicia provincial se ocupa del derecho común (Codigo Civil, Penal, Comercial, leyes laborales, etc.), la justicia federal se ocupa de las causas donde o bien el Estado Nacional es parte o bien se plantea una cuestión constitucional o bien existe un conflicto interjurisdiccional o internacional

  1. El Poder Judicial se diferencia de los otros poderes ya que si bien de él emanan actos políticos, en la práctica sus actos se consideran “no políticos”. Esto se debe a independencia e imparcialidad que debe tomar en cada uno de sus actos.

  2. La Corte Suprema es el órgano máximo de este poder ya que no existe un órgano superior al que se pueda recurrir por ninguna vía una vez que ha adoptado una resolución. Tampoco existe poder por encima de ella que pueda modificar las interpretaciones de las atribuciones otorgadas por la Constitución a la Nación y las Provincias.

  3. De acuerdo al artículo

  • Composición

  • Según el artículo 21° del Decreto Ley Nº 1285/58 (que modifica la Ley Nº 16.895), La Corte Suprema de Justicia de la Nación estará compuesta por CINCO (5) jueces. Ante ella actuarán el Procurador General de la Nación y los Procuradores Fiscales ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los Defensores Oficiales ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los términos de la Ley Nº 24.946 y demás legislación complementaria.

  • Mandato

  • Según establece el Artículo 110 de la CN, Los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Nación conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta, y recibirán por sus servicios una compensación que determinará la ley, y que no podrá ser disminuida en manera alguna, mientras permaneciesen en sus funciones.

  • Forma de Elección

  • Es una atribución del Poder Ejecutivo. Según el inciso 4to del Articulo 99 de la CN, Nombra los magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en sesión pública, convocada al efecto. 

  • Requisitos para ser Juez de la CSJN
  • Según establece el Artículo 111 de la CN, Ninguno podrá ser miembro de la Corte Suprema de Justicia, sin ser abogado de la Nación con ocho años de ejercicio, y tener las calidades requeridas para ser senador.
  1. Las funciones del Poder Judicial son dos:

  • La Administración de la Justicia
  • Esto se desarrolla a través de causas o procesos judiciales
  • El control de Constitucionalidad
  • Capacidad de Juez de determinar si la aplicación de una norma entraría en contradicción con los principios constitucionales
  1. Respecto a su vínculo con el Poder Legislativo:

  • Artículo 114. El Consejo de la Magistratura, regulado por una ley especial sancionada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, tendrá a su cargo la selección de los magistrados y la administración del Poder Judicial.
  • Artículo 119 La traición contra la Nación consistirá únicamente en tomar las armas contra ella, o en unirse a sus enemigos prestándoles ayuda y socorro. El Congreso fijará por una ley especial la pena de este delito; pero ella no pasará de la persona del delincuente, ni la infamia del reo se transmitirá a sus parientes de cualquier grado.

Respecto a su vínculo con el Poder Ejecutivo:

  • Artículo 99.- Inc 4to. Nombra los magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en sesión pública, convocada al efecto. Nombra los demás jueces de los tribunales federales inferiores en base a una propuesta vinculante en terna del Consejo de la Magistratura, con acuerdo del Senado, en sesión pública, en la que se tendrá en cuenta la idoneidad de los candidatos. Un nuevo nombramiento, precedido de igual acuerdo, será necesario para mantener en el cargo a cualquiera de esos magistrados, una vez que cumplan la edad de setenta y cinco años. Todos los nombramientos de magistrados cuya edad sea la indicada o mayor se harán por cinco años, y podrán ser repetidos indefinidamente, por el mismo trámite.
  • Artículo 99.- Inc 5to. Puede indultar o conmutar las penas por delitos sujetos a la jurisdicción federal, previo informe del tribunal correspondiente, excepto en los casos de acusación por la Cámara de Diputados.
  1. Actualmente (y como consecuencia del fallecimiento en este año de la jueza Carmen María Argibay y del juez Enrique Petracchi) la Corte Suprema de Justicia de copone de se compone de 5 miembros:

  • Ricardo Lorenzetti (Juez Presidente)
  • Elena Highton de Nolasco (Jueza Vicepresidenta)
  • Juan Carlos Maqueda (Ministro)
  • Eugenio Raúl Zaffaroni (Ministro)
  • Carlos Fayt (Ministro)

En lo que respecta a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, se compone de 7 miembros:

  •    Daniel Fernando Soria (Juez Presidente)
  •    Juan Carlos Hitters (Juez Vicepresidente)
  •    Héctor Negri (Ministro Decano)
  •    Luis Esteban Genoud (Ministro)
  •    Hilda Kogan (Ministro)
  •    Eduardo Julio Pettigiani (Ministro)
  •    Eduardo Néstor de Lázzari (Ministro)

Fuentes:

Constitución Nacional

http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/804/norma.htm

Web del Poder Judicial de la Nación Argentina

http://www.pjn.gov.ar/

Web del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires

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