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Аbogado en apelación de sentencia sancionatoria

mateus95Trabajo13 de Noviembre de 2013

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REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL

CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA

SALA JURISDICCIONAL DISCIPLINARIA

Bogotá, D. C., 20 de Octubre de 2013

Magistrado Ponente Doctor Prudencio Mesura

Radicación No. 110011102000200905558 02

Aprobado Según Acta No. 70 de la misma fecha

Asunto: abogado en apelación de sentencia sancionatoria

Decisión: Confirmar la sentencia y la sanción impuesta

ASUNTO

Procede la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, a resolver el recurso de APELACIÓN interpuesto por el disciplinado, contra la sentencia proferida el 13 de junio de 2013, por la Sala Homóloga del Seccional del Tolima, Magistrada Ponente Doctar Juana X, en la cual decidió sancionar con SUSPENSIÓN de 2 años en el ejercicio del Derecho al abogado Fabián Perez, al encontrarlo responsable de la falta contemplada en el literal f ) del artículo 34 de la Ley 1123 de 2007.

HECHOS

La presente investigación tuvo su origen en la queja formulada por el señor Jario Mantilla1, en la cual solicitó se investigue al abogado FABIAN PEREZ REVELADOR, por la presunta incursión en faltas disciplinarias.

Manifestó el quejoso que hace aproximadamente dos años, le otorgó poder al disciplinado para que lo representara en el Proceso Penal con Radicado No. 2011-673, tramitado por el Juzgado 03 Penal Municipal de Ibagué, en el cual estaba siendo investigado por la conducta punible de homicidio. A su vez, manifiesta el cliente que le confió información personal al Abogado, y que luego este la reveló, perjudicando su buen nombre.

Finalmente consideró el quejoso que el comportamiento del abogado es poco ético, pues reveló el secreto profesional confiado, causándole perjuicios a su buen nombre.

ACTUACIÓN PROCESAL

Una vez acreditada la calidad de abogado del disciplinado (fl. 4), mediante auto del 4 de febrero de 2012, la Magistrada Ponente dispuso que el 26 de julio del mismo año se realizaría la Audiencia de Pruebas y Calificación Provisional.

El 26 de Marzo de 2012, se realizó la Audiencia de Pruebas y Calificación Provisional2. e dio lectura al escrito de queja y fue recepcionada la ampliación de la denuncia del señor JAIRO MANTILLA, quien afirmó haber otorgado poder al doctor FABIAN PEREZ REVELADOR, para que lo defendiera dentro de un proceso penal, en el cual era investigado por un homicidio.

El cliente allegó copias del poder y del contrato de prestación de servicios.

Más adelante se recepcionó la versión libre del disciplinado, quien manifestó que él sí reveló el secreto profesional, pero que lo realizó amparado en un Estado de Necesidad, puesto que al revelar la información pretendía evitar la comisión de un delito.

Expuso que antes de proceder a la revelación de la información confiada, trato de muchas maneras de persuadir a su cliente para evitar que cometiera un delito, y en vista de su renuencia no le quedó otra opción que poner en conocimiento los datos confiados.

Finalmente, la Magistrada Sustanciadora decretó las pruebas que consideró pertinentes y suspendió la diligencia.

Posteriormente se hizo inspección judicial a los siguientes procesos:

Proceso Penal con Radicado No. 2011-673, tramitado por el Juzgado 03 Penal Municipal de Ibagué, en el cual estaba siendo investigado el Cliente por la conducta punible de homicidio

FORMULACIÓN DE CARGOS

El 29 de Julio de 2012 se llegó a cabo la diligencia3, y una vez

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