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Antijuridicidad

26 de Mayo de 2014

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Nombre: Cinthya Erandi Morales Hernández

Año: Primero

Sección: 06

Matricula: 0837760H

Maestra: Ma. Ovidia Rojas Castro

Trabajo de Investigación

“Legitimidad y poder en el Derecho”

INDICE pág. 2

Introducción pág. 3-4

Capítulo1: Derecho

1.1 Definición de Derecho pág. 5

1.2 Concepto de Derecho vigente y Derecho positivo pág. 6-7

Capítulo 2: Legitimidad

2.1 Concepto de Legitimidad y relación con la dominación pág. 8-13

2.2 Historia del surgimiento de legitimidad pág. 14-17

2.3 Definición de legitimidad de algunos pensadores pág. 18-19

Capítulo 3: Poder

3.1 Concepto de Poder y sus fuentes pág. 20-22

3.2 Definición de poder de algunos pensadores pág. 23- 24

3.3 Tipos de poder pág. 25-28

3.4 Conclusiones pág. 29

3.5 Fuentes de información pág. 30

3.6 Anexos pág. 31-32

3.7 Resultados de campo pág. 33

Introducción

El objetivo de esta investigación, es saber y conocer el concepto tanto de derecho para así poder definir y comprender los de legitimidad y poder.

El hecho de investigar los conceptos de estas palabras es porque a los estudiantes de Derecho nos ayuda a comprender un poco más sobre el significado como sus teorías que existen en cuanto a un gobierno, cuando surgen y en donde pueden ser aplicadas éstas.

En esta investigación también mencionaremos y desarrollaremos un poco los tipos de legitimidad que hay así como también los de poder, al igual que mencionaremos algunas citas que hacen ciertos autores con respecto a este tema. Sin embargo, dentro de legitimidad ahora con todos estos acontecimientos que están pasando hablaremos de la legitimidad en el sentido político desde las dos perspectivas que hay; la de quien la obedece y la de quien manda. Asimismo, definiremos este concepto para mejor entendimiento, a lo cual comenzaré por hablar de dichos temas. Es así que definimos a la legitimidad como un acto que se da cuando es razonable, justo y genuino; basado en hechos reales, que sean válidos y confiables, de manera tal que haya credibilidad. La toma de decisiones, para ser democrática, debe cumplir con el principio de la legitimidad, por otro lado tenemos a lo legítimo que es aquello que está conforme con la ley, positiva o natural y la legitimidad significa, referida al poder de los gobernantes para ser aceptados como legales por el pueblo, que es así como esté a su vez acepta obedecerlos. Y al poder lo definimos como aquella facultad de mandar, dominar o influir sobre algo o alguien en medida de lo posible.

Por eso, esta investigación está basada para explicar y comprender la definición del derecho como “la determinación del carácter normativo o enunciativo que se refieren a la actividad humana que pretende establecer la esencia de los mismos”.

Pero para discernir el carácter normativo debemos también definir lo que es una norma la cual suele usarse en dos sentidos: “uno amplio y uno estricto: lato sensu aplicable a toda regla de comportamiento, obligatoria o no; stricto sensu corresponde a la que impone deberes o confiere derechos”. Al expresarnos con que impone deberes nos referimos a los impuestos por un imperativo y el que debe de realizar u omitir la conducta ordenada lo llamamos obligado.

Ahora bien, por otro lado también haremos mención sobre la legitimidad, cuál es su definición y quiénes son los pensadores más importantes que hacen citas sobre el significado de dicha palabra empleada por los estudiosos del derecho. Por lo tanto podemos definir a grandes rasgos la legitimidad como “una dominación que debe considerarse sólo como una probabilidad, la de ser tratada prácticamente como tal y mantenida en una proporción importante. Ni con mucho ocurre que la obediencia a una dominación esté orientada primariamente por la creencia en su legitimidad”.

También por otra parte desarrollaremos el importante concepto de poder que viene siendo a su vez una de las palabras más importantes para los juristas ya que se hace mención de esta palabra como la posibilidad de imponer la propia voluntad al comportamiento de otras personas. Esta es, casi con toda certeza, “la percepción común alguien o algún grupo está imponiendo su voluntad y su designio o designios a otros, incluidos los que se muestran reacios u hostiles”.

Capítulo 1: Derecho

1.1 Definición de Derecho

La palabra derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla”. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter”. Es así como el derecho se inspira en postulados de justicia y que a su vez constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. Dicho de otra manera, el derecho surge de la necesidad de establecer un “común denominador” de los mínimos que deben esperarse de los individuos en su vida en sociedad, además de que la convivencia social implica las reglas de conducta que determinan las condiciones conforme a las cuales debe darse la relación social, entonces es así como la conducta individual para “de ser una conducta instintiva, a convertirse en una conducta en gran parte reflexiva”.

En general, los elementos fundamentales del derecho están en el principio de justicia, es decir, dar a cada cual lo que le corresponde, no dañar a nadie en sus propiedades y vivir honestamente. Es por eso que en conclusión decimos que el derecho “es el fundamento que se basa en la aspiración de realizar, mediante el ordenamiento de la conducta social, los más elevados fines como la coexistencia pacífica de las personas y los pueblos, la justicia y el bienestar general”.

1.2 Concepto de Derecho vigente y Derecho positivo

“Llamamos orden jurídico vigente al conjunto de normas imperativo-atributivas que en una cierta época y un país determinado la autoridad política declara obligatorias” . De esta manera, el derecho vigente está integrado tanto por las reglas de origen consuetudinario que el poder público reconoce, como por los preceptos que formula, para entender bien este concepto partiremos por definir la vigencia que es aquella que se deriva siempre de una serie de supuestos, y que tales supuestos cambian con las diversas legislaciones. En otras palabras, entendemos al derecho vigente como las normas jurídicas que son declaradas obligatorias por una autoridad política por estar dentro del tiempo para ello, he de aquí que un precepto tenga vigencia porque indica que tiene un fuerza vinculante, en una época y lugar determinados.

Los preceptos jurídicos vigentes son los que una vez establecidos no han sido derogados. Entonces es así, que las normas tienen un principio y un final, porque siempre son susceptibles de reformas o supresión. “Una vez derogada la norma jurídica, se considera que no está vigente o sea que está fuera del tiempo previsto para su obligatoriedad y aplicación”.

El orden jurídico vigente es el conjunto de normas jurídicas que en cierta época y lugar la autoridad política considera obligatorio. “La vigencia es el resultado de una serie de supuestos variables en cada legislación, de la cual depende que un precepto se considere obligatorio”.

Derecho positivo de acuerdo con los defensores del positivismo jurídico solo existe el derecho que efectivamente se cumple en una determinada sociedad y una cierta época, y es caracterizado atendiendo a su valor formal, sin tomar en consideración la justicia o injusticia de su contenido y separa la ética del derecho.

Para los formalistas solo hay un derecho, el positivo, es decir, la voluntad del legislador porque la sanción les parece esencial. “Fuera del orden emanado del legislador no hay derecho posible: el derecho se confunde con la ley.”

La validez condiciona por concurrencia de ciertos requisitos, determinantes de su vigencia. “Todo precepto vigente es formalmente valido, las expresiones vigencia y validez formal poseen en nuestra terminología igual significado. Estos atributos pueden aplicarse tanto a las disposiciones establecidas legislativamente como a las reglas nacidas de la costumbre”.

También, dentro del derecho positivo destaca la figura de Hans Kelsen, que intento aplicar la idea de que solo cuentan las normas jurídicas concretas o positivas. De este modo, defendía que el fundamento último del derecho está en las instituciones y el poder legalmente establecido, y que está legitimado para tomar decisiones políticas y jurídicas.

El Derecho positivo es una ordenación de la conducta humana, pero se distingue del “natural” en que es sólo “artificial”, esto es, creado por el hombre, y en cuanto tal aparece como simple obra humana. En tanto que procede de la insuficiente voluntad humana se presenta siempre, respecto del natural, como más o menos arbitrario. “En la ordenación natural encuentra la ordenación artificial positiva la medida de su valor o desvalor. Según el grado de su coincidencia o contradicción con el Derecho natural, el Derecho positivo es contemplado desde el punto de vista del Derecho natural un derecho bueno o malo, justo o injusto”. Frente a tales preceptos, los del derecho natural

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