CONOCIMIENTOS E IMPACTO DE LA REFORMA TRIBUTARIA EN LOS PEQUEÑOS COMERCIANTES DE LA LOCALIDAD TERCERA
Jorge Armando Alba MendezMonografía11 de Febrero de 2019
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CONOCIMIENTOS E IMPACTO DE LA REFORMA TRIBUTARIA EN LOS PEQUEÑOS COMERCIANTES DE LA LOCALIDAD TERCERA
JORGE ARMANDO ALBA MENDEZ
Trabajo de anteproyecto
Profesor: Elver Triviño
UNIVERSIDAD LA GRAN COLOMBIA
FACULTAD DE CONTADURÍA PÚBLICA
CONTADURÍA PÚBLICA
BOGOTA 2017
PAGINA DE ACEPTACIÓN
Nota de Aceptación
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Firma del docente
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Firma del Jurado
TABLA DE CONTENIDO
1. Descripción Del Problema 1
2. Planteamiento Del Problema 2
3. Justificación 3
4. Objetivos 4
4.1. Objetivo General 4
4.2. Objetivos Específicos 4
5. Marcos 5
5.1. Marco Teórico 5
5.2. Marco Conceptual 6
5.2.1. ¿Qué es el monotributo? 6
5.2.2. Requisitos para pertenecer al nuevo impuesto. 7
5.2.3. Personas que no pueden estar sujetas al monotributo. 7
5.2.4. Clasificación del contribuyente 7
5.2.5. ¿Qué son los BEPS? 8
5.2.6. Valor a pagar por el monotributo 10
5.2.7. Inscripción al monotributo 11
5.2.8. Declaración y pago del monotributo. 11
5.2.9. Exclusión del monotributo 12
5.3. Marco Legal 13
5.3.1. Marco legal del impuesto del monotributo en Colombia según Ley 1819 de 2016
5.4. Marco Geográfico 15
5.5. Marco Referencial 16
6. Diseño Metodológico 17
6.1. Enfoque de la Investigación. 17
6.2. Tipo de Investigación 17
6.3. Población de Estudio 17
6.4. Muestra 18
6.5. Instrumentos 18
7. Cronograma 19
8. Presupuesto 20
9. Referencias Bibliográficas 22
10. Bibliografía 23
11. Anexos 24
11.1. Encuesta 24
INDICE DE ILUSTRACIONES
Ilustración 1. Marco Legal 13
Ilustración 2. Marco geográfico 15
Ilustración 3. Cronograma de Actividades 19
Ilustración 4. Recursos Humanos 20
Ilustración 5. Recursos Físicos 20
Ilustración 6. Recursos Indirectos 20
Ilustración 7 Total Presupuesto 21
Ilustración 8. Encuesta 24
Tabla 1. Categoría de los Contribuyentes BEPS 10
Tabla 2. Categoría de los Contribuyentes ARL 11
Descripción Del Problema
De acuerdo a las nuevas disposiciones del gobierno, y este en su fin de sufragar las cargas públicas, de acuerdo con principios constitucionales de ley, hace una reforma tributaria, el cual busca enriquecer el recaudo de impuestos para mantener la inversión del estado, donde se puede aplicar a la opción de acogerse a un impuesto para la obligación rentista el cual es el monotributo.
El monotributo es un impuesto opcional de determinación integral, de causación anual, que sustituye el impuesto sobre la renta y complementarios a cargo de los contribuyentes que opten voluntariamente por acogerse al mismo, es decir, si soy persona natural, comerciante, obligado del impuesto sobre de renta y complementarios, y si se cumplen con algunas condiciones, de acuerdo a unos topes que se establecen en el artículo 165 de la reforma tributaria 1819 de 2016, el cual anexa el artículo 905 en el mismo, indica quienes se pueden acoger a este tributo, cuáles son las personas naturales que cumplen con los parámetros establecidos en el artículo 905 de la ley 1819 de 2016. (Congreso de Colombia, 2016)
De lo contrario se entenderá que seguirá aplicando su declaración, por el sistema ordinario de depuración de renta cedular no laboral de acuerdo al artículo 340 del capítulo V de la ley 1819 de 2016.
Por consiguiente la reforma tributaria muestra, quienes no pueden acogerse a este tributo en el cuales están: las personas jurídicas, las personas naturales que perciban rentas de trabajo, las personas naturales que obtengan de la suma de rentas de capital y dividendos más del 5% de sus ingresos totales, y las personas que desarrollen simultáneamente una de las actividades señaladas para este régimen y otra diferente a la vez. (Congreso de Colombia, 2016)
Planteamiento Del Problema
El hecho generador del componente de impuesto del monotributo se genera por la obtención de ingresos ordinarios y extraordinarios, esto nos quiere decir que su base gravable está integrada por la totalidad de los ingresos brutos ordinarios y extraordinarios, percibidos en el respectivo año gravable. En los artículos de la reforma tributaria impuesta actualmente, no se menciona en la imposición del impuesto las deducciones que obtenga por perdida en el ejercicio, si no que el impuesto recae sobre el total de los ingresos brutos anuales del periodo gravable, esta es una gran crítica por lo que nos lleva a una deducción y es ¿qué pasa con mi utilidad en el periodo gravable no obtuve ganancia? La norma nos indica que se debe gravar el total de los ingresos pero sin derecho a deducciones, lo otro es que son pocos los comerciantes que tiene conocimiento sobre la reforma tributaria, por lo que se generalizará en conocer ¿Qué tanto se conoce sobre la reforma tributaria y que impacto que tiene sobre los comerciantes de la localidad tercera de Bogotá? Una norma que toca mirar al detalle para saber determinar las implicaciones y beneficios que contrae al contribuyente.
Justificación
La presente investigación tiene como impacto el de identificar que tanto se conoce de la reforma tributaria los pequeños comerciantes de la localidad tercera de Bogotá y cuáles son los beneficios y perjuicios en los que se pueden llegar a ocasionar por las personas que opten por acogerse al nuevo impuesto del monotributo, de estos resultados se espera que el lector tenga una idea clara de la incorporación de este nuevo impuesto el cual busca ampliar en gran numero la cantidad de contribuyentes para sufragar la carga pasiva del gobierno.
En estadísticas, Colombia es un país de pequeños negocios, y así quedó demostrado en el anterior censo hecho en 2011, donde en una publicación de la revista Portafolio dice “en Bogotá hay una tienda de barrio por cada 398 habitantes, y entre estos sobresalen las tiendas de barrio y peluquerías” (Ruiz, 2012), negocios al por menor que pueden inclinarse por el monotributo y simplificar sus obligaciones de operaciones de renta, de esta manera los principales beneficiados con el desarrollo de ésta investigación serán los pequeños y medianos comerciantes que adopten por el monotributo.
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