DERECHO CIVIL FAMILIA
Sofia Ramos DiazSíntesis17 de Agosto de 2022
39.470 Palabras (158 Páginas)106 Visitas
DERECHO CIVIL FAMILIA
Docente: Cecilia Diaz Vargas
- cecilia.diezv@gmail.com
- cecilia.diaz@rosario.edu.co
- Cel: 315 343 8855
NOTAS:
- Primer corte: Prueba 11 marzo escrita (selección 20 preguntas cada una 0,25)
7-8 parcial
8-9 clase
- Segundo corte: prueba 15% 21 abril sustentación en la primera hora y trabajo 15% 22 abril (matrimonio tramite civil [notario y juez] y tramite religioso)
- tercer corte: jurisprudencia 20% durante todo el semestre y prueba 27 mayo 20%
- SU 214 de parejas del mismo sexo
Maternidad subrogada
Tarea: lectura sobre derecho de familia
MODULO I: CONCEPTO DE FAMILIA
El termino familia es polisémico, tiene diferentes significados en el derecho y en las disciplinas que lo toman como referente
La familia es un orden social de intimidad y convivencia fundado en la relación biológica de maternidad y en la relación significativa de paternidad que el derecho tutela
Familia en sentido genérico es “un conjunto de individuos que tienen alguna condición común” también se dice, de manera amplia, que es “la reunión de muchas personas que viven en una casa bajo la dependencia de un jefe”
Explicación:
POLISEM ICO: diferentes significados en derecho, en cada una de las disciplinas tiene diferente significado
En nuestro ordenamiento jurídico no tenemos una definición de familia exacta, sino que varias normas toman el tema de familia
La Familia es un orden social de intimidad y esa intimidad lleva a que se configure una convivencia
Lo que inicialmente se piensa es que la familia se deriva de la maternidad y la paternidad familia desde el punto de vista biológico, pero eso ya CAMBIO (la adopción desde el punto de vista jurídico)
En sentido genérico la familia: es un conjunto de individuos que tienen una condición común (el que forme una familia siempre genera un orden que es el común llámese quien se llame
También se dice que familia es el conjunto de muchas personas que viven una casa bajo la dependencia de un jefe (una autoridad)
Para otros es un conjunto de ascendentes descendientes colaterales y a fines [esta es la definición más fácil de un diccionario]
Ahí tenemos el parentesco por consanguinidad, parentesco por afinidad nos faltaría el parentesco por adopción
Existen tres clases de parentesco:
- Parentesco por consanguinidad
- Parentesco por afinidad
- Parentesco civil o legal
¿Quién está en tercer grado por consanguinidad?
Parentesco por Consanguinidad: es todo vinculo conexión o enlace que une a las personas que descienden las unas de las otras y los une un vínculo de sangre
- Forma directa (línea recta)
A (es papa de b)[pic 1][pic 2]
B (es papa de c) [pic 3]
C
Se mide por línea recta: en forma ascendente o en forma descendente
La forma es:
- Si yo quiero saber de A con respecto a C
En forma descendente en que grado esta
Prescinde de quien se parte y contara hasta donde se quiere contar
Eje: entonces prescinde de A
A (es papa de b)[pic 4][pic 5][pic 6]
B (es papa de c) [pic 7][pic 8][pic 9]
C
- Un abuelo con un nieto esta en segundo grado por consanguinidad
- Un papa con un hijo esta en primer grado de consanguinidad
- Si lo hace de forma ascendente
Prescinde de quien se parte y sube
También se puede colateral:
- Colateral
A[pic 10][pic 11][pic 12]
B C [pic 13][pic 14]
Bp Cp
- C es tío de Bp
- Cp es sobrino de B
- Cp y Bp son nietos de A
Para medir por línea colateral se prescinde de quien se parte, se asciende al tronco común y desciende hasta donde se quiere contar
Si uno quiere contar Bp y Cp en que grado por consanguinidad
[pic 15][pic 16][pic 17]
A[pic 18][pic 19][pic 20][pic 21]
B C [pic 22][pic 23][pic 24][pic 25]
Bp Cp
- Se prescinde de Bp
- Dos primos hermanos están en cuarto grado de consanguinidad
- Un tío y un sobrino están en tercer grado de consanguinidad
- El parentesco por consanguinidad de manera general llega hasta el cuarto grado
- Pero eso no quiere decir que no exista hacia abajo
- Art 61: habla de sexto grado (entonces se baja)
- El código dice sexto grado, pero eso no se tiene en cuenta para inhabilidades, incapacidades, ni para contratación
T 844 2011(sentencia que derogo una adopción legalmente decretada por sentencia habla de sexto grado, no se invento el sexto grado el articulo 61 lo dice)
Pero en la practica para inhabilidades y para todo solo hasta cuarto grado
Esto sirve sobre todo en infancia y adolescencia cuando un defensor de familia va a tomar decisiones sobre la vida de un niño que sus padres no fueron garantes de sus derechos (van hasta sexto o más y según la profesora le estarán dando al niño a un desconocido)
Parentesco por Afinidad: Es el que existe entre una persona y los conseguineos de otra por la cual esta o ha estado casado o unido en unión marital de hecho
A – B [pic 26][pic 27][pic 28]
M M[pic 29][pic 30][pic 31]
H P[pic 32][pic 33]
H[pic 34]
En el mismo grado que se está por consanguinidad se está por afinidad
Eje:
- Como mi esposo esta en primer grado de consanguinidad con su mama uno esta en primer grado por afinidad con su suegra
- Como la esposa está en segundo grado de consanguinidad con el hermano uno esta en segundo grado por afinidad con el cuñado
¿En qué grado esta con A el hijo de B (que no es de A)?
Un hijo con su mama o su papa esta en primer grado de consanguinidad
el hijo está en primer grado por afinidad con A porque es primer grado de consanguinidad de B
Entre cónyuges y compañeros permanentes no hay parentesco
Parentesco civil o legal: Esto lo veremos después
La familia es el “conjunto de ascendientes, descendientes, colaterales (hermanos) y afines (parentesco por afinidad) de un linaje” (Real Academia)
La familia es el conjunto de personas que descendiendo de un tronco común se hallan unidas por los lazos del parentesco
La familia antigua se conformo alrededor del principio que constituía la religión
Explicación:
Eje: Entre A y b casados o en unión marital de hecho no hay ninguna clase de parentesco
Entre cónyuges o compañeros permanentes no hay ninguna clase de parentesco
Por eso importan tanto el parentesco en familia (es un tema trasversal)
- Tiene importancia en la ley de capacidad de las personas con discapacidad (ley 1996 de 2019) en Colombia las personas con discapacidad tienen pleno ejercicio de su capacidad legal pueden realizar actos jurídicos
- Una persona en cuidados intensivos, tiene su capacidad otra cosa es que no puede expresar su voluntad y preferencias
- Hoy no se declara en interdicción a nadie (ni se representa legalmente ni se sustituye)
- Las personas que tiene su capacidad por la ley pero que no pueden manifestar su voluntad y preferencias
- La ley 1996 creo la figura de los apoyos (se solicita la adjudicación de apoyos a nivel judicial) demostrando que esta en absoluta imposibilidad de manifestar su voluntad y preferencias y que uno es la persona que mejor se lo puede interpretar (que lo autorice a actuar con representación)
Art 48: este articulo autoriza la actuación de un apoyo con representación legal
Ver lo que vimos antes
partir de agosto de 2021 y dentro de los tres años siguientes (2024) el mismo juez que lo declaro en interdicción le revise la sentencia [es dejar sin valor y efectos la sentencia de interdicción con ello recobra su capacidad legal la persona
el juez convoca y se debe hacer una figura nueva que es la valoración de apoyos
...