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DERECHOS EN EL HOSPITAL

galene6 de Marzo de 2014

9.629 Palabras (39 Páginas)252 Visitas

Página 1 de 39

NOMBRE:

Iris Galene Cruz Herrera

CARRERA:

Trabajo Social

GRADO:

4° Semestre

GRUPO:

401

Índice

Introducción

1.- Antecedentes Históricos…………………………………………………………….

2.-La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano……………………

2.1. Los Artículos de La Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano…………………………………………………………………………

Organización de las Naciones Unidas………………………………………………

Las Naciones Unidas tienen entre sus principales objetivos………………….

3.- Citas………………………………………………………………………………….....

4.- Generaciones de Los Derechos Humanos…………………………………………..

4.1 Primera generación: Derechos individuales y políticos (Siglo XVIII)

4.2 Segunda generación: Derechos sociales

4.3 Tercera Generación

5.- Principales personajes de los derechos Humanos…………………………………

5.1. Madre Teresa de Calcuta

5.2. Rigoberta Menchon

5.3. Gandhi

5.4. Martin Luther King

5.5. Nelson Mandela

5.6. Abraham Lineoln

5.7. Oscar Arnulfo Romero

6.- LOS DERECHOS EN EL HOSPITAL

Como asegurado tienes derecho a:

Como beneficiario legal* tienes derecho a

Como paciente tienes derecho a:

Como pensionado tienes derecho a:

Principales Órganos Encargados de Proteger los Derechos de los Pacientes en México

Conclusión

Bibliografía

Anexos 

Introducción

Con el presente trabajo de la materia de Derechos Humanos de la carrera de Trabajo Social en la Universidad Calmecac, se pretende dar a conocer los derechos humanos en el Hospital, por lo cual se verá su cumplimiento dentro de esta institución en base a los problemas y cambios que ha tenido la sociedad mexicana en los últimos años, para lo cual la población exige más sus derechos de atención, respeto, información acerca de su diagnostico, derecho a conocer las normas y reglamentos hospitalarios aplicables a su conducta como paciente, derecho a que se tenga en cuenta su intimidad en relación a su propio programa de atención (discusión del caso, las consultas, las exploraciones y el tratamiento son confidenciales y debe de conducirse con discreción), acceso, equidad, calidad de los servicios hacer que sean respetados como, asi como también los pacientes tienen sus deberes…..

En este tema vemos la importancia y transcendencia de los derechos, para su defensa, garantía de su cumplimiento con el propósito de contribuir o ayudar para que reciban una mejor atención y que conociendo sus necesidades o dudas sean respaldados y aplicados por todo el personal de un hospital, en donde sean los propios médicos, enfermeras y trabajador social quienes busquen los recursos y técnicas para practicar esos derechos y asegurarlos ante dificultades materiales éticas o legales para su aplicación, debe mantener la ética médica y el mejor interés del paciente en base a su salud.

Antecedentes Históricos

Los derechos humanos tienen su base en la dignidad del ser humano, nacen con el hombre. Con él también aparece una actitud ética frente a la vida. En esta primera etapa de la historia del ser humano y hasta el siglo XVII se formulan los principios de convivencia, de justicia, y la idea de la dignidad humana.

Sin embargo, el concepto derechos humanos es relativamente joven: en 1948, con la Declaración Universal de Derechos Humanos, se llegó a un consenso mundial acerca del término. Esto no significa que los derechos humanos como tales hayan surgido entonces; recordemos, son inherentes al hombre mismo. Lo que sí es reciente son los instrumentos que garantizan su vigencia y respeto; por ejemplo, las declaraciones, convenciones o su inclusión en las constituciones de las naciones.

En México, al inicio de la época colonial, fray Bartolomé de las Casas planteó ante la Corona española el problema de la condición jurídica de los indígenas. El sacerdote hizo evidente la necesidad de reconocer a los habitantes de los nuevos territorios como personas y, por tanto, capaces de gozar de todas las libertades individuales que se reconocían a los ciudadanos españoles.

Los frailes Antonio de Montesinos y Toribio de Benavente se unieron a Bartolomé de las Casas. El primer resultado de esos esfuerzos fue la creación de las Juntas Consultivas para las Indias, encargadas de resolver los problemas de esa naturaleza en los territorios recién descubiertos.

Ya en la época independiente, México elaboró diversos documentos que declaraban y reconocían los derechos fundamentales; entre éstos se encuentran:

1. El bando de Miguel Hidalgo y Costilla del 6 de diciembre de 1810, mediante el cual declaró la libertad del hombre, prohibió la esclavitud y suprimió el pago de tributos a cargo de los indios.

2. Los Sentimientos de la Nación, de José María Morelos y Pavón, promulgados el 14 de septiembre de 1813, proclamaban el principio de igualdad al prohibir la esclavitud, consagrar el derecho de propiedad y erradicar la práctica de la tortura.

3. La Constitución de Apatzingán de 1814 consideraba la igualdad, la libertad, la seguridad jurídica y la propiedad privada.

4. El Acta Constitutiva de la Federación Mexicana de 1824 se refería a la administración de la justicia y establecía las garantías de igualdad y de no retroactividad de la ley.

5. Las leyes constitucionales de 1836, que reconocían de una manera detallada las garantías de seguridad jurídica, además de los derechos de propiedad y libertad de expresión en materia de ideas políticas.

6. El Acta de Reformas de 1847, que consagró las garantías de libertad, seguridad, propiedad e igualdad para todos los habitantes de la república, y consignó la institución del juicio de amparo a través del voto de Mariano Otero.

7. En 1847 aparece el primer antecedente de un ombudsman mexicano. A instancias de Ponciano Arriaga, el Congreso de San Luis Potosí creó la Procuraduría de los Pobres, una institución que buscaba contrarrestar las condiciones de desamparo de los pobres ante las instituciones y sus representantes.

8. La Constitución de 1857 no sólo reconoció los derechos humanos, sino que consagró su protección en sus primeros 29 artículos. Posteriormente, en 1917, la nueva Carta Magna plasmó los mismos derechos fundamentales que consideró la de 1857, pero además garantizó los derechos sociales; es la primera ley superior del mundo en alcanzar ese nivel de salvaguarda.

En épocas recientes se crearon la Dirección para la Defensa de los Derechos Humanos del Estado de Nuevo León, en enero de 1979; la Procuraduría de Vecinos de Colima, en 1983; la Defensoría de los Derechos Universitarios de la UNAM, en 1983; la Procuraduría para la Defensa del Indígena en Oaxaca, en 1986; y la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos, en 1989.

Todas ellas surgieron con un propósito común: salvaguardar y garantizar el respeto de los derechos humanos de los ciudadanos, en aras de una sociedad más justa e igualitaria.

La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano

Aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente francesa el 26 de agosto de 1789, es uno de los documentos fundamentales de la Revolución francesa (1789-1799) en cuanto a definir los derechos personales y colectivos como universales. Influenciada por la doctrina de los derechos naturales, los derechos del Hombre se entienden como universales, válidos en todo momento y ocasión al pertenecer a la naturaleza humana. Aún cuando establece los derechos fundamentales de los ciudadanos franceses y de todos los hombres sin excepción, no se refiere a la condición de las mujeres o la esclavitud, aunque esta última será abolida por la Convención el 4 de febrero de 1794. Sin embargo es considerado un documento precursor de los derechos humanos a nivel nacional e internacional. No fue hasta que Olympe de Gouges, en 1791, proclamó la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana que las mujeres entraron, por lo menos a través de un documento no oficial, en la historia de los derechos humanos.

La Declaración fue el prefacio a la Constitución de 1791. La primera traducción americana completa de sus 17 artículos al castellano es obra de Antonio Nariño, publicada en Bogotá, capital de Colombia, en 1793.

Una segunda versión ampliada, conocida como Declaración de los Derechos del Hombre de 1793 fue aprobada posteriormente e incorporada a la Constitución francesa de 1793, ambas de muy breve aplicación. Seguida de la Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre y del Ciudadano de 1795 en la Constitución de 1795 que establece el Directorio.

En el derecho constitucional francés, la Declaración de 1789 es parte de la Constitución francesa de 1946, que agrega los derechos sociales en su preámbulo, y de la Constitución francesa de 1958 que reitera los mismos derechos de la Declaración y el preámbulo de 1946.

I.2. Los Artículos de La Declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano son los siguientes:

I. Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en cuanto a sus derechos. Las distinciones civiles sólo podrán fundarse en la utilidad pública.

II. La finalidad

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