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Derecho Administrativo Trabajo Práctico


Enviado por   •  4 de Marzo de 2019  •  Apuntes  •  1.725 Palabras (7 Páginas)  •  83 Visitas

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Derecho Administrativo

Trabajo Práctico

Fecha de entrega: 15 de octubre de 2015

     

Profesor:

Timpanaro, Adrian Roberto

Alumnos:

Barreto, Viviana

Beveraggi, Alfonsina

Eilert, Natalia

Vargas Villagra, Nelson

 


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Caso:

Se presenta en su estudio la Sra. Martínez quien refiere ser licenciada de relaciones públicas y desempeñarse como subjefa de la oficina de ceremonial y protocolo del Instituto Nacional de Vinicultura, creada por el Dec. 198/11. Así mismo, le relata que participó de un concurso para acceder al cargo de jefe de ceremonial y protocolo, en el marco del cual resultó elegida una persona con inferiores antecedentes. Agrega que presentó un recurso jerárquico cuyo rechazo le fue notificado el día anterior. En su resolución el Director del Instituto alegó que se estimó más conveniente la designación efectuada en virtud de la valoración de los años que la persona elegida radicó en el exterior.

Su cliente puntualiza que en lo posible prefiere evitar la contienda judicial, ya que esto podría perjudicarla en su carrera.

 Explique:

  1. ¿Qué vía le recomendaría seguir?
  2. A) ¿Qué pasos previos realizará a la presentación del recurso?

B) ¿En qué fecha máxima debería presentar dicho recurso?

  1. Confeccionar el recurso.

Desarrollo:

1. Teniendo en cuenta que ya fue resuelto el recurso Jerárquico, nuestra cliente tiene dos opciones: 1) Iniciar Acciones por la Vía Judicial, 2) Recurrir por medio del Recurso de Alzada.

Nuestra cliente manifestó que tiene la intención de evitar la vía Judicial, por lo cual, elige la segunda opción. También es la recomendada por nosotros, ya que igualmente, luego puede iniciar acciones judiciales por más que en principio haya elegido recurrir con el Recurso de Alzada.

2. A) Uno de los pasos previos a la presentación del recurso de alzada seria el pedido de vista del expediente según lo prescribe el art. 38 de la ley de procedimiento administrativo.

El pedido de vista puede hacer tanto en forma verbal como en forma escrita. Si el pedido es en forma verbal la vista se concede de la misma de manera, es decir informalmente. En cambio si el pedido de vista es formal, es decir en forma escrita, la administración debe fijar un plazo, y el término que dure la vista suspende los plazos en curso.

Si entonces antes de interponer el recurso realizamos el pedido de vista de forma escrita, estaríamos ganando mayor tiempo para interponer el recurso, porque los plazos se encontrarian suspendidos por el tiempo que determine la administración.

A continuación acompañamos el escrito por el cual solicitamos el pedido de vista:

                                                                     Buenos Aires, 5 de noviembre de 2015

SOLICITA VISTA DE LAS ACTUACIONES

Sr. Presidente del Instituto

Nacional de Vitivinicultura

S_________/_________D

Ref.: Vista de Expte. MIN. AGRICULTURA 777998/2015

MARIA CRISTINA MARTINEZ con D.N.I. N° 18.954.751, de nacionalidad Argentina, por derecho propio con el patrocinio letrado del Dr. Carlos Bueno T°59 F°130 C.P.A.C.F., constituyendo domicilio legal en la calle Lavalle Nº 1430 Piso 4º Departamento “A” de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, me presento y digo:

Que habida cuenta lo establecido en el Art. 38 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 19.549 les solicitó quieran tener a bien otorgarme la vista del Expediente de Referencia.-

Sin otro particular, lo saluda a Ud. muy atte.

                         

                   

        Maria Cristina Martinez                                     Dr. Carlos Bueno

                DNI n° 18.954.751                                   T° 59 F°130 C.P.A.C.F.

B) Suponiendo que la Sra. Martínez se presenta en nuestro estudio jurídico el 01/10 y que nosotros presentamos la Solicitud de Vista del Expediente al otro día, se contabilizan 10 días hábiles hasta poder ver el Expediente (art 1 inc e. ap 4 de la LPA). Hay que tener en cuenta que el art. 76 del Decreto 1883/91 establece que con la mera presentación de un pedido de vista se suspende el plazo para interponer un recurso administrativo. Tomamos como fecha de vista el viernes 16/10 y tenemos un plazo máximo de 15 días para presentar el recurso de alzada (art. 90 LPA -aplicación supletoria del art. 98 LPA). Teniendo en cuenta que la Sra Martinez  fue notificada del rechazo del recurso jerárquico el día anterior a presentarse en el estudio jurídico, la fecha máxima para presentar el recurso de alzada sería el jueves 5 de noviembre de 2015.

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