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EXCESIVA ONEROSIDAD DE LA PRESTACIÓN

Jhoxy TroncosMonografía18 de Junio de 2020

8.053 Palabras (33 Páginas)268 Visitas

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UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO[pic 1]

“Año de la lucha contra la corrupción y la impunidad”

ASIGNATURA

DERECHO CIVIL V: CONTRATOS

DOCENTE

        Dr. BUSTAMANTE ZAVALA, JUAN CARLOS  

TEMA

        EXCESIVA ONEROSIDAD DE LA PRESTACIÓN

INTEGRANTES

  • COELLO CALDERON, PABLO
  • RODRIGUEZ DEL RIO, CAMILA
  • TRONCOS VEINTIMILLA, JHOXY

Piura, 15 de Junio de 2019

INTRODUCCIÓN

Para entrar a tallar al tema sobre "Excesiva Onerosidad de la prestación" se debe conocer el consenso o acuerdo que dos o más partes que se reflejara en un denominado contrato. Este acuerdo, satisfará necesidades, intereses, cuestiones, entre otros y sobre todo en dicho convenio las partes se encontrarán obligadas a su cumplimiento correspondiente. Si bien es cierto, un contrato debe cumplir con los requisitos generales  esenciales que la mayoría de nosotros los estudiantes conocemos, es por ello que para entrar al tema de Excesiva onerosidad debemos entender a la perfección la finalidad objetiva y fundamental del contrato ya que al ejecutarlo, es posible la aparición de actividades propicias, las cuales pueden alterar las prestaciones que se materializaron en este, y a su vez pueden presentarse hechos imprevisibles donde el costo de dichas prestaciones son EXCESIVAMENTE ONEROSAS; ello, debido a los aspectos y/o circunstancias que al momento de realizar el contrato no se encontraban, o surgieron de improviso, donde básicamente la onerosidad de las prestaciones produce cierto grado de dificultad, que imposibilita el cumplimiento de los contratos fijados.

 Ante todo, la producción de nuestro documento se ha logrado dividir en tres situaciones, en el primer capítulo encontramos al marco teórico haciendo referencia a acepciones de manera general y exactas correspondiente al tema de Excesiva onerosidad de la prestación, con el fin de un entendimiento notable para los visualizadores de este proyecto. En el segundo capítulo, hallaremos el aspecto normativo, donde se realiza un análisis o una descripción legal de los artículos que contemplan la excesiva onerosidad, y por último, aspectos vinculantes para demostrar la práctica del tema que nos ha tocado para dicha exposición y presentación.

Los autores.

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN        2

TEMA: “EXCESIVA ONEROSIDAD DE LA PRESTACIÓN”        5

CAPITULO I: MARCO TEÓRICO        5

1.        NOCIONES GENERALES        5

1.1.        Definición de Contrato        5

1.1        La fuerza obligatoria del contrato        6

1.2        Definición de contratos Conmutativos de Ejecución Inmediata        6

1.3        Definición de contratos Aleatorios        7

1.4        Teoría de la imprevisión        7

1.5        Definición del Pacta Sunt Servanda        9

1.6        Definición del rebus Sic Stantibus        10

1.7        Equiulibrio Contractual        11

CAPITULO II: LA EXCESIVA ONEROSIDAD DE LA PRESTACIÓN EN LA CODIFICACIÓN CIVIL PERUANA        13

2        ANALISIS- DESCRIPCION LEGAL        13

2.1        Regulación normativa- Art.1440        13

2.2        Extensión de la Excesiva onerosidad de la prestación-Art.1441        15

2.3        Excesiva Onerosidad en contratos sin contraprestación-Art.1442        16

2.4        Improcedencia de la Acción-Art.1443        20

2.5        Nulidad de la Renuncia de la Acion-Art.1444        22

2.6        Caducidad de la Acción-Art.1445        23

2.7        Término Inicial del plazo de caducidad-Art.1446        24

2.8. Efectos de la Excesiva Onerosidad de la Prestación        25

2.8.1  Revisión        26

2.8.2  Resolución        27

CAÍTULO III: CASOS REFERENCIALES        29

3        NOCIÓN        29

3.1        CASO 1        29

3.2        CASO 2        30

3.3        CASO 2        30

CONCLUSIONES        31

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS        33

TEMA: “EXCESIVA ONEROSIDAD DE LA PRESTACIÓN”

CAPITULO I: MARCO TEÓRICO

  1. NOCIONES GENERALES

  1. Definición de Contrato

En un sentido amplio, es todo acuerdo de voluntades tendente a producir efectos jurídicos. En ese acuerdo subyace obviamente un intercambio económico, por lo que se ha afirmado que el contrato es la veste jurídica de una operación económica.” [1]

“El contrato es un acto jurídico bilateral para cuya existencia se requiere(...)" la manifestación de voluntad de dos o más personas las que, reconociendo distintas causas y tendientes a diferentes fines, han de coincidir necesariamente para formar el consentimiento (…) del que se hade derivar los efectos obligatorios de la manifestación de voluntad y todo consentimiento, en este sentido, resultar obligatorio, aunque no todo contrato reconocer como base de su eficacia el mero consentimiento.” [2]

El contrato es definido por el Código Civil peruano de 1984 como el acuerdo de dos o más partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial (artículo 1351), precisando el artículo 1402 que el objeto del contrato consiste en crear, regular, modificar o extinguir obligaciones, excluyendo por lo tanto a las relaciones jurídicas reales. En tal sentido, mediante un contrato las personas (naturales o jurídicas), de forma libre y voluntaria, contraen obligaciones con la finalidad de satisfacer sus intereses

  1. La fuerza obligatoria del contrato

El artículo 1361 del Código Civil declara que los contratos son obligatorios en cuanto se haya expresado en ellos. Según De la Puente y Lavalle[3], destaca que la obligatoriedad del contrato debe entenderse, en realidad, como la fuerza que obliga al cumplimiento de la relación jurídica obligacional creada por el contrato. También pone de manifiesto que el fundamento de dicha obligatoriedad radica, no en la libertad y en la voluntad individual, sino en el ordenamiento jurídico que busca dar fuerza obligatoria a la relación contractual para proteger una razonable seguridad jurídica que garantice que dicha relación solo podrá ser modificada por causas que, a criterio del mismo ordenamiento, realmente lo justifiquen.

  1. Definición de contratos Conmutativos de Ejecución Inmediata

Es aquel contrato en el cual las prestaciones que se deben las partes son ciertas desde el momento que se celebra el acto jurídico; es decir, desde un principio aparece determinada la relación jurídica que genera obligaciones y cargas contractuales equivalentes y recíprocas entre las partes.

En doctrina se considera que sólo los contratos bilaterales y onerosos pueden ser contratos conmutativos, siempre y cuando las obligaciones mutuas sean equivalentes.

De manera interna y exclusiva es realizado por los pactantes voluntariamente, excluyendo a cualquier tercero y a cualquier intermediario y como consecuencia de ello a cualquier instancia exterior no voluntaria. Se establece como una fórmula de Derecho privado relacionada a la justicia conmutativa en contradicción a la justicia distributiva, que depende de una instancia vertical o externa y coactiva a los pactantes.

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