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El derecho del trabajo


Enviado por   •  29 de Septiembre de 2014  •  Tesis  •  3.140 Palabras (13 Páginas)  •  182 Visitas

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El derecho del trabajo, es un derecho moderno. Su historia no va más allá de los doscientos años que tiene México como nación independiente. México y el derecho del trabajo comparten prácticamente la misma edad. Ambos, además, han sido objeto de acelerados cambios. Contrariamente a otras disciplinas jurídicas, como el derecho civil, que se modifican lentamente, el derecho del trabajo ha transitado, vertiginosamente, por diferentes etapas. Desde nuestra perspectiva podemos considerar tres fases del fenómeno de lo laboral, en menos de doscientos años. En primer lugar en el siglo XIX y XX todos conocemos la originaria prohibición, la subsecuente tolerancia y la posterior reglamentación de la que fue objeto el derecho laboral. Para finales del siglo XX y principios del siglo XXI el derecho laboral se debate entre la protección, la flexibilidad y la flexiseguridad. Se trata de un derecho, en palabras de Gerard Lyon-Caen con problemas de identidad. En segundo lugar a partir de la primera parte del siglo XX, el derecho laboral ha sido complementado por la aparición del derecho de la seguridad social. El cual a su vez, a finales del siglo XX y principios del siglo XXI, acuña y regresa nuevamente a la noción de protección social. Dado que no sólo se busca proteger a quienes cuentan con un empleo, sino también a aquellas personas que no han ingresado al mercado del trabajo o se encuentran en una situación de desempleo. en día frente a la gestación de un derecho del empleo (la recientes leyes de primer empleo son un claro ejemplo). Cabe señalar que el derecho del trabajo y el derecho del empleo no son lo mismo. “Empleo” puede conceptualizarse como el ingreso o el encuadramiento a una tarea, en tanto que “trabajo” es la actividad misma prestada por la persona. El derecho del empleo resulta entonces fundamental en las sociedades contemporáneas, en la medida en que va más allá del derecho del trabajo, al consagrar derechos para las personas que pretenden obtener, conservar o cambiar de empleo, pero también busca comprender a aquellas personas que han perdido su empleo. El derecho del empleo se alimenta del derecho de la formación profesional, él cual implica, no sólo el derecho de capacitación y adiestramiento en el trabajo, sino que también, antes del trabajo y en caso de pérdida del trabajo. La información estadística acerca de la incorporación de los jóvenes al mercado de trabajo, evidencian la necesidad de una mejor formación profesional. Según se desprende de la Encuesta de Educación, Capacitación y Experiencia Laboral de 2009 elaborada por la Secretaría del Trabajo, 45 % de la población que cuenta con estudios profesionales realiza un trabajo distinto para el que fue formada. Además, sólo cuatro de cada 10 jóvenes que concluyeron su formación universitaria consiguen empleo en áreas vinculadas con su carrera. Quizás esta situación se debe a que nuestro país no ha logrado transitar de una sociedad de “oficios” a una sociedad de competencias (lo que implica el fenómeno de la creatividad, el trabajo en equipo, manejo de tecnologías e idiomas, etc.), es decir de la empleabilidad: contar con las calificaciones, conocimientos y las competencias que aumentan la capacidad de los trabajadores para conseguir y conservar un empleo, mejorar su trabajo y adaptarse al cambio, así como elegir otro empleo cuando lo deseen o pierdan el que tenían, e integrarse más fácilmente en el mercado de trabajo en diferentes periodos de su vida. Sin llegar a cometer el error de confundir empleabilidad con precariedad. Tres estadios que resultan clave para contar un empleo permanente, no existen o existen de manera limitada en nuestro país:

- una formación inicial que permita conseguir un empleo de calidad y remunerado;

- una formación continua en el trabajo para mejorar los conocimientos, habilidades y destrezas del trabajador, que le permita conservar su empleo o realizar otro más calificado y mejor remunerado - una formación en caso de que deseen cambiar de empleo o pierdan su empleo, que le permita contar con una nueva capacitación y adiestramiento para incorporarse nuevamente al mercado de trabajo. Así, en menos de doscientos años, el fenómeno de lo laboral en México ha transitado de la prohibición a la flexiseguridad, del derecho de la seguridad social al derecho de la protección social y actualmente está transitando del derecho del trabajo al derecho del empleo. En realidad, los cambios en el fenómeno de lo laboral, no son otra cosa que una manifestación de los cambios de la sociedad. En el fondo reflejan el tránsito de las sociedades modernas que partieron del liberalismo al Estado de bienestar – Welfare State – (con el intervalo del cientifismo económico socialista) y que en las últimas décadas han regresado al “orden espontáneo del mercado”, es decir, al neo-liberalismo. La historia de nuestro país y de nuestro derecho del trabajo, ha transitado de alguna manera por esos caminos. Así se puede comprobar leyendo las constituciones liberales de 1824 y 1857, la Constitución con contenidos sociales de 1917, las leyes federales del trabajo de 1930 y 1970 y los cambios operados en las relaciones laborales actuales, sin que haya sido necesario modificar la legislación laboral, que hacen aparecer al empleo y a cierto tipo de trabajadores “fuera” del derecho del trabajo. En los umbrales del siglo XXI, México se enfrenta al gran reto de adecuar su modelo de relaciones laborales, que le permita la plena incorporación del derecho del empleo, para aquéllos trabajadores que no alcanzan a ser cubiertos por el manto protector del derecho del trabajo. La reforma del modelo laboral mexicano, implica recuperar al ser humano como el centro de las relaciones de trabajo. Lo que supone dejar de lado las visiones que conciben a los trabajadores como mercancías, que piden ordenamientos jurídicos que complazcan al mercado y que buscan un mercado sin límites y sin principios. Sirva lo anterior para concluir que el derecho laboral mexicano requiere una urgente transformación que le permita evolucionar a un derecho del empleo, que otorgue derechos y deberes a quien trabajan, pero también a quienes aún no empieza a trabajar o a aquellas personas que han perdido su trabajo.

Dentro del estudio del derecho mexicano existen dos puntos importantes por los cuales se podrá abordar este, como los antecedentes de la evolución que surgió en la nueva España dentro de la unión y la convivencia de la raza española y la raza indígena. Los puntos a que se refiere son la historia del derecho español desde sus orígenes hasta el año de 1521, y la historia jurídica de los pueblos.

La cultura indígena en el advenimiento de una nueva reglamentación de orden político legal, ve en esta la oportunidad de liberarse del régimen supresor que existía en sus tribus y

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