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FINANZAS CORPORATIVAS. Impuesto a la Renta o Impuesto a las Ganancias


Enviado por   •  24 de Junio de 2019  •  Tareas  •  2.341 Palabras (10 Páginas)  •  80 Visitas

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AUDITORIA TRIBUTARIA

Impuestos Diferidos: Impuesto a la Renta o Impuesto a las Ganancias

NIC  12: Exigen más Revelaciones

Sección 29 de PYMES: Exigen menos revelaciones

LORTI: “Supremacía ante cualquier Ley  de carácter general “Cot Art. 2  y es el único que puede pagar más o menos

NIIFS  “Normativa”

Contabilidad del Ecuador “2012”

En el Ecuador existe 1 sola contabilidad  con dos conciliaciones:

  1. Conciliación Tributaria ,  42 CT
  2. Conciliación Contable, NIC 12,  SECCIÒN 29 DE PYMES, Superintendencia de Compañías, SRI. Accionistas, Gerente.

Contabilidad Financiera  Vs Contabilidad Tributaria

  • GND
  • Ingreso Exento
  • Deducciones Especiales
  • Amortización  de Perdidas Tributarias
  • Ajuste de Precios de Transferencia

Conciliación Tributaria: El Impuesto que sale es  el Impuesto a la Renta Corriente  y es el que se paga al SRI.

*Si son iguales es porque es una Sola Ley y una sola NIIF.

*Si no son Iguales se deben determinar las  Diferencias  [pic 1][pic 2]

Conciliación tributaria        Diferencia Permanente        Conciliación Contable

                                                Diferencias Temporarias

Conciliación Contable: Impuesto a La Renta Diferido y este no se paga al SR

La Suma de las dos es el Impuesto  a la Renta del Ejercicio.

  1. Permanentes : Para toda la Vida ( Nunca”0” )
  2. Temporal: Es algo que en el tiempo tiene que ser igual a 0

En la Tabla de Diferencias

Gasto: Es una Disminución (-)

Ingreso: Incremento  (+)

Si el Gasto no me Permite es 0

Ingreso si no puedo  0

Diferencia Permanente: solamente se las trabaja con la conciliación Tributaria IR. Corriente

Diferencia Temporal:    Conciliación Tributaria;  IR. Corriente

                                           Conciliación Contable;  IR. Diferido

Objetivo De la NIC 12: Es registrar contablemente el IMPUESTO A LA RENTA” De las diferencias Temporarias o como Activo o como pasivo.

ACTIVOS POR IMPUESTOS DIFERIDOS:

La Diferencia Temporaria Activa las primeras son Positivas y después negativo y el resultado es O.

Explicación Técnica: Pago Primero y recupero después.

Porque tengo un pago por Anticipado y 2 recuperables.

PASIVOS  POR IMPUESTOS DIFERIDOS:

Es una Obligación Presente de un hecho pasado

  • Ciertos: No hay duda y sabe el tiempo que va a liquidar (registrarlo y revelarlo) el valor en el tiempo.
  • Estimación : valor en el tiempo se registra y se revela 
  • Contingentes: No se sabe  el tiempo  no se registra solo se revela

        X                X[pic 3][pic 4][pic 5][pic 6]

   Gasto Ir. Diferido                                        Pasivo IR. Diferido

            Pasivo Ir. Diferido                                                 Ingreso IR. Diferido

Es un Pasivo Cierto y se lo conoce como de Anticipado y su valor en el tiempo  IR. Ejercicio y es un pasivo diferido   porque se le conoce su valor en el tiempo.

ORI: Diferido ORI  y es un revaluó de Activos Fijos.

Resultados Integrales  u ORI: En la etapa de transición no van los ORI y va en la cuenta Patrimonio y es un superávit de revaluó de Activo Fijo.

ORI. No pagan IR. Porque no están realizadas, no pagan 15% PT, 25% IR. Y es una ganancia no realizada.

Cambio de Tarifas

Las Tarifas de la Sociedad es del 25$ se había mantenido.

25%   24%   23%   22%

  1. IR. Diferido  tarifa 2012 23%------22%
  2. Se conoce que las tarifas van a cambiar de Activo a Pasivo y se reconoce las tarifas futuras.

La Pérdida se queda en el periodo Actual

El Ecuador está en el literal         B.

Prueba Nº1

1.- Análisis de la Base Legal

1) Análisis Tributaria o Fiscal

El Gasto de Nomina se divide en 3 partes:

  1. Ingresos Normales y Regulares: 100% Aportado por el IESS a fecha de declaración.
  2. Ingresos Adicionales: Código del Trabajo.
  3. BOS o Prestaciones Sociales: Código de Trabajo o Leyes sociales

2) Análisis Laboral

  • Ingreso Regular o Normal : Amparadas por normas o reglas externas o internas       ( sueldo, Comisiones, Horas Extras, Gratificaciones Bonificaciones Art. 95 CT
  • Ingresos Adicionales: DTS, DCS, Art. 111 al 116 CT.
  • BOS o Patrono: Algo que es obligatorio CT, LSS  debe ser para todas por igual Art. 35 CT.

No superar el 20% del Material Gravado para el IESS  trabajador, La Prueba 14LSS debe ser Individual y Mensual.

Art. 38 CT.

  • Mandatario Externo : es el Representante Legal No está Afiliado al IESS  por la empresa sino auto afiliarse y deberá entregar facturas
  • Mandatario Interno: Si es empleado y debe aportar el 100% al IESS.
  • Empleados y Trabajadores : Afiliados al IESS

Prueba N°1

Análisis de la Base Legal

1.- PPE    “Característica”  *Control

                                * Beneficio Económico  Futuro

                                               *Usar en varios Ejercicios

                               [pic 7]

2.- Depreciación Fiscal     *Vida Útil        Limite Máximo Superior

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