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Familia niño y adolecente

JHAMESIDocumentos de Investigación8 de Octubre de 2018

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“AÑO DEL DIALOGO Y RECONCILIACION NACIONAL”

ALUMNA: Meneses Silvera Tania Jhasira

DOCENTE: Hermosa Calero Jessica Pilar

CURSO: Derecho Familia del Niño y Adolecente

CODIGO: 2011152106

DUED: Ica

Año: 2018

1.- Elabore un esquema sobre los impedimentos absolutos, relativos y especiales y escriba por cada inciso un ejemplo. (Vale 2 puntos)

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  • EJEMPLO DE IMPEDIMENTO ABSOLUTO:
  • Que se casen un padre con su hija o una madre con su hijo o una hermana con su hermano, ni que una mujer se case con varios hombres o que un hombre se case con varias mujeres, porque si se permitieran estos matrimonios se estaría faltando a la justicia.
  • EJEMPLO DE IMPEDIMENTO RELATIVO:
  • Que el hermano se case con la hermana, que el primo se case con la hermana, que tío se case con la tía, que la sobrina se case con el tío, si se permitieran estos matrimonios se estaría faltando a la justicia.
  • EJEMPLO DE IMPEDIMENTOS ESPECIALES:
  • Que padrastro se case con la hijastra, que el tutor se case con la menor en poder.

2.- Elabore UNA DEMANDA sobre nulidad de matrimonio. (Vale 2 puntos).

Secretario: Diego Medina Ramírez

Expediente: 001547-2018

Escrito n°: 01

Sumilla: Demanda nulidad de matrimonio civil

Señor Juez Especializado en lo Civil

RUTH CONTRERAS RAFAEL, identificada con DNI 31158913, con domicilio personal en JR. María Parado de Bellido n° 4, Urb. Santo Domingo Distrito de Ica y señalando domicilio procesal en Casilla N° 2458 del Colegio de Abogados de Ica, a Ud. atentamente digo:

I.PETITORIO

Que, invocando interés legítimo y moral para obrar, interpongo demanda de NULIDAD DE MATRIMINIO CIVIL contra quien hoy responde al nombre de Ricardo Gamonal Paredes y antes se llamaba Cesar Augusto Carrera Prieto domiciliado en Jr. Callao N°45 distrito cercado de Ica Distrito de Ica lugar donde se le deberá hacer llegar las notificaciones e ley, se declare la Nulidad e Invalidez del Vínculo matrimonial contraído con el demandado por ante los Registros del Estado Civil de la Municipalidad de Ica con fecha 10 de Enero de 2010, como consta de la correspondiente Partida de Matrimonio que anexo a mi demanda, en original.

II.FUNDAMENTOS DE HECHO:

En fecha y ante el Registro Civil antes referidos, contraje matrimonio civil con el emplazado, quien Ricardo Carrera Paredes, respondía al nombre del Cesar Augusto Carrera Prieto. No obstante, tal celebración solo fue por ese día, toda vez que el demandado, sin siquiera haber hecho vida marital ni menos conyugal con la recurrente, prácticamente desapareció, sin que, por lo tanto hayamos procreado un hijo alguno en nuestra breve unión matrimonial ni mucho menos, como es de comprender, hayamos adquirido bienes de ninguna clase. Como consideraba que no merecía tal burla ni desprecio de parte del demandado, lo cual me produjo como es de imaginarse un serio problema sicológico y moral, una vez repuesta de ese desagradable momento anímico como solamente el ánimo de recibir una explicación del demandado, empecé a averiguar por su paradero durante muchos años con resultados infructuosos pese a la colaboración recibida de familiares y amistades que me brindaron su ayuda moral, dejando constancia que en el domicilio proporcionado por el demandado y que aparece en el Partida material de Nulidad ya no domicilia , o al parecer, dio una dirección falsa, persistí en mis intenciones hasta que en el mes de agosto del presente año , es decir luego de más de 8 años logre enterarme que el demandado desde hace 6 años atrás se ha cambiado de apellido respondiendo desde esa fecha al nombre de Ricardo Gamonal Paredes, respondiendo desde la fecha al nombre de Cesar Augusto Carrera Prieto, y anulando su original apellido paterno de “PRIETO” pese que en la partida de matrimonio Civil cuya nulidad solicito el demandado consigno como que era     “ hijo de Marcial Paredes”, pero en su actual Partida de Nacimiento que he logrado ubicar en la Municipalidad de Ica y que adjunto como anexo de mi demanda aparece que ahora su padre ya no se llama “ Marcial Paredes” si no que ahora se llama “ Marcial Prieto”, cabe preguntar Señor Juez :¿Tan fácilmente resulta cambiarse de apellido y también el de su padre? Es obvio que es maniobra lo ha hecho el demandado con el evidente propósito de cerrarme todos los caminos para que lo pueda ubicar a fin de que, como hombre, sepa dar una dar una explicación a su cobarde proceder. De otra parte, desde el matrimonio civil a que he hecho referencia, el demandado me ha hecho vivir una falsa posesión constante de esposa.

III.FUNDAMENTACION JURIDICA DEL PETITORIO:

La presente demanda se fundamenta en lo prescrito por:

  • Artículo 274 del CC. Que se refiere a la nulidad del matrimonio.
  • Artículo 427 del CPC. Que me acuerda legitimidad e interés para actuar toda vez que mi derecho no ha caducado y existe conexión lógica entre los hechos y el petitorio.
  • Artículo I, II, III, IV, primer párrafo del Art. Del Título Preliminar del CPC.
  • Artículos 424, 425,475, punto 1 de la 3era, disposición final del CPC.
  • Artículo 220 DEL CC. Que dispone que “la nulidad del Acto jurídico puede ser alegada por quien tenga interés o por el Ministerio Publico así como que también puede ser declarada de oficio cuando resultaste manifiesta, como ocurre en este caso.

IV. VIA PROCEDIMENTAL:

Es aplicable la del Proceso de Conocimiento, de acuerdo al artículo 475 del CPC. Con el punto 4 de la Tercera disposición final del mismo CPC.

V. MEDIOS PROBATORIOS:

1.- El mérito de la Partida de Matrimonio N° 407 expedida por la Municipalidad de Ica, correspondiente al Matrimonio Civil celebrado con el demandando y que es materia de la Nulidad fundamentada en mi Petitorio, en la que se puede advertir que contraje matrimonio civil con el ahora llamado Ricardo Carrera Paredes.

2.- El mérito de la Partida de Nacimiento N° 47 del año 84 expedida por el Consejo Provincial de la Municipalidad de Ica correspondiente al Nacimiento del demandado quien figura como Cesar Augusto Carrera Prieto en el mes de abril del año 2013 se cambió de apellido figurando ahora como Ricardo Carrera Paredes  y en cuanto a su padre , no obstante aparece como Marcial Prieto y ahora es Marcial Paredes, lo cual pues muy extraño ya que una persona no puede legalmente cambiar antojadizamente su apellido paterno ni tampoco el nombre y apellidos de sus padres.

VI. ANEXOS DE LA DEMANDA:

Como tales adjunto los siguientes:

  1. Fotocopia simple de mi DNI
  2. Partida de Matrimonio N° 407
  3. Partida de Nacimiento N° 47
  4. Recibo de Tasa Judicial por ofrecimiento de pruebas.

POR LO EXPUESTO:

Al juzgado ruego admitir la presente demanda, substanciarla con regalo a los cauces del Proceso de Conocimiento y en mérito de los fundamentos del Petitorio se sirva declararla FUNDADA, disponiéndose a OFICIAR a los Registros de la Municipalidad de Ica, para que proceda a la anulación de la Partida de Matrimonio N° 407, relacionada con el matrimonio civil celebrado el 10 de Enero del 2010, es Justicia que de su Despacho espero alcanzar.

PRIMERO OTROSI DIGO: Que, conforme a ley ruego a su despacho ordenar que la presente demanda sea puesta en conocimiento del Ministerio Publico para que adopte las medidas legales del caso, notificándosele en sus Oficinas 6ta cuadra de la AV. Abancay.

Para tal efecto, adjunto copia de la demanda y de los recaudos que lo acompañan.

SEGUNDO OTROSI DIGO: Que, de conformidad con el artículo 80°del CPC. Concordante con el Art. 74 del citado cuerpo de leyes, delego facultades generales de Representación a mi Abogado Dr. Aníbal Bellido Viguria para que me presente en este proceso, dejando constancia que me encuentro debidamente instruida de la delegación de facultades y de la representación que otorgo y de sus alcances.

TERCERO OTROSI DIGO: Que, conforme a la ley, adjunto copia de mi demanda y de los recaudos que la escoltan para ser entregadas al emplazado y al Ministerio Publico, bajo constancia.

Ica 20 de Mayo del 2018

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Aníbal Bellido Viguria                               Ruth Contreras Rafael

3.- Elabore una demanda por separación de hecho y una contestación de demanda donde la demandante solicite daños y perjuicios. (Vale 4 puntos)

Escrito N°: 008-2018

Principal: Cuaderno

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