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GENERALIDADES DEL PENSAMIENTO DE KELSEN SOBRE LA TEORÍA DEL DERECHO Y DEL ESTADO

miriamrosmeryuiMonografía19 de Julio de 2019

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AGRADECIMIENTO

A mis distinguidos maestros por sus enseñanzas, consejos y dedicación, en especial a la Doctora DIANA MILAGROS DUEÑAS ROQUE por haberme encargado el presente trabajo y por la colaboración en cada momento de consulta; que enriqueció mi conocimiento y dedicación.

DEDICATORIA

Principalmente a Dios por permitirme despertar cada mañana, por cuidarme y protegerme ;a mis padres la motivación de mi vida, por la confianza, dedicación y el apoyo incondicional que me brindan para  la realización de objetivos.

        


INDICE

introducción        4

capítulo i        5

GENERALIDADES DEL PENSAMIENTO DE KELSEN SOBRE LA TEORÍA DEL DERECHO Y DEL ESTADO        5

1.1publicación de allgeneine staarslehre        6

1.2 creación de un nuevo método        7

1.3 hipótesis fundamental de kelsen: la norma coactiva        7

1.5 lógica jurídica        9

capitulo ii        11

INFLUENCIA  DE KELSEN EN EL PENSAMIENTO JURÍDICO DE LOS ÚLTIMOS VEINTICINCO AÑOS        11

2.1 significación de la obra de kelsen en el pensamiento jurídico en los últimos veinticinco años        12

22. influencia de kelsen en el derecho        14

2.3 influencia de kelsen en américa        16

2.4 kelsen y la juridicidad peruana        18

CAPITULO IV        20

CRISIS DE  TEORÍA DEL ESTADO EN EL SIGLO XX        20

3.1 transformaciones del estado en el siglo xx        21

3.2 forma de estado y concepción del mundo        23

3.3 el problema del derecho internacional        23

CONCLUSIÓN        26

RECOMENDACIONES        27

BIBLIOGRAFÍA        28

INTRODUCCIÓN

Hans Kelsen ha sido profundamente estudiado por una parte, y por otra, profundamente incomprendido. Por razones no siempre estrictamente científicas se le ha colocado o bien del lado de Dios o bien del lado del Diablo, entre los buenos o entre los malos.

La significación de la obra de Kelsen para la actual teoría del derecho y del estado , es la idea noción concepto que provoca Kelsen, su escuela y fundamentalmente la Teoría General del Estado obra en la que se discuten diversos planteamientos que causaron y causan gran conmoción a la actual teoría del estado entendiéndose como actual al siglo XX, en la presente monografía se detallaran primeramente generalidades del pensamiento de Kelsen sobre la teoría del derecho y del estado, en el que se desarrollaran de manera muy generalizada ciertos temas del pensamiento kelseniano tales como la Publicación de Allgeneine Staarslehre obra antecedió a sus más destacadas publicaciones, la creación por parte de Kelsen del método del silogismo , Hipótesis Fundamental de Kelsen: la norma coactiva y lógica jurídica, estos componer el primer capítulo.

El capítulo segundo titula “la influencia  de kelsen en el pensamiento jurídico de los últimos veinticinco años” en el que se desarrolraran los aprte y criticas del ya mencionado jurista,en los ultimos veinticinco años,los aportes al derecho,la influencia en america y la significacion de kelsen en el derecho peruano.

Finalmente encontramos el capítulo tercero “Crisis de la teoría del estado en el siglo XX” en este capítulo se hace regencia a las transformaciones del estado en el siglo XX, Forma de Estado y concepción del mundo y El problema del Derecho internacional.

CAPÍTULO I

GENERALIDADES DEL PENSAMIENTO DE KELSEN SOBRE LA TEORÍA DEL DERECHO Y DEL ESTADO

Kelsen probablemente el pensador jurídico más importante del siglo XX jurista y filósofo austriaco perteneciente a la corriente filosófica del  iuspositivismo, desarrollo su pensamiento con la realización de diversas teorías.

1.1PUBLICACIÓN DE ALLGENEINE STAARSLEHRE

Como afirma Albert Calsamiglia en el prólogo de compendio de teoría general del estado:

En el año 1925 Hans Kelsen publicaba Allgeneine Staarslehre, su primera obra sistemática. Era esta el resultado de quince años de investigación y se le puede considerar como una primera versión de la Teoría Pura del Derecho .Poco tiempo después se hacía público el Compendio-ahora reeditado – que constituye una versión simplificada de Allgeneine Staarslehre, obra esta ciertamente difícil para aquel que no este familiarizado con la problemática kelseniana pero que fuel punto de partida para la elaboración de la Teoría Pura del Derecho. Dentro del compendio se encuentran ya apuntados los aspectos mas revolucionarios de la teoría kelseniana, presentados bajo la forma clásica de una teoría general del estado.

Esta obra-traducida a varios idiomas-fue el punto de referencia de las polémicas que tuvieron lugar hacia finales de la década de los años veinte entre las grandes escuelas del derecho público. Era el momento de consolidación y máximo esplendor del kelsenismo en Viena. Sin embargo, a principios de los años treinta, Kelsen tiene que abandonar Viena y poco después la escuela de desintegra por circunstancia políticas concretas y sobradamente conocidas. (Calsamiglia, 1979:7)

1.2 CREACIÓN DE UN NUEVO MÉTODO

La novedad kelseniana se pone de manifiesto en la creación de un nuevo método para resolver problemas viejos. La utilización de ese método le condujo a “poner la dogmática alemana sobre sus pies”. Evidentemente esto levantaría críticas e indignaciones. Las críticas que recibió y sigue recibiendo aun la teoría pura del derecho, ha sido ideológica, trasladándose el problema del campo de la teoría jurídica al de la filosofía política, y perdiéndose , en polémicas ideológicas, ideas fecundas para la construcción de una autentica ciencia jurídica .

Es el silogismo jurídico el método que emplea Kelsen, entendemos por silogismo que “Llamaremos teoría del silogismo judicial a la tesis según la cual la decisión judicial es el resultado de la subsunción de unos hechos bajo una norma jurídica” (Iturralde, 1991:241)

1.3 HIPÓTESIS FUNDAMENTAL DE KELSEN: LA NORMA COACTIVA

Sobre la norma coactiva:

Podría exponer de manera muy breve y sucinta la tesis central de la teoría kelseniana el Derecho entendido como un orden coactivo de la conducta humana. Con esta oración ya está dado el concepto del Derecho en la teoría pura. Sin embargo, una formulación escueta no logra desarrollar los conceptos implícitos en tal formulación y exponer el camino, a menudo tortuoso y siempre difícil, de los razonamientos para la tal formulación.

A partir de un análisis muy detallado del concepto psicológico de la voluntad, Kelsen lleva a cabo una caracterización de lo que los juristas entienden por «voluntad jurídica», que constituye un concepto radicalmente diferente del psicológico. El problema de la voluntad del Estado es un problema de carácter jurídico, pues con ese concepto se intenta determinar cuáles son los actos que pueden imputarse o referirse al Estado, cuáles son los actos estatales.

Kelsen, desde su primera obra, “Problemas capitales de la teoría jurídica del Estado, desarrollados con base en la doctrina de la proposición jurídica”, presenta de manera enfática la hipótesis fundamental: la norma entendida como un enunciado hipotético, que dispone el ejercicio de la coacción por los órganos del Estado. Habla de la norma como un juicio hipotético que dispone el ejercicio condicionado de la voluntad del Estado, que es voluntad coactiva. El derecho, en, resumen, es entendido como un orden coactivo de la conducta humana. (Schmill, 2010:21)

Además SCHMIL 2010:

Habiendo reconocido que la voluntad del Estado se encuentra en las normas jurídicas, Kelsen se pregunta sobre el contenido de esta voluntad estatal, lo que equivale a decir cuál es el contenido fundamental del Derecho. Si la voluntad del Estado es una construcción que permite la imputación de ciertos actos de determinados individuos al Estado, Kelsen afirma que el Estado sólo puede querer su propia conducta, pues una conducta o comportamiento imputado es una conducta propia. «Un acto u omisión se consideran como “ajenos” con respecto a una persona cuando no le son imputados a esta persona, sino a otra» 8. Rechaza que la imputación tenga su fundamento en cualquier ley causal. La imputación es un problema normativo, lo que se hace patente tratándose de omisiones imputadas, caso en el cual no es posible ver operar a la ley de causalidad, pues la no realización de una conducta no puede ser causa de efecto alguno.(pp.21-22)

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