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INDIVIDUO, SOCIEDAD Y CULTURA


Enviado por   •  6 de Julio de 2022  •  Ensayos  •  1.418 Palabras (6 Páginas)  •  206 Visitas

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INTRODUCCIÓN

El presente trabajo se realiza únicamente con fines académicos, abordando los temas de la unidad 1, del programa de la materia de Derecho Constitucional, de la Maestría en Administración Pública.

Durante el desarrollo del presente en primer lugar, se definirán los conceptos de individuo, sociedad, cultura y derecho, dando pie a como se han ido construyendo a lo largo del tiempo.

Después se abordaran los temas de lo que son las reglas y las normas y las diferencias que existen entre ellas.

En el siguiente apartado se definirán la clasificación del derecho, es decir, como podemos dividirlo de acuerdo a su objeto.

También se hablará sobre cómo se fue creando el derecho a lo largo del tiempo.

Adicionalmente se tocaran los temas de las diferencias entre hecho y acto jurídico, y los tipos de actos jurídicos que existen.

Finalmente se analizará la técnica jurídica, es decir cómo se crean los diferentes ordenamientos.

INDIVIDUO, SOCIEDAD Y CULTURA

En primer lugar definiremos el derecho, que según economipedia lo define como  “conjunto de normas que regulan la conducta humana y ordenan la sociedad en un momento determinado a través de la imposición de reglas y de la creación de órganos e instituciones que velan por su cumplimiento y aplicación”[1]

De la definición anterior, es importante entender diversos términos. Primero vemos el conjunto de conducta humana, es decir la conducta de los individuos, entendiendo a individuo una persona que tiene personalidad propia, tiene capacidad y libertad y por ende su conducta es cómo se comporta en un determinado entorno.

Por sociedad entendemos al entorno en donde se relacionan los individuos, en donde se desarrollan, viven y conviven.

Después vemos la definición de reglas, que son conductas que los individuos deben seguir para una convivencia en orden.

Las normas a diferencia de las reglas, son obligatorias, imponen obligaciones así como otorgan derechos.

La norma se puede ver desde dos puntos de vista, en sentido amplio, es decir toda regla de conducta, y en estricto sentido, que impone derechos y obligaciones.

Entonces podemos concluir, que las reglas derivan en normas y que estas últimas pueden o no imponer derechos u obligaciones. Todo lo anterior con el fin de regular los comportamientos de los individuos para tener un orden y que entonces a este conjunto lo llamamos derecho.

COMPLEJOS NORMATIVOS DE LA CONDUCTA HUMANA

Además de las normas jurídicas tenemos las normas morales, es decir aquellas que determinan que conductas son buenas o no para determinada sociedad o individuo, de acuerdo a las circunstancias históricas, sociales y políticas en las cuales se desarrollan las personas.

Las normas internas son aquellas que regulan la conducta humana desde el punto de vista moral pero individual, porque el hecho de aceptarla o no es solo del individuo,

Las normas externas, también tienen carácter moral, pero van determinadas por los valores existentes en una sociedad, y generalmente son aceptadas porque son parte de la convivencia humana.

Los criterios que utiliza García Máynez para clasificar las normas son:

1) por el sistema a que pertenecen; nacionales, extranjeras y uniformes

2) por su fuente; es decir, por cómo fueron creadas, mediante el legislativo, por jurisprudencia o por decreto

3) por su ámbito espacial de validez; es decir, la porción de espacio que se aplica la norma

4) por su ámbito temporal de validez; por el tiempo que dure la norma en vigor, es decir pueden se determinadas con un tiempo específico o indeterminadas sin una temporalidad.

5) por su ámbito material de validez; es decir al objeto que regula

6) por su ámbito personal de validez; es decir a que personas regula, pueden ser particulares o generales

7) por su jerarquía; de acuerdo al rango de importancia que tengan

8) por su sanción; perfectas, casi perfectas o imperfectas

 9) por su cualidad; es decir si te permiten o prohíben tal o cual conducta

10) por sus relaciones de complementación,

11) por sus relaciones con la voluntad de los particulares.

CLASIFICACION DEL DERECHO

El derecho natural hace referencia a los derechos que tienen los seres humanos por el hecho de existir, es decir, sin que haya nada legislado o escrito que lo determine, como ejemplo de esto tenemos la vida, la libertad, etc

El derecho positivo, son todos aquellos derechos que han sido establecidos por un poder coercitivo, para regular la conducta humana.

El derecho objetivo, son las normas jurídicas como tal y el derecho subjetivo es la facultad de hacer valer esas normas estableciendo las correspondientes responsabilidades.

El derecho vigente, es aquel que tiene validez en la actualidad. Un derecho puede ser positivo vigente o no, pero un derecho no puede ser vigente sin ser positivo.

El derecho público, es aquel que su ámbito de competencia es regular las relaciones entre los particulares y el Estado y el derecho privado es el que regula las relaciones entre los particulares.

FORMAS DE CREACIÓN DEL DERECHO.

Las fuentes del derecho, es de donde y como fue creado el derecho.

Fuente formal: es el proceso de cómo fueron creadas las normas, para ello tenemos que se crean por la legislación, la costumbre y la jurisprudencia. Por legislación entendemos el proceso que lleva que determinadas personas realicen y aprueben tal o cual norma. Por costumbre se refiere a que es algo que la sociedad ha realizado por determinado tiempo y se vuelven entonces normas y por jurisprudencia se refiere a que un hecho a sido repetido varias veces que se convierte en norma o que por el contrario, existen dos posturas opuestas que se tiene que determinar cuál es la correcta y entonces se vuelve norma lo que el juzgador determine.

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