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“LEY MARCO DE AUTONOMIAS Y DESCENTRALIZACION ANDRES IBAÑEZ”


Enviado por   •  25 de Noviembre de 2015  •  Apuntes  •  2.454 Palabras (10 Páginas)  •  196 Visitas

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“LEY MARCO DE AUTONOMIAS Y DESCENTRALIZACION ANDRES IBAÑEZ” 031

INTRODUCCION

Esta ley fue promulgada el 19 de julio de 2010 que se encarga de regular el régimen de las autonomías en el territorio nacional de acuerdo a lo que establece el articulo 271 de la Constitución Política del Estado, definiendo cuales son las bases de nuestra organización territorial como Estado boliviano.

La Constitución Politica del Estado se encuentra forjada en anhelos autonomistas de las regiones, naciones y pueblos indígena originario campesinos, basándose en una concepción moderna de un pais autónomo con un concepto cultural propio que tiene el objetivo de la descentralización del poder político, con un sistema escalonado de entes dotados de autonomía y estructurado sobre el principio de democracia participativa.

La ley marco de autonomías y descentralización  se fundamenta en tres principios fundamentales que son:

Principio de autonomía, determina el ámbito de poder político es decir la esfera de competecias de cada una de las entidades territoriales autónomas con tres connotaciones principales de la no dependecia jerárquica del Estado, capacidad de crear un ordenamiento jurídico y autogobernarse dentro el marco de sus competencias.

Principio de solidaridad, con su fundamento en el Estado como unidad de intereses que esta por encima de las partes que la componen, es decir de los gobiernos territoriales.

Principio de unidad, configura el modelo de Estado (no hay autonomía posible sin unidad).

Este se encuentra dividido e n nueve títulos que establecen la adecuada transferencia y delegación de competencias entre el Estado y la entidades autónomas territoriales, estableciendo su régimen económico financiero y como deben coordinar entre estos, disposiciones adicionales, disposiciones transitorias y disposiciones abrogatorias y derogatorias.

DESARROLLO DEL ANALISIS

TITULO I. Disposiciones generales

El objeto de la presente ley es regular el régimen de autonomías y las bases de la organización territorial de Estado.

El alcance de la presente ley fue:

  • Bases de la organización territorial del Estado
  • Tipos de autonomía
  • Procedimiento de acceso a la autonomía y procedimiento de elaboración de estatutos y cartas organicas.
  • Regímenes competencial y económico financiero.
  • Coordinación entre el nivel central de Estado y las entidades territoriales autónomas.
  • Marco general de la participación y control social de las ETA.

El ámbito de aplicación es a los órganos del nivel central del Estado y las Entidades Territoriales Autonomas.

Nos basamos en los siguientes principios:

  • Unidad: indivisbilidad de la soberanía y territorio
  • Voluntariedad
  • Solidaridad: actuación conjunta del Estado y Autonomias
  • Equidad
  • Bien común
  • Autogobierno
  • Igualdad
  • Complementariedad
  • Reciprocidad
  • Equidad de genero
  • Subsidiariedad: auxilio y sustitución entre órganos del poder publico
  • Gradualidad
  • Coordinación
  • Lealtad institucional
  • Transparencia
  • Participación y control social
  • Provisión de recursos económicos
  • Preexistencia de las Naciones y Pueblos Indigena Originario Campesino: participación y representación en gobiernos autonomos y autogobierno

Las siguientes son funciones de la autonomía:

  • AIOC: impulsar el desarrollo integral como naciones y pueblos, asi como gestión de su territorio.
  • Autonomía Departamental: impulsar el desarrollo económico y social en su jurisdicción.
  • Autonomía Municipal: impulsar el desarrollo económico local y humano a través de la prestación  de servicios públicos a la población.
  • Autonomía Regional: promover el desarrollo económico y social en su jurisdicción mediante la reglamentación del políticas publicas departamentales en la región en el marco de sus competencias.

Cuando nos referimos a el ejercicio es trata de:

  • La libre elección de sus autoridades.
  • Facultad legislativa.
  • Crear, administrar, recaudar tributos e invertir sus recursos.
  • Planificación, programación y ejecución de su gestión política, administrativa, técnica, económica, financiera, cultural y social.
  • Gestión publica intercultural.
  • Potestad jurisdiccional indígena.

La forma de gobierno en la entidades autónomas territoriales es democrática, participativa, representativa y comunitaria con equidad de genero.

TITULO II. Bases de la organización territorial

La finalidad de la organización territorial es la de garantizar la soberanía, unidad e indivisibilidad del territorio boliviano en unidades territoriales.

Se conformaran en unidades territoriales una vez hayan cumplido los requisitos de ley (ejemplo  un minimo de 10000 habitantes) y aprobado por la Asamblea Legislativa.

Los espacio  de planificación y gestión están conformados por las regiones y distritos municipales que los conforman.Tenemos:

  • Región.- es un espacio territorial conformado por varios municipios o provincias que no trascienden los limites del departamento.

Tiene como objetivo: posibilitar la concertación de objetivos municipales, departamentales y AIOC.

Promover un desarrollo territorial justo y armonico.

Constituirse en un  espacio para la desconcentración administrativa.

Optimizar la planificación e inversión publica.

Armonización entre políticas y estrategias de desarrollo .

  • Región metropolitana.- se la creara por ley a la conurbaciones mayores a 500.000 habitantes, también podrán ser simultáneamente parte de otra región.

Serán compuestos por consejos metropolitanos para la coordinación con la administración metropolitana, integrado por representantes del gobierno autónomo departamental de cada uno de estos.

  • Distritos municipales.- son espacios desconcentrados de administración de gestion, administración, participación ciudadana y descentralización de servicios en función de sus dimensiones poblacionales y territoriales pudiendo establecer  subalcaldias.

  • Distritos municipales indígena originario campesinos.-son espacios descentralizados que pueden elegir a sus autoridades y a sus representes contando con un Plan de Desarrollo Integral, pudiendo estar en territorio de las IOC o no.

Las mancomunidades son asociaciones voluntarias de entidades territoriales que desarrollan acciones conjuntas en el marco de competencias legalmente asignadas. Los integrantes estarán estipulados en un convenio mancomunitario para que puedan acceder a otras entidades territoriales.

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