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Ley de trabajadores al servicio de instituciones publicas del Estado y de los Municipios


Enviado por   •  15 de Mayo de 2016  •  Exámen  •  4.358 Palabras (18 Páginas)  •  381 Visitas

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1.- ¿Qué relaciones rige la Ley de Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí?

R= rige las relaciones de trabajo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial y de los municipios, así como de los organismos públicos descentralizados y empresas de participación estatal o municipal con sus trabajadores.

2. ¿En qué condiciones debe efectuarse las condiciones de Trabajo?

R= en condiciones de equidad e igualdad entre mujeres y hombres, que aseguren la integridad física y mental, así como un nivel económico decoroso para las personas trabajadoras y su familia, en un marco de libertad y dignidad, no discriminación y libre de violencia.

3. Que distinciones  no podrá haber entre los empleados públicos.

R= No podrán establecerse distinciones entre las personas trabajadoras del servicio público por motivo de género, edad, etnia, preferencias políticas, religiosas o culturales, condición socioeconómica, cultural, discapacidad, enfermedad, orientación sexual o todas aquellas que puedan resultar discriminatorias.

4. Qué supletoriedad existe en la  Ley de Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí?

R= en su orden, la Ley Federal del Trabajo, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, los principios generales del Derecho y de la justicia social, la jurisprudencia, la costumbre y la equidad.

5. Si, existe duda en cuanto a la supletoriedad de la ley, como deberá  procederse?

R= Si aún persiste la duda se resolverá con la interpretación más favorable al trabajador.

6. No producirá efecto legal, la estipulación escrita o verbal que establezca:

R=   I.- Una jornada semanal mayor de treinta y cinco horas;  

II.- Labores peligrosas e insalubres, así como el trabajo nocturno, para menores de dieciséis años;

 III.- Una jornada inhumana por notoriamente excesiva o peligrosa para la vida del trabajador;

IV.- Un salario inferior al mínimo del área económica respectiva;

 y V.- Un plazo mayor de quince días para el pago de las retribuciones.

7. ¿Qué  se entiende por trabajador?

R= toda persona física que presta un servicio personal subordinado a las instituciones públicas a que se refiere el artículo 1o. de la misma, en virtud de nombramiento expedido por funcionario competente.

8. ¿Cuántas clases de trabajador existen en la  Ley de Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí?

R= I.- De confianza; II.- De base; y III.- Eventuales.

9. Conforme a que se clasifican  los trabajos de las instituciones públicas:

R= a los catálogos o tabuladores generales de puestos que al efecto se establezcan en sus leyes orgánicas o reglamentos internos. En la formulación, aplicación y actualización del catálogo de puestos, participarán los titulares de las dependencias o sus representantes, conjuntamente con los sindicatos correspondientes.

10. La categoría de trabajador de confianza depende de:

R= la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto.

11. ¿Cuáles son las funciones de confianza?

R= De dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general, así como todas aquellas que por su naturaleza se definan como tales en los catálogos o tabuladores generales de puestos a que se refiere el artículo 9o. de la presente ley.

12.  ¿A quiénes se les consideran trabajadores de base?

R= aquellos que prestan un servicio permanente a las instituciones públicas a que se refiere el artículo 1o. de la presente ley, en virtud de nombramiento o por figurar en las nóminas.

13. ¿Cuáles son los trabajadores eventuales?

R= los que prestan un servicio personal subordinado, por tiempo u obra determinados o por cantidad presupuestada por la institución pública respectiva, para la realización de una obra o servicio.

14. ¿Cuáles son las personas que podrán libremente prestar  sus servicios a las Instituciones públicas?

R= Las personas mayores de dieciséis años

15.  ¿A qué se sujetan los elementos operativos  de las  fuerzas de seguridad pública del Estado?

R= a sus propios ordenamientos.

16. ¿Cuáles son las causas por la cuáles se podrá cambiar de adscripción a un trabajador?

R= I.- Temporalmente por necesidades del servicio, pero sólo con anuencia del trabajador; II.- Por reorganización, según lo determinen las condiciones generales de trabajo; III.- Por desaparición de la institución pública de gobierno; IV.- Por permuta autorizada; V.- Por fallo del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje; VI.- Por solicitud expresa del propio trabajador, o por convenio que celebre con el titular de la institución pública respectiva; y VII.- Cuando existan causas imputables al trabajador, que hagan imposible que continúe prestando sus servicios en la misma área o dependencia.

17. ¿Para qué deberán las Instituciones Públicas  de Gobierno establecer centros de Capacitación?

R= para que éstos actualicen y perfeccionen sus conocimientos, aptitudes y habilidades que les permitan una mayor eficiencia y eficacia en el desempeño de sus labores, Por ser de interés público y social promover y vigilar la capacitación y el adiestramiento.

18. ¿Qué obligaciones adquieren los trabajadores en cuanto a en cuanto a la capacitación  y adiestramiento?

R= I.- Asistir puntualmente a los cursos, sesiones y demás actividades que formen el programa de capacitación y adiestramiento para el trabajo, practicando las indicaciones de los instructores; y II.- Cuando sea necesario someterse a exámenes y pruebas de evaluación sobre conocimientos y aptitudes, que sean requeridos para el desempeño de un puesto o actividad.

19. ¿Qué estipulará cuanto menos las condiciones generales de trabajo?

R= I.- La intensidad, esmero y calidad del trabajo; II.- Los riesgos de trabajo, adoptando las medidas necesarias para evitarlos; III.- Las fechas y condiciones en que los trabajadores se sometan a exámenes previos y periódicos de salud; IV.- Las correcciones disciplinarias y normas de aplicación; V.- El lugar y horario en donde se presten los servicios; VI.- Las medidas preventivas de seguridad e higiene que deben adoptarse para que no se desempeñen trabajos que pongan en riesgo la integridad física de los trabajadores; VII.- El libre acceso y desplazamiento de las personas en general, así como también de las personas trabajadoras que padezcan alguna discapacidad, todo ello en condiciones de igualdad y no discriminación, y VIII.- Las que fueran necesarias a fin de obtener más seguridad y eficacia en el trabajo.

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