ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

MEDIOS ALTERNATIVOS DE CONTROVERSIAS

pintor198810 de Junio de 2014

4.970 Palabras (20 Páginas)445 Visitas

Página 1 de 20

Introducción.

En el presente documentos abordaremos la naturaleza y función de los medios alternativos de solución de conflictos, primeramente abocándonos al significado de la CONTROVERSIA, misma de la cual emana el tema en comento.

Así mismo, realizaremos un análisis de las diferentes formas de solución de conflictos, viéndolas como una fuente de corrección de gran relevancia en la actualidad dado que las mismas liberan los aspectos socioeconómicos de la sociedad a diferentes niveles, pudiendo ser en primera instancia, los buenos resultados que los particulares pudieran obtener de la implementación de las soluciones alternas a sus conflictos, llegando inclusive a considerar que el propio Estado se beneficia de la implementación de estos métodos, teniendo menos carga de trabajo y economizando su funcionamiento por las propias causas.

A la par de la definición de controversia y de sus diversos procedimientos de solución, se debe comprender que así como unos adquieren un compromiso de cumplimiento privado, así también existen otros por medio de los cuales se genera una obligación de observación pública, es decir, aun cuando en los diferentes medios interviene un tercero que no ostenta calidad de servidor público, puede ser que su opinión, observación o resolución, se vuelva de implementación obligatoria hacia las partes, teniendo la facultad de poder respaldarse hacia el cumplimiento, ante los diferentes órganos jurisdiccionales.

Entendiendo que las controversias llegan a surgir por diversas problemáticas, la implementación de los medios de solución genera en la sociedad, una nueva motivación hacia la interrelación de la misma, con mayor seguridad y estabilidad.

Controversia.

De acuerdo con la definición que nos otorga el Diccionario de la Lengua Española, Vigésima Segunda Edición, podemos considerar que una controversia es:

“Discusión de opiniones contrapuestas entre dos o más personas”.

Así pues, pasaremos al estudio de las causas generadoras de posibles controversias.

Causas de la Controversia.

Una causa moderna en cierta forma y que constantemente se encuentra en una evolución legislativa, es el nacimiento de las relaciones jurídicas, entendiéndolas como aquellas en que la sociedad se involucra entre si de forma privada, pública y constantemente obligatoria, respecto de específicas prestaciones o servicios, señalando entonces que el nacimiento de la controversia dentro de estas relaciones, se genera por el incumplimiento de alguna de las partes a lo que previamente se había pactado; siendo entonces que podemos asimilar, que esta generación de problemas, va de la mano con los distintos campos de actividad y de las nuevas y avanzadas formas de hacer negocios.

Al respecto del párrafo anterior, debemos sumar la situación de que una vez que existe la controversia respecto de una relación jurídica, pasamos a la parte donde el conflicto de vuelca hacia el Estado, es decir, la coyuntura ahora versa sobre la efectividad de la posible solución que se busca al acudir a los órganos jurisdiccionales, entendiendo que en la actualidad las diferentes autoridades se encuentran saturadas de trabajo y por ende vuelven su actuar deficiente y falto de expedites para pronunciar la resolución a un conflicto.

Así entonces, la controversia puede surgir de conflictos personales, entre 2 individuos o inclusive entre sociedades de gran masa y bien definidas, sobre temas relativos a la política, la religión, relaciones jurídicas, entretenimiento, entre otras tantas, y por la diversidad de argumentos o puntos de vista respecto de un tema en común bajo cualquier modalidad de discusión; considerando entonces que a partir del surgimiento de una controversia, la sociedad actual debe especificar de mejor manera la forma en que atenderá sus conflictos que precisamente de vuelven más complejos por la evoluciones de las mismas relaciones e interacciones en comento.

Expuesto lo anterior, la generación de la controversia no esta determinada obligatoriamente a ciertos actos sociales o particulares, las diferencias que en la actualidad requieren medios alternativos de solución, surgen de manera constante y derivados de la simple interacción de la sociedad, si bien es cierto que se distinguen por un tema en particular, no requieren de mayores o menores condiciones para suscitarse, involucrando a las comunidades y por ende a los individuos dentro de un camino de protección de bienes, garantías y derechos con que se gozan de manera real o humana; surgiendo pues con el conflicto, la necesidad de contar con autoridades o procedimientos flexibles que encaminen hacia una solución de controversias de manera más flexible, real y a mucho menor costo.

Clases de controversia.

Atendiendo a la vida actual en que nos desarrollamos como sociedad, la controversia se ha vuelto una situación constante dentro de su actuar, atendiendo a diversos temas como pueden ser la política, la religión, filosofía, ciencia, entretenimiento, etc. Es así, que la magnitud de clases en que se puede ventilar un conflicto incrementan de forma evolutiva y así también se ven inmiscuidas en la vida diaria, generando descontentos y altercados que versan sobre diferentes puntos de vista o inclusive sobre la defensa de intereses propios, personales o patrimoniales; al caso concreto, las clases de controversia que se pudiesen llegar a clasificar son las de carácter privado y las que se ventilan ante un órgano jurisdiccional, claro esta, en atención a esta ultima, dependiendo de la naturaleza y origen de la coyuntura.

Es así, que podemos argumentar que existen una serie de conflictos que se pueden proponer a solución o consideración de un tercero privado que rinda una determinación ulterior al estudio de determinado asunto, considerando esta participación a libre albedrío de los involucrados y con la obligación de aceptar el fallo a que haya lugar, independientemente que se de una condición de obligatoriedad y que en caso de incumplimiento sea sancionada por las leyes aplicables en la materia de que se trate, considerando para tal efecto los diversos medios alternativos de solución de controversias, los cuales, dan una opción a los particulares de poder dar una respuesta oportuna a sus dificultades.

Igualmente, ante el enfrentamiento de una controversia, esta puede ser solucionada de forma autocompositiva por las partes, es decir, sin la necesidad de involucrar a un tercero ajeno a la situación de conflicto en especifico, brindando mayor relevancia a la seriedad del método de solución y considerando el respecto a las consecuencias del mismo.

Por ende, así como existen controversias que pueden ser afrontadas de forma unilateral o por medio de un tercero en su calidad de particular, igualmente existen situaciones en que resulta necesaria la intervención de la autoridad, derivado lo anterior de la naturaleza del conflicto y así también de los requerimientos que surjan o se deban cumplir por la causa generadora de la controversia, tomando en cuenta que aun cuando la autoridad se encuentra en la obligación de pronunciase respecto de una controversia que se ponga en su conocimiento, dicho acontecimiento depende solo de la sociedad que va en busca de su auxilio. Determinando entonces que las clases de controversias pueden llegar a ser especificadas por la gama de sus medios de solución, recalcando que aun cuando existe la particularidad de medios alternos de solución, también existen tribunales previamente establecidos que tienen como facultad y obligación la resolución de conflictos inherentes a sus diferentes competencias.

Formas de solución.

Dentro de las diversas formas de solución a las controversias, existe en primera instancia el acudir ante los Órganos Jurisdiccionales del Estado para que actúen como autoridad juzgadora ante determinado conflicto, que previamente y bajo el cumplimiento de diversas formalidades ha sido puesto en su conocimiento. Dicha solución estatal es la más común y de mayor relevancia, lo anterior dado que contempla una estructura bien definida y sobre todo sustentada en legislaciones que fungen como los principales medios de solución de controversias, dado que rigen y estipulan los actos que la sociedad puede o no llevar a cabo y así mismo determinan los derechos y obligaciones que se generan a partir de las relaciones sociales y jurídicas.

Así también, otro medio el cual se encuentra regulado en la ley y que se puede aplicar de forma pública o privada, es el arbitraje. Esta figura es la que cuenta con mayor desarrollo inclusive llegando a la aplicación de manera internacional, es preferido dado que cuenta con una amplia practica regulada, símil al procedimiento judicial, con una profusa práctica y doctrina, resulta ser para varios entes el medio idóneo de solución de conflictos; al igual cuenta con requisitos mínimos del procedimiento ordinario, fungiendo como un sistema heterocompositivo con formalismos, duración, costos y obstáculos para ejecutar el laudo arbitral.

Dado entonces a lo anterior, surgen los medios alternativos de solución de conflictos, los cuales vienen a tratar de subsanar o facilitar a la sociedad la resolución de sus controversias, proponiendo diversos métodos de gran utilidad y en parte adaptables a la situación de que se trate. Por lo cual y a efecto de una mayor apreciación, se enuncian los siguientes:

• Pequeño juicio o “mini trial”. Reuniones organizadas por los abogados de las partes donde se simula una especie de juicio pequeño en el que se presentan los argumentos de los interesados, utilizado para evaluar las pretensiones antes de

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (32 Kb)
Leer 19 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com