ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

OBLIGACIONES Y PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS


Enviado por   •  29 de Abril de 2019  •  Apuntes  •  5.061 Palabras (21 Páginas)  •  209 Visitas

Página 1 de 21

OBLIGACIONES Y PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS

Profesor: Guillermo Mora

CLASE 22-03-2017

Todo nace en Roma, luego pasamos al feudalismo (donde el señor feudal cobraba lo que quería)

Las letras de cambio se inventaron en las cruzadas, las primeras cruzadas comenzaron en 1095.

La contabilidad nace con Lucas Pacchiolli. Es necesaria porque al Estado le proporciona información y control. Y quién controla al controlador? Nadie, porque el jefe del controlador es una persona que se dedica a otra área.

Junto con la civilización que nos trajeron los españoles, nos trajeron el cobro de impuestos. Hay que reconocer que los Incas cobraban tributo, pero eso es distinto al impuesto. Por otra parte, al rey se le pagaba el 5% de toda producción.

Segundo impuesto: Alcapala

Tercer impuesto: Almojarifazgo.

Cuarto impuesto: …

Hay un impuesto mayor en porcentaje, al que se llamó diezmo. La décima parte de los productos agrícolas.

Hay otro impuesto llamado media anata. En efecto, este impuesto equivalía a la mitad del sueldo que percibía un funcionario que acababa de ingresar a la administración en aquellos tiempos. Usted ingresaba a la real audiencia, o al consejo u otras instituciones de la corona, la mitad de ese año se constituía en impuesto

Estanco: Dado que la corona real necesitaba muchos ingresos para poder mantener el comercio internacional con España, era necesario ponerle impuesto a algunas mercaderías que venían de Europa a la colonia, por ejemplo, los naipes, el mercurio, etc.

Tributo NO es lo mismo que impuesto

El impuesto es un tipo de tributo. Toda esta situación relativa al cobro de impuesto por parte de las coronas reales a las coronas de América, va siendo modificada en el transcurso de la historia. En efecto, la revolución francesa tiene que ver con este cambio, porque el Estado, tal como lo conocemos hoy, es fruto de la revolución francesa y el lema de igualdad, libertad y fraternidad es igual el día de hoy. En ese tiempo no se manejaba el concepto de Estado. El concepto de Estado es una palabra distinta al rey, a la monarquía. Hay indicios de la palabra Estado cuando leemos el príncipe de Maquiavelo cuando usa el concepto de Estado para referirse al territorio bajo una monarquía. Sin embargo, la diferencia con el Estado de hoy se da en la Revolución Francesa, que termina con un régimen odioso de monarquía en el cual solo algunos pagaban impuestos y no todos, lo cual era sumamente injusto para la mayor parte de la población en Francia (nobles, clero, realeza no pagaban impuestos)

El derrocamiento de Luís XVI obedece al ímpetu del pueblo de revelarse, así se produce la revolución francesa que acaba con este régimen monárquico y comienza una visión de Estado tal como conocemos hoy.

Rosseau en EL Contrato Social, señala que somos los hombres ante la inseguridad y el temor de que se ejerza sobre nosotros injusticia, utiliza la frase “El hombre es el Logo del hombre”… Fuimos nosotros los hombres que a través de un pacto social no escrito, fuimos capaces de crear un ser superior capaz de liderarnos, defendernos, establecer derechos y este ser abstracto es el Estado, pero este nace de un contrato social. Es el Estado el que debe servirnos a nosotros. Esta fuerza que tiene el Estado, soberanía, no es más que la fuerza de miles de sus pobladores que aceptan un derecho para que él la ejerza de forma organizada. Se dice que la soberanía de un estado no es más que el reconocimiento que hace otro Estado de esa fuerza.

Otro pensador y estudioso del Estado, Sièyes, opina que es la nación la que entrega soberanía. La nación es aquel lugar donde se junta un grupo social de una etnia, lenguaje, creencias, etc. La unión de todos estos grupos sociales conforma la nación. Pero es la nación que tiene este poder soberano.

Hobbes, señalaba “El Estado es un monstruo de mil cabezas, han dado nacimiento a un leviatán” Es precisamente así, porque fuera de la soberanía, le entregamos al Estado una potestad o facultad, a la que nosotros le llamamos la potestad tributaria; esto es, poder modificar impuesto, derogar impuestos, aumentarlos, cobrarlos.

Esta facultad del Estado es indelegable, él no puede delegar esta potestad tributaria. Solo el Presidente de la República puede a través de un mensaje iniciar un trámite relacionado con temas tributarios.

Cobros ejecutivos de las obligaciones de pagar impuesto, así se llama la obligación de dar en tributaria.

Existe un principio de la generalidad, acá no hay clases privilegiadas, todos pagan. La constitución ha establecido algunos límites dentro de los cuales puede ejercerse esta potestad tributaria, uno de estos principios dice relación con que cualquiera de nosotros que esté ofendido con esa potestad tributaria, tiene la posibilidad de recurrir a tribunales.

EL PROFESOR DEJÓ TRES APUNTES EN LA FOTOCOPIADORA.

Tributo no es lo mismo que impuesto , el tribuno es de carácter general , el impuesto como tal es un vínculo jurídico que nace entre un sujeto acreedor y otro sujeto pasivo el contribuyente que debe pagar al sujeto activo que es el estado una determinada cantidad de dinero cuando ocurre un hecho legitimo descrito por la ley, el impuesto es un tipo de tributo , para que me cobren impuesto debo ser contribuyente o sea sujeto pasivo de una obligación jurídica , el impuesto nace solo por ley y debe ser tramitada en la forma que la constitución lo dispone , el poder del estado llamado potestad tributaria pone en desequilibrio a los contribuyentes y para evitar esto la constitución política nos asegura la existencia de ciertos principios por medio de los cuales se protege a los contribuyentes .

El contribuyente cuenta con protección constitucional de sus derechos como el principio de legalidad, todos pagan impuestos.

Principio de igualdad, hombres y mujeres nacemos libres e iguales en derechos, el principio de igualdad tributaria implica que de acuerdo a la capacidad tributaria de cada cual se le exige pagar una suma de dinero.

Principio de la No Confiscación (pregunta de prueba)

Nadie puede ser privado de su derecho de dominio de bienes muebles o inmuebles sino que solos por las causales que la ley establece , la potestad tributaria en chile la tiene el poder legislativo

Los

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (26.6 Kb)   pdf (72.9 Kb)   docx (19.2 Kb)  
Leer 20 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com