PARCIAL CIVIL BIENES
Jean Hanner Martinez QExamen2 de Diciembre de 2020
932 Palabras (4 Páginas)287 Visitas
PARCIAL CIVIL BIENES
[pic 1]
JEAN HANNER MARTINEZ QUINTERO
1113695073
UNIVERSIDAD SANTIAGO DE CALI
FACULTAD DE DERECHO
CIVIL BIENES–PEDRO REY SALAZAR
PALMIRA
2020
PARCIAL DE CIVIL BIENES
1. Alberto en una finca de su propiedad tiene 10 palos de mango y vende a Juan los frutos que todavía no están de recoger. Los frutos vendidos por Alberto son:
A. Bienes inmuebles
B. Bienes muebles por adhesión
C. Bienes muebles por anticipación
D. Bienes muebles por naturaleza
E. Bienes inmuebles por destinación
2. Juan le vende a Maria una finca en la que existen bienes que se reputan inmuebles y bienes muebles sin que se determinen estos bienes en la escritura respectiva, en esta venta van comprendidos:
A. El inmueble por naturaleza
B. El inmueble por naturaleza y los muebles
C. La finca y los bienes que se reputan inmuebles
D. La finca y los inmuebles por adherencia
E. La finca y los inmuebles por destinación
3. Una cosa si puede sustituirse con otra será:
A. Mueble por naturaleza
B. Mueble en general
C. Mueble consumible
D. Mueble fungible
E. Mueble por destinación
4. Juan en su finca construye una carretera para que la usen todos los habitantes de un territorio. La carretera será:
A. Un bien fiscal
B. Un bien baldío
C. Un bien privado
D. Un bien de uso público
E. Un bien vacante
5. Diego, le vende a Juana una finca ubicada en Jamundí, mediante escritura pública debidamente registrada sin que se exprese qué bienes se encuentran en la finca
En la finca existen los siguientes bienes: Una casa, materiales de demolición de otra casa, un tractor destinado de manera permanente y exclusiva a cultivo de la finca pero que las partes excluyen de la venta, un buey destinado solamente para arar la tierra de la finca, un carro de propiedad de diego, 500 árboles frutales, 100 maderos cortados y un loro. En dicha venta van comprendidos los siguientes bienes:
A. Casa, materiales demolidos, tractor, buey, carro, árboles frutales y loro
B. Casa, maderos cortados, tractor, buey, carro, árboles y loro
C. Casa, buey y árboles frutales
D. Casa, tractor, buey, carro y árboles frutales
E. Casa, tractor, buey, árboles frutales y loro
JUSTIFICACIÓN
5) Para mí es la respuesta ¨C¨ ya que si nos fijamos en el artículo 1886 del código civil colombiano nos expresa que en la venta de una finca se comprenden naturalmente todos los accesorios que, según los artículos 658 y siguientes, se reputan inmuebles, en el caso de este ejercicio en la finca los únicos inmuebles existentes son:
- La casa (es un inmueble por adhesión y por naturaleza, articulo 656 código civil) ya que es un bien que no se puede trasladar de un lado a otro.
- Los árboles (es un inmueble por adhesión y por naturaleza, artículo 656 código civil) estos bienes tienen raíces y por ende están completamente adheridos al suelo ya que estos bien por naturaleza hacen parte de la venta del bien inmueble incluso si ambas partes guardan silencio.
- El buey (es un inmueble por destinación, artículos 658) ya que cumple una función solamente para el beneficio de la finca, arar la tierra.
En la venta de un bien inmueble en este caso la finca, si este tiene más inmuebles por adhesión alrededor de él y ambas partes guardan silencio en la venta solo van comprendidos los bienes inmuebles, dado que en la venta no lo estipularon.
...