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Politica Criminologica

yozz8824 de Octubre de 2012

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1. POLÍTICA CRIMINOLÓGICA.

María de la Luz Lima, en su estudio sobre la Política Criminológica, la concibe como un instrumento de cambio social que busca romper la incomunicación que existe entre los planificadores de diversas actividades y sectores, buscando dirigir todo hacia una sola resultante: la Justicia Social.

Esta forma de concebir la Política Criminológica (también llamada Política Criminal) supera en mucho la idea que se tenía en la primera mitad de siglo, en que se reducía a un simple legislar adecuado.

Actualmente la Política Criminológica busca, con gran ambición, enfrentarse a la crisis de la justicia, replanteando estrategias de desarrollo social, mediante la elaboración sistemática de un plan de desarrollo integral, basado en informes sociales previos, proporcionando las rutas sociales adecuadas a los requerimientos de desarrollo nacional.

Hay quien piensa que fue en realidad Beccaria, con su “Dei Delitti e Delle Pene” quien hace un primer tratado de Política Criminológica. En cuanto al primero en emplear el término de “Política Criminal” la solución es controvertida, aunque parece que, cronológicamente se debe a Kleinsrod, en el prólogo de su obra fechado en 1793. Más tarde lo utilizarían Feuerbach y Henke, siendo de uso general a partir del congreso internacional de Derecho comparado, celebrado en París en 1900.

Esta ciencia tiene como objeto de estudio los medios de prevención de las conductas antisociales, medios que le son propuestos por el resto de la enciclopedia de las Ciencias Penales.

Para Manzini es la doctrina de la posibilidad política (la realidad alcanzable), con relación al fin de la prevención y de la represión de la delincuencia.

Para Belloni, que la denomina Política Anti criminal, es la “teoría del arte de las providencias políticas para la defensa indirecta del progreso social contra la criminalidad.

En los años 1974 – 76 se fue ampliando el contenido de la Política Criminológica, tomando en consideración todo el marco socio-económico y político que le rodea.

Así nacen definiciones como la de Versele, extraordinario criminólogo belga, que afirma que la Política Criminológica es una estrategia global, una protección general del hombre en la colectividad, ya que, “si se quiere verdaderamente realizar las reformas sociales que son indispensables para una política racional de lucha contra la criminalidad o el desvío negativo, es necesario hacerlo dentro de las estructuras económicas y políticas.

En lo que refiere al adjetivo “criminal”, éste se utiliza como sinónimo de criminoso. Por lo que autores como Gramatica y Belloni prefieren usar el término anti criminal, al igual que Picca.

Esto es, el término criminal, ha sufrido cambios bruscos en nuestro tiempo, en virtud del desarrollo científica y técnico. Hoy por hoy son utilizados los términos de “Desviación” y de “Patología Social” ya que, como afirma Francisco Canestri, hay una nueva gama de hechos como los accidentes de tránsito, el abuso de las drogas, la polución toxica, etc., “que obliga al estado a no circunscribir al concepto de criminalidad en su acepción clásica: y realizar una lucha efectiva contra estos males en forma de estrategia global”.

Así hemos afirmado que el crimen es una amenaza para la salud pública; y por crimen no entendemos única y exclusivamente a aquellos hechos tipificados en un Código Penal, sino en el sentido más amplio, en su sentido de conducta antisocial. Es así que los hechos que alteran la paz la seguridad y la salud públicas, deben estudiarse como una expresión de Patología Social.

Entendiendo el crimen en esta amplia acepción, la política que ha de seguirse es anti-criminal y no criminal, pues este término puede entenderse como adjetivo, confundiendo entonces la política Criminal (es decir anti social, patológica, dañina) con la Política Criminológica, que toma los conocimientos de la síntesis lograda por la Criminología para aplicar medidas concretas en la lucha anticrimen. Estas medidas pueden ser jurídicas, pero no necesariamente.

Por razones anteriores, usaremos el termino de Criminológica” en lugar de “Criminal” (que a demás puede confundirse con uno de los niveles de interpretación).

2. CRIMINOLOGÍA Y POLÍTICA CRIMINAL

A diferencia de la dogmática penal, la criminología se ocupa del estudio del delito en sus diferentes formas de aparición, investigando sus causas, su significación en la vida de la sociedad y del individuo; estudia, asimismo, la personalidad del delincuente, sus características físicas y psíquicas, su desarrollo y sus posibilidades de tratamiento. Para alcanzar sus objetivos, recurre a los diversos métodos que ofrecen las ciencias naturales y sociales.

Entendida de este modo de criminología, se comprende con gran facilidad la importancia de las relaciones que tiene esta disciplina causal-explicativa con la política criminal y el derecho penal; e igualmente, los innumerables elementos que les proporciona. Una adecuada lucha contra la delincuencia es imposible sin un conocimiento de la realidad criminógena. Así, pues estas tres disciplinas se relacionan y complementan recíprocamente.

Frente a las transformaciones indiscutibles de la sociedad moderna, el autor frances Marc Ancel dice: "el problema esencial es de lograr la elaboración de un sistema de derecho penal que no sea anacrónico, que tenga en cuenta la realidad humana y social y que se esfuercen en hacer esto con el máximo de lucidez y eficacia".

Indica que la ciencia criminal moderna se compone de tres dominios esenciales: la criminología, que estudia en todos sus aspectos al fenómeno delito; el derecho penal, que consiste en la aplicación y explicación de las normas positivas con las que la sociedad reacciona ante dicho fenómeno; y, por último, la política criminal, arte y ciencia al mismo tiempo, cuyo objeto práctico es, en definitiva, el permitir una mejor elaboración de las reglas positivas, y de orientar al legislador que las redacta, al juez que las aplica, y a la Administración penitenciaria que hace efectiva la decisión judicial.

3. OBJETIVOS

3.1.1 OBJETIVO GENERAL DE LA POLÍTICA CRIMINAL

Es la ciencia que se encarga del estudio del delito como conducta humana y social, de investigar las causas de la delincuencia, de la prevención del delito y del tratamiento del delincuente". E indican de manera sobresaliente, que: "Los campos de la acción de la Criminología, están consideradas en tres ramas:

a. En la administración de la justicia

b. En el campo penitenciario

c. En la prevención del delito

Expresan también, que: "es de suma importancia el que estas tres áreas tengan especialistas que deseen conocer los factores de personalidad criminal, con el fin de que se logre impartir la justicia de forma más adecuada, justa e individualizada, así como también, se dé terapia idónea al infractor, y lo que vendría a ser el éxito de todo estudio criminológico, el prevenir que se den o repitan determinadas conductas consideradas como criminales.

3.1.2 EL OBJETIVO PRINCIPAL DE LA POLÍTICA CRIMINAL ES LA PREVENCIÓN DEL DELITO

La ciencia que estudia la política criminal y la prevención del delito es la criminología. Esta ciencia abarca y supera el estudio del derecho penal, el derecho procesal- penal y el penitenciario. Ello no implica, en modo alguno, que la criminología pueda prescindir, en sus análisis, de los limites desimpuesto a la acción del Estado por los principios garantizadores de los derechos humanos, si no que los debe tener siempre en cuenta (como cualquier disciplina social) con relación a todo lo que implique acciones de intervención del Estado sobre los individuos.

Los estudios que resalían la criminología son denominados estudios políticos criminales o preventivos y en general son llamados estudios criminológicos.

Consideramos a la criminología como una ciencia enmarcada dentro del contexto de lo sociológico y no dependiente por lo tanto, de ninguna disciplina normativa aunque la problemática criminológica ataña la mayoría de las veces a hechos o situaciones definidas como delito por la ley penal.

4. CARACTERÍSTICAS DE LA POLÍTICA CRIMINAL

4.1.1. UNA POLÍTICA CRIMINAL EN CUANTO TIENE QUE PARTIR DEL MUNDO REAL

Una política criminal en cuanto tiene que partir del mundo real y por tanto utilizando metodología y técnicas propias al estudio de los fenómenos sociales, necesariamente tendrán que llegar a la conclusión que el principio de igualdad en que se funda el Estado no es una realidad, sino sólo un programa. Esto es, que hay discriminación, que se da una desigualdad distribución de la criminalización, del poder de definir lo criminal, por tanto no solo de bienes e ingresos.

Luego, un primer aspecto a considerar es la necesidad de redistribuir el poder de criminalización, de modo entonces de ir descendiendo las cuotas de discriminación. A su vez ello significa que tal redistribución ha de abarcar todo el sistema criminal, las leyes, la policía, el proceso, etc.

4.1.2. POLÍTICA CRIMINAL QUE TIENE COMO FUNDAMENTO LA LIBERTAD

No puede partir desconociéndola y convirtiendo a las personas en meros instrumentos o sujetos a tutela. De ahí que el punto de partida no puede ser una separación entre buenos y malos, entre determinados al crimen y otros que no, sino de una relación libre de las personas con el sistema. Desde esta perspectiva lo fundamental es la relación entre la persona y el Estado, en el sentido que el

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