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TEORIAS CRIMINOLOGICAS Y POLITICA CRIMINAL


Enviado por   •  22 de Marzo de 2013  •  Tesis  •  1.891 Palabras (8 Páginas)  •  937 Visitas

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TEORIAS CRIMINOLOGICAS Y POLITICA CRIMINAL

Lic. Carlos Roberto Arévalo

TEMARIO

1.- Historia del Pensamiento Criminológico

2.- Moderna Criminológica Científica y los diversos modelos teóricos

3.- Evolución del Estado y de la Política Criminal

4.- Política Criminal, Criminología y Sistema Penal

15 de Marzo del 2013

HISTORIA DEL PENSAMIENTO CRIMINOLOGICO.

Desde el siglo XIX, XX y XXI, existía el debate sobre la criminología determinándose que se debería tratar como una ciencia autónoma o sus estudio se debería llevar de forma individual.

CESAR LOMBROSSO

El hombre delincuente. La mujer delincuente, la prostitua y la mujer normal, obras que junto con Garofalo formaron la escuela positiva italiana. Lombrosso es el fundador de la antropología criminal (daba auge a las teorías naturalistas, hace una analogía entre delincuencia y locura, pensaba que para entender la delincuencia había que estudiar al delincuente). Para estudiar su teoría, analizo delincuentes encarcelados; y manifiesta que el delincuente tiene un desarrollo embrionario incompleto.

Hablo del atavismo, diciendo que las características físicas del delincuente responden a estados primitivos de la evolución humana.

TIPOLOGÍA DE LOS DELINCUENTES:

 Delincuente Nato.- Son la mayoría y tiene un patrimonio genérico. Desde que nace.

 Delincuente Loco o Alienado.- Denominado también loco moral o perverso constitucional

 Delincuente por hábito o profesional.

 Delincuente ocasional o primario.- Habla poco sobre la influencia de los factores y el medio.

 Delincuente por pasión.- Es un individuo sanguíneo (impulsivo) y nervioso. Baja tolerancia a la frustración.

Mujer delincuente.- Tiene un lugar inferior, ellas no sienten pena y son insensibles hacia los demás, carecen de refinamiento moral, estos efectos se neutralizan por la piedad, maternidad y necesidad de pasión. Las mujeres delincuentes parecen hombres. Para Lombrosso todos los criminales natos y locos son vagabundos locos y asesinos.

ENRICO FERRI. (1856-1929)

Jurista y sociólogo, político socialista, pero en sus últimos años, afín al fascismo italiano.

Obras: Sociología Criminal y Principios del derecho Criminal.

Características de las Teorías:

Reducción del Derecho a la sociología.- No hay derecho, todo es parte de la sociología.

Necesidades de encontrar leyes generales sobre la criminalidad.

Rechaza discusión entre libre albedrío y determinismo. Determina que el delincuente no es normal y quita la teoría del libre albedrío

Los individuos son siempre responsables ante la sociedad.

La pena se aplica solamente en razón de la peligrosidad del delincuente.

RAFAEL GAROFALO (1851-1934)

Juez y Procurador del reino y fue fiscal General. Dice que la peligrosidad es la capacidad criminal y probabilidad de implementarla o la peligrosidad probable (1878). Dos años después añade otro concepto, el del adaptabilidad y lo define como el obstáculo interno capaz de frenar la peligrosidad, el grado o posibilidad de adaptación social del delincuente.

Para Garofalo los criminales, poseen una anomalía moral y psíquica, una especie de lesión ótica, luego entonces son los que cometen algún delito, la sociedad se defiende contra sus enemigos naturales, por tanto la ciencia penal es la defensa contra los enemigos naturales de la sociedad. Niega la posibilidad de usar el libre albedrío en la ciencia penal.

La sociedad es un organismo determinado a defenderse de sus células cancerosas eliminándolas o reeducándolas cuando esto último no es posible hay qye matarlos

“Derecho penal del enemigo, hay delincuentes que no se pueden remediar entonces hay que exterminarlos”

Garofalo no admite la reclusión perpetua y lo reemplaza por la pena de muerte

Mediante una matanza en el campo de batalla la nación se defiende contra sus enemigos exteriores, mediante una ejecución capital de sus enemigos interiores

FRANK VON LIST. (Viena 1981) Habla de la ciencia total del derecho penal, habla del derecho penal como dogmatica y habla del estudio de las causas reales del delito, Habla del estudio de las causas reales del delito y los efectos de las penas como resultado de esto, surge un sistema científico de política criminal visible en la vida social organizada por el estado.

El fin del derecho penal deber ser la política criminal.

La política criminal son orientaciones o directrices que rigen la actuación de una entidad en el campo determinado de perseguir y castigar a aquellas personas que han cometido un delito así como la protección de la sociedad.

Es el conjunto de medidas elaboradas para reprimir y prevenir la criminalidad

Siempre se trata de la protección de la sociedad

Para Von List, El derecho penal no protege a la comunidad sino al individuo rebelado contra ello, para list la pena es necesaria para conservar el orden jurídico, rechaza la concepción atributiva y es favorable de a la penalidad preventiva especial de la pena.

La finalidad de la pena lo es la prevención especial y una general y la general quiere decir que es una forma de decirle a la comunidad q si se comete un delito se va a castigar y la especial se refiere a q al momento de q una persona compurgo la pena se le castigo

Para von list la norma permite la normal motivación, (prevención general). El inimputable que los divide en dos: Enfermos mentales o incorregibles no puede motivarse normalmente, no puede ser motivado por la pena a él se le tienen

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