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Primer Parcial


Enviado por   •  20 de Marzo de 2014  •  2.357 Palabras (10 Páginas)  •  176 Visitas

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Primer Parcial de Derecho Penal

Diferentes nombres por los que es conocido el Derecho Penal

Derecho Criminal (se usa en Alemania indistintamente)

Derecho Represivo

Derecho Protector de los criminales

Código de Defensa Social (México y Cuba)

Problemas con el nombre Derecho Criminal

No puede llamarse así porque no todo acto penalizado es un crimen, y la materia no solo se ocupa de los crímenes. También se ocupa de las infracciones, delitos.

Definición de las Infracciones según el diccionario de la RAE

- Infracción: Trasgresión, quebrantamiento de una ley, pacto o tratado, o de una norma moral, lógica o doctrinal.

- Contravención: Obrar en contra de lo que está mandado.

- Delito: Acción u omisión voluntaria o imprudente penada por la ley.

- Crimen: delito grave.

Como podemos ver, un diccionario nos da definiciones similares para las cuatro palabras. Por eso hay que proceder al Código Penal para poder establecer una diferencia entre ellas.

Tipos de Infracciones

Artículo 1 del Código Penal:

- Contravención: las leyes castigan con penas de policía

- Delito: las leyes castigan con penas correccionales

- Crimen: las leyes castigan con una pena aflictiva o infamante.

*En el sentido amplio de la palabra la palabra delito es sinónimo de infracción.

Cuerpo del delito

Ejemplo: arma de fuego con la que se comete un crimen, cuchillo que se le incauta a alguien.

Sentidos de la palabra delito

Sentido estricto: se usa para diferenciarlo de la contravención por la intención.

El delito y el crimen son intencionales mientras que la contravención no es intencional.

Sentido más estricto: diferenciarlo del crimen y la contravención por la pena impuesta.

Tipos de pena

Pena de policía: arresto de 1 a 5 días y multa de 1 a 5 pesos.

Pena correccional: destierro, multa y pena privativa de libertad, confinamiento, prisión correccional (de 6 días a 2 años).

Pena aflictiva o infamante: penas privativas de libertad: 1) reclusión menor (de 2 a 5 años), 2) detención (de 3 a 10 años), 3) reclusión mayor (clásica: de 3 a 20 años; 30 años).

20 años: sustituye la pena de muerte en los crímenes políticos.

30 años: sustituye la pena de muerte en crímenes comunes.

*Multa: pena pecuniaria

*Aflictiva: causa sufrimiento

*Infamante: el que la sufre pierde el honor

El nombre “Derecho Penal” no abarca completamente la materia ya que no solamente se imponen penas, también se aplican medidas de seguridad.

“En derecho penal cada persona responde por sus delitos, no como en derecho civil que hay casos en los que una persona responde por los actos de otra”.

Medidas de seguridad: aparecen más que las penas. Ejemplo 1: un loco que anda por la calle y un tribunal ordena su encierro para prevenir posibles sucesos. Ejemplo 2: orden de restricción.

Definiciones de Derecho Penal

Luís Jiménez de Asúa: “Conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del Estado, estableciendo el concepto del delito como presupuesto de la acción estatal, así como la responsabilidad del sujeto activo, y asociando a la infracción de la norma una pena finalista o una medida aseguradora”.

*Pena finalista: que la pena tenga un fin, un motivo; que debe ser la reforma del individuo.

Eugenio Raúl Zaffaroni

Legislación Penal

“Conjunto de leyes que traducen normas que pretenden tutelar los bienes jurídicos y que precisan el alcance de su tutela, cuya violación se llama delito, y aspira a que tenga como consecuencia una coerción jurídica particularmente grave, que procura evitar la comisión de nuevos delitos por parte del autor”.

Saber Jurídico

“Es la rama del saber jurídico que, mediante la interpretación de las leyes penales, propone a los jueces un sistema orientador de decisiones que contiene y reduce el poder punitivo, para impulsar el progreso del Estado constitucional de Derecho”.

*Las leyes buscan explicar la norma

*Lesividad: que se haya lesionado un bien jurídico

*Punir: castigar

Diferencia entre Derecho Disciplinario y Derecho Penal

El derecho disciplinario es el que aplican las instituciones y el Estado con el fin de mantener la ética y la honestidad entre sus miembros.

Diferencias:

- Objeto: el derecho penal persigue el mantenimiento del orden público, mientras que el derecho disciplinario busca el mantenimiento del orden al interior de una institución particular.

- Tipificación de infracciones: en el derecho disciplinario las faltas son generales y ambiguas, en cambio las infraccionas en derecho penal son definidas de una manera precisa, clara y objetiva.

- Naturaleza de la acción: la acción disciplinaria no es una acción técnica como lo es la acción penal la cual está sometida a una serie de requisitos, de plazos.

- Naturaleza de las penas: la sanción disciplinaria es mucho más benigna que la sanción penal.

*Amonestación: Hacer presente algo para que

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