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Proyecto de ley ensayo.

JACHCH1994_Práctica o problema13 de Diciembre de 2015

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OBJETIVO GENERAL

  • El presente trabajo tiene como objeto permitir conocer la estructura del proyecto del código orgánico,  del ambiente para poder debatir en clases

OBJETIVO ESPECÍFICO

  • Tener una breve idea de cuantos capítulos, títulos y secciones está compuesto el proyecto del código orgánico del ambiente
  • Poder identificar cuáles son las penas más graves en cuanto a daños al ambiente

INTRODUCCION

Para conocimiento y análisis se remite el proyecto de Código Orgánico Ambiental, presentado por el asambleísta Carlos Viteri (AP). El documento será calificado y remitido a la Comisión de Biodiversidad para su respectivo tratamiento.

Se compone de 297 artículos, 3 disposiciones generales, 9 transitorias, 10 derogatorias y 1 disposición final. Está dividido en cinco Libros, el primero de ellos sobre el Régimen Institucional; el Libro II es De los Gobiernos Autónomos Descentralizados; el Libro III sobre Calidad Ambiental; el Libro IV sobre Gestión Ambiental Integral Nacional de Sustancias Químicas; y el Libro V sobre el Manejo Sustentable de la Zona Marina y Costera.
 
El tratamiento de este Código en la Asamblea se proyectó desde inicios de este año.

Tiene por objeto regular el regimen institucional, patrimonio natural, calidad ambiental, cambio climatico, manejo sustentable de la zona marina y costera, régimen sancionador, el derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente sano y ecologicamente equilibrado, que garantice la sostentabilidad y el buen vivir, así como los derechos de la naturaleza

La normativa establece que el estado debera promover en los actores públicos y privados el uso de tecnologías ambientales y limpias y de energias alternativas no contaminantes y de bajo impacto, que minimicen los riesgos sobre el ambiente y los costos del tratamiento y disposicion de sus derechos, en el desarrollo de procesos de producción.

Tambien deben promover la implementación de mejores prácticas de producción y consumo con el fin de reducir la contaminación y optimizar el recurso natural

Prevée que quien promueva una actividad que pueda afectar el ambiente debe asumir los costos de prevenir o reducir al máximo sus impacto negativo y en caos de ocasionarlo será responsable de reparación integral del daño causado, incluyendo la restauración de los

ciclos vitales, estructura,funciones y procesos evolutivos del ambiente o la naturaleza, la indemnización a los directamente perjudicados adoptando medidas de compensación a las poblaciones afectadas y el pago de las sanciones economicas a que hubiere lugar.

El cuerpo legal esta estructurado por:

  • El libro I se refiere al régimen institucional
  • El libro II de los gobiernos autónomos descentralizados
  • El libro III sobre la calidad ambiental
  • El libro IV sobre gestión ambiental integral nacional de sustancias químicas
  • El libro V sobre el manejo sustentable de la zona marina y costera
  • El libro VI sobre el régimen sancionador
  • Disposiciones generales
  • Disposiciones Transitorias
  • Disposiciones Reformatorias
  • Disposiciones Derogativas
  • Disposición Final

DESARROLLO

En el libro preliminar tenemos CODIGO ORGÁNICO DEL AMBIENTE LIBRO PRELIMINAR

TÍTULO I OBJETO, AMBITO Y FINES

Articulo 1 Objeto.- El presente Código tiene por objeto regular el régimen institucional, Patrimonio Natural, calidad ambiental, cambio climático, manejo sustentable de la zona marina y costera, y régimen sancionador; el derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir Sumak Kawsay, así como los derechos del ambiente.

Artículo 2, Ámbito.- Las normas contenidas en este C6digo son de cumplimiento obligatorio para la administración pública del Estado Central y para todos los niveles de gobierno y regímenes especiales; para todas las personas naturales y jurídicas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos, que se encuentran permanente o temporalmente en el territorio nacional.

Artículo 3.- Fines.- Son fines de este Codigo los siguientes:

  1. Desarrollar garantías constitucionales y políticas públicas en materia ambiental, con el fin de lograr su efectiva aplicaci6n en todos los niveles de gobierno
  2. Establecer, a través del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental lineamientos, principios e instrumentos básicos para el ejercicio de la tutela estatal

Sobre el ambiente, tomando en consideraci6n la corresponsabilidad de la ciudadanía en su conservaci6n, manejo y uso sustentable

Regular los criterios y parámetros ambientales que promuevan un modelo sustentable de desarrollo, respetuoso de la diversidad cultural, en armonía con la naturaleza y orientado al Buen Vivir;

 Establecer los mecanismos e instrumentos que contribuyan a conservar el ambiente, los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país; prevenir el da60 ambiental y recuperar los espacios naturales degradados; y contribuir a la conservaci6n, manejo y uso sustentable de la biodiversidad y sus componentes y de los recursos naturales. Establecer medidas adecuadas y transversales para la mitigaci6n y adaptacj6n al cambio climático. Instituir al ministerio del ramo como Autoridad Ambiental Nacional v entidad rectora de la política ambiental.

TITULO II DE LOS DERECHOS, DEBERES, GARANTIAS, RESPONSABILIDADES, Y PRINCIPIOS

Contribuyen a garantiza el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constituci6n de la Republica y en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado ecuatoriano. De manera particular, las previsiones fundamentales para el cabal ejercicio del derecho de las personas, comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos a vivir en un ambiente sano, libre de contaminaci6n, ecológicamente equilibrado, en armonía con la naturaleza y orientado al Buen Vivir o Sumak Kawsay.

LIBRO PRIMERO REGIMEN INSTITUCIONAL TITULO I SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTION AMBIENTAL

Es el sistema que permite articular a las instituciones del Estado con competencia ambiental, mediante las directrices establecidas por la Autoridad Ambiental Nacional, como instancia de rectoría, planificaci6n, gesti6n y coordinación del mismo. Este sistema constituye el mecanismo de coordinaci6n, integracl6n y cooperaci6n entre los distintos ámbitos de gesti6n ambiental y manejo de recursos naturales.

Son atribuciones de la autoridad ambiental nacional

  • Ejercer la rectoría de patrimonio natural, calidad ambiental, cambio climático, 169imen marino costero y del r6gimen forestal de la República
  • Expedir las políticas públicas de obligatorio cumplimiento en los ámbitos en los que ejerce rectoría, las que deberán observarse y aplicarse en todos los niveles de gobierno
  • Emitir las autorizaciones administrativas en materia ambiental de acuerdo a las disposiciones establecidas en este Código,
  • Declarar áreas protegidas que formaran parte de los subsistemas estatal, aut6nomo descentralizado, comunitario o privado, y aprobar sus respectivos planes de manejo

TÍTULO II DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS DESCENTRALIZADOS

Artículo 18.- Gobiernos Aut6nomos Descentralizados.- En el marco del Sistema Nacional Descentralizado de Gesti6n Ambiental, los gobiernos aut6nomos descentralizados en todos sus niveles, ejercerán las competencias en materia ambiental asignadas de conformidad con la Constituci6n y la ley, de acuerdo a lo que establezca el Consejo Nacional de Competencias. Para efectos de acreditaci6n como autoridad ambiental de aplicaci6n responsable, seguirán el procedimiento que para tal efecto establezca la autoridad ambiental nacional.

Artículo 19.- Tasas. Las instituciones creadas de conformidad con este Codigo establece16n tasas por prestación de servicios cuantificables e inmediatos, en el 6mbito de sus competencias, de conformidad con la Disposici6n General Cuarta del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas

LIBRO SEGUNDO PATRIMONIO NATURAL - TITULO I BIODIVERSIDAD

Los objetivos del presente libro son

  • Conservar, manejar y usar sustentablemente la diversidad de ecosistemas, especies y genes, así como mantener los procesos ecológicos y sistemas vitales, de los que dependen la supervivencia y el bienestar de las especies y los humanos
  •  Prevenir  la contaminación y la degradación de ecosistemas terrestres, marinos, marino-costeros y acuáticos, mediante regulaciones y prácticas de conservación, manejo, rehabilitación y restauración de los ecosistemas degradados
  •  Regular el acceso a los recursos biológicos, gen6ticos y sus derivados, así como su manejo y uso sustentable
  •  Fomentar la participaci6n justa y equitativa en los beneficios que se deriven del manejo y uso de la biodiversidad; 5. Adoptar un enfoque integrado para la conservaci6n, manejo y uso sustentable de cuencas hidrográficas y recursos hídricos
  • Promover la educación, el intercambio de información, el desarrollo de la capacidad de gesti6n, la investigación científica y la transferencia tecnológica, referidos a la biodiversidad y el manejo y uso sostenible de sus componentes, impulsando la generación de bioconocimiento
  •  Contribuir el desarrollo socio económico del país en base al manejo y uso sustentable de los componentes de la biodiversidad afianzando programas, proyectos e iniciativas de biocomercio y otros
  • Promover la participación de comunidades, pueblos, nacionalidades, del sector privado y de la población en general en la conservación, uso y manejo de la biodiversidad
  • Promover los saberes ancestrales y conocimientos tradicionales de comunidades, pueblos y nacionalidades asociados a la biodiversidad 'l0.Promover la aplicaci6n de los principios y criterios que salvaguarden la soberanía y salud alimentaria asociada al patrimonio natural

ARTÍCULOS IMPORTANTES - PROTECCIÓN DE ESPECIES SILVESTRES

Articulo 45.- Obligaciones específicas de protección.- Son obligaciones específicas de la Autoridad Ambiental Nacional

  • Proteger las especies nativas de flora y fauna silvestre, con énfasis especial en las especies endémicas, amenazadas y migratorias, así como sus hábitats
  • Proteger hábitats, ecosistemas, áreas de importancia biológica para las especies de flora y fauna silvestre
  • Articular acciones interinstitucionales para manejo in situ de especies de fauna silvestre que se vean afectadas por actividades antropográficas
  •  Promover y autorizar las investigaciones que sobre vida silvestre se realicen dentro del territorio nacional. La regulación para la realizacj6n de estas investigaciones estará a cargo de la Agencia de Regulaci6n y Control del Ambiente.

Artículo 51.- Regulación de especies exóticas. La Agencia de Regulación y Control del Ambiente regulara la introducción y el manejo de especies exóticas al territorio nacional y al interior del mismo, en base a una evaluación de impacto ambiental realizado por la Autoridad Ambiental Nacional, que contemplara como criterios técnicos su potencial reproductivo y la adaptabilidad que las haga susceptibles de convertirse en especies invasoras. Se deberá precautelar la salud humana, el ambiente y la hibridación con estas especies; la producción agrícola y pérdida económica. La importación de especies tanto de flora como de fauna se lo hare conforme al principio de precaución. La Agencia de Regulación y Control del Ambiente desarrollara la normativa técnica pertinente para la importación de especies exóticas

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