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Reforma Universitaria En El Perú 2014


Enviado por   •  8 de Julio de 2014  •  2.768 Palabras (12 Páginas)  •  389 Visitas

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LEY UNIVERSITARIA

PUNTOS CLAVE DE LA NORMA

El Pleno del Congreso de la República aprobó hoy la nueva Ley Universitaria con 56 votos a favor, 46 en contra y 3 abstenciones. Esta iniciativa, promovida por el congresista Daniel Mora y que espera la promulgación del Poder Ejecutivo para entrar en vigencia (según ley son 15 días), plantea una reforma sustancial en el sistema educativo superior del país. Aquí te resumimos algunos puntos claves.

LA CREACIÓN DE LA SUNEU

A pedido del Ejecutivo, al proyecto de la ley universitaria se agregó la creación de la la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (Suneu). Esta entidad, adscrita al Ministerio de Educación, supervisará la calidad de la educación, fiscalizará el uso de los recursos de las universidades y será la encargada de aprobar o denegar sus licencias.

El Consejo Directivo de la Suneu estará conformado por el superintendente, un representante del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Concytec) y cinco miembros seleccionados mediante concurso público por un periodo de cinco años. Dos de ellos serán docentes de universidades público y uno de privada.

Respecto al superintendente, máxima autoridad ejecutiva de la Suneu, este será designado a propuesta del Ministerio de Educación por un periodo de tres años, que puede ser renovado.

Este organismo, cabe recordar, reemplazará instituciones como la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) y al Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (Conafu).

LICENCIAS PARA NUEVAS UNIVERSIDADES

Esta nueva ley establece como requisitos básicos para otorgar el licenciamiento de las universidades, en primer lugar, la existencia de objetivos académicos, grados y títulos a otorgar y planes de estudios.

Otro requisito es contar con infraestructura y equipamiento adecuados para el cumplimiento de sus funciones, como bibliotecas y laboratorios, entre otros. También se destaca que estos centros deberán desarrollar líneas de investigación. Asimismo, deben de tener los mecanismos de mediación e inserción laboral; es decir, una bolsa de trabajo.

TESIS OBLIGATORIA

En este punto el proyecto señala que para otorgar al grado de bachiller, el alumno requiere "haber aprobado los estudios de pregrado, así como la aprobación de un trabajo de investigación y el conocimiento de un idioma extranjero, de preferencia el inglés". Es decir, se elimina el bachiller automático.

Respecto al título profesional, se establece que "se requiere el grado de bachiller y la aprobación de una tesis o trabajo de suficiencia profesional. Las universidades acreditadas pueden establecer modalidades adicionales a estas últimas".

En el caso de grado de maestro, los requisitos son el grado de bachiller, la elaboración de una tesis o trabajo de investigación, haber aprobado los estudios de una duración mínima de dos semestres académicos y el dominio de un idioma extranjero.

Sobre el título de doctor, se debe contar con el grado de maestro, la aprobación de los estudios respectivos con una duración mínima de seis semestres académicos y "una tesis de máxima rigurosidad académica y de carácter original, así como el dominio de dos idiomas extranjeros".

REQUISITOS PARA LA DOCENCIA

La ley aprobada hoy por el Pleno propone que los docentes universitarios, para ejercer su función, deberán contar con los siguientes requisitos: grado de maestro para la formación en nivel de pregrado, grado de maestro o doctor para maestrías y programas de especialización, y el grado de doctor para ejercer la docencia a nivel de doctorado.

El documento añade que "el periodo de nombramiento de los profesores ordinarios es de tres años para los profesores auxiliares, cinco para los asociados y siete para los principales. Al vencimiento de dicho periodo, los profesores son ratificados, promovidos o separados de la docencia".

OPINIONES A FAVOR Y EN CONTRA DE LA LEY

2) Ministro Saavedra: Abriremos el diálogo para el reglamento

¿Hace suyo el texto sustitutorio de la nueva ley universitaria?

El texto ha sido producto de un trabajo conjunto con el equipo del congresista Daniel Mora. Lo que se ha aprobado es la acumulación del dictamen que provenía de la Comisión de Educación junto con el proyecto del Poder Ejecutivo presentado hace seis semanas.

¿La creación de esta superintendencia adscrita a su ministerio permite al gobierno manejar las universidades?

No hay ningún riesgo de violación de la autonomía universitaria. Lo que se ha aprobado es un consejo directivo en esta superintendencia, en donde hay dos integrantes del Poder Ejecutivo y 5 miembros nombrados por concurso público, que son docentes universitarios con altos requisitos. Y se ha establecido que su renovación sea escalonada, de tal manera que ningún gobierno pueda renovar a todos de manera simultánea, sino cada dos años. De esta manera se reduce la posibilidad de que haya algún tipo de captura o de control, sea de parte del gobierno de turno o de las universidades mismas, que es lo que hemos tenido hasta este momento.

¿Pero acaso el superintendente no tendrá poderes amplios para cercenar la libertad de cátedra universitaria?

Eso sería posible si el superintendente viola la ley. Pero el superintendente ejecuta una política y la política la define el Poder Ejecutivo. El superintendente toma sus decisiones siendo parte de un colegiado. Es un voto más de siete votos.

¿Era necesario que el superintendente esté adscrito al Ministerio de Educación?

Todo organismo supervisor tiene que estar adscrito a alguna entidad del Ejecutivo. Lo lógico era que esté adscrito al Ministerio de Educación porque tiene el mandato de definir la política nacional de educación.

¿Se reglamentará el funcionamiento de la superintendencia?

Hay un plazo de 90 días para el reglamento. En estos 90 días y luego en el proceso de implementación es crítico contar con el apoyo, la opinión y el concurso de todos los actores, tanto del sector productivo, del gobierno, de las universidades y de la sociedad civil, que nos permitan crear una institucionalidad correcta.

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