Seguridad Ciudadana
carlostevez24 de Noviembre de 2014
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Seguridad
La seguridad es un estado en el cual los peligros y las condiciones que pueden provocar daños de tipo físico, psicológico o material son controlados para preservar la salud y el bienestar de los individuos y de la comunidad. Es una fuente indispensable de la vida cotidiana, que permite al individuo y a la comunidad realizar sus aspiraciones.
El alcance de un nivel de seguridad óptimo necesita que los individuos, las comunidades, gobiernos y otros interventores creen y mantengan las siguientes condiciones, y esto, sea cual sea el nivel de vida considerado:
• Un clima de cohesión y paz social, así como de equidad, que proteja los derechos y libertades tanto a nivel familiar, local, nacional como internacional.
• La prevención y el control de heridas y otras consecuencias o daños causados por los accidentes.
• El respeto a los valores y a la integridad física, material o psicológica de las personas.
• El acceso a medios eficaces de prevención, control y rehabilitación para asegurar la presencia de las tres primeras condiciones.
Estas condiciones puedes ser garantizadas a través de acciones sobre el medio ambiente (físico, social, psicológico, político y económico, organizacional, etc.) y los comportamientos.
Derivados de diferentes enfoques y definiciones podemos resumir que al concepto de Seguridad de la Nación se le adscriben los siguientes componentes y características:
• Es una condición política, económica, cultural, social, ambiental y militar.
• Se manifiesta como proceso continuo y perdurable.
• Tiene una dinámica propia.
• Nace con la organización del Estado.
• Se relaciona estrechamente con las categorías de soberanía e independencia de las Naciones.
• Tiene un carácter teleológico en función de los llamados objetivos nacionales.
• Se privilegia como concepto relacionado con la conservación y supervivencia de los Estados.
• Esta vinculado con el desarrollo de la nación.
Seguridad en el sentido psicosocial se puede considerar como un estado mental o perceptivo que produce en el individuo un sentimiento de que está fuera de peligro ante cualquier circunstancia; es decir, la percepción de que está alejado de eventos adversos que puedan afectarlo en su integridad física o emocional. En consecuencia, este estado genera en el ser humano, confianza y tranquilidad ante las posibles amenazas que puedan potencialmente afectar a las personas.
Seguridad Ciudadana
La seguridad ciudadana es la acción integrada que desarrolla el Estado, con la colaboración de la ciudadanía y de otras organizaciones de bien público, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la erradicación de la violencia, la utilización pacífica y ordenada de vías y de espacios públicos y, en general, evitar la comisión de delitos y faltas contra las personas y sus bienes.
En líneas generales, por seguridad ciudadana deben entenderse el conjunto de acciones democráticas en pro de la seguridad de los habitantes y de sus bienes, y ajustadas al derecho de cada país. De hecho, el reto actual es armonizar el ejercicio de los derechos humanos de cada uno con las distintas políticas en materia de seguridad ciudadana de los estados
Definición y contenido del concepto
Existen múltiples conceptos y nociones del término seguridad ciudadana y su contenido concreto puede variar considerablemente dependiendo del actor o autor que lo utilice. Por ejemplo, no hay un consenso si la seguridad ciudadana se refiere también a riesgos o amenazas no intencionadas (accidentes de tránsito, desastres naturales) o de tipo económico y social (fraudes, delitos ecológicos, corrupción política...). Un punto en que sí concuerdan la gran mayoría de autores es que el término referencia a dos niveles de la realidad:7
• Primero, se refiere a una condición de toda una comunidad de personas: a la ausencia de amenazas que pongan en peligro la seguridad colectiva. En ese sentido, el término tiene un significado normativo y evalúa una situación ideal.
• Segundo, se refiere a acciones concretas encaminadas a la eliminación de las amenazas de seguridad o hacia la protección de la población ante esas amenazas. En ese sentido, el término se refiere a prácticas existentes que buscan la idealidad de la norma.
Revisando la literatura sobre el tema se aprecian de manera general dos grandes esferas de conocimiento: la que se ocupa de los orígenes y consecuencias del fenómeno delincuencial, entendida como amenaza a los individuos, sus bienes y su estabilidad; y la relacionada con las fuerzas y estructuras que son las responsables de enfrentar dichas amenazas, como los sistemas policiacos, las fuerzas armadas y, más recientemente, modalidades diversas de seguridad ciudadana: comunitaria y privada.
Por ejemplo, la Organización de los Estados Americanos define la seguridad ciudadana como la inexistencia de violencia y delito, salvaguardada por el Estado:
La seguridad ciudadana es concebida por la Comisión como aquella situación donde las personas pueden vivir libres de las amenazas generadas por la violencia y el delito, a la vez que el Estado tiene las capacidades necesarias para garantizar y proteger los derechos humanos directamente comprometidos frente a las mismas. En la práctica, la seguridad ciudadana, desde un enfoque de los derechos humanos, es una condición donde las personas viven libres de la violencia practicada por actores estatales o no estatales.
Análisis del artículo 55 CRBV
Hace referencia de la obligación que el estado tiene de proteger a todos los ciudadanos que hagan vida dentro del territorio nacional, por medio de los órganos de seguridad que existen y son regulados mediante la ley.
La seguridad de la Nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado. El estado por medio de políticas de seguridad ciudadana está en la obligación de garantizar la protección de los ciudadanos con la intención de abonar los niveles de calidad de vida y desarrollo de la vida. Pero además del estado, la sociedad civil es corresponsable de la protección y seguridad de la nación. Esto con la intención de involucrar a la sociedad civil, de manera que cada ciudadano se sienta comprometido con los programas de seguridad propuestos con el estado, y aporte, desde su lugar ideas que permitan subsanar circunstancias que afecten la seguridad del país.
El estado tiene el deber de utilizar los órganos de seguridad, siempre apegados a los siguientes principios constitucionales:
1. Necesidad: Es verse obligado a hacer debidos a un llamado a salvaguardar a la ciudadanía.
2. Conveniencia: Es la obligación que tienen los órganos de seguridad de evaluar la obligación de hacer o actuar. Es el llamado que se tiene a ser prudente.
3. Oportunidad: Es la obligación de actuar cuando sea el momento propicio y no antes o después. Hace referencia a tener la pertinencia necesaria.
4. Proporcionalidad: Es la obligación de no hacer más de lo debido. De medir la fuerza y aplicarla a lo que sea estrictamente necesario.
Órganos de la Seguridad Ciudadana
De los Principios de Seguridad de la Nación
Artículo 326. La seguridad de la Nación se fundamenta en la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil para dar cumplimiento a los principios de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad, promoción y conservación ambiental y afirmación de los derechos humanos, así como en la satisfacción progresiva de las necesidades individuales y colectivas de los venezolanos y venezolanas, sobre las bases de un desarrollo sustentable y productivo de plena cobertura para la comunidad nacional. El principio de la corresponsabilidad se ejerce sobre los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar.
Artículo 327. La atención de las fronteras es prioritaria en el cumplimiento y aplicación de los principios de seguridad de la Nación. A tal efecto, se establece una franja de seguridad de fronteras cuya amplitud, regímenes especiales en lo económico y social, poblamiento y utilización serán regulados por la ley, protegiendo de manera expresa los parques nacionales, el hábitat de los pueblos indígenas allí asentados y demás áreas bajo régimen de administración especial.
De la Fuerza Armada Nacional
Artículo 328. La Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo con esta Constitución y con la ley. En el cumplimiento de sus funciones, está al servicio exclusivo de la Nación y en ningún caso al de persona o parcialidad política alguna. Sus pilares fundamentales son la disciplina, la obediencia y la subordinación. La Fuerza Armada Nacional está integrada por el Ejército, la Armada, la Aviación y la Guardia Nacional, que funcionan de manera integral dentro del marco de su competencia para el cumplimiento de su misión, con un régimen de seguridad social integral propio, según lo establezca su respectiva ley orgánica.
Artículo 329. El Ejército, la Armada y la Aviación tienen como responsabilidad esencial la planificación, ejecución y control de las operaciones militares requeridas para asegurar la defensa de la Nación. La Guardia
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