TITULARIDAD DE DERECHOS HUMANOS POR PERSONAS MORALES A PARTIR DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL DEL 2011
robertorubiorTesina10 de Julio de 2016
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TITULARIDAD DE DERECHOS HUMANOS POR PERSONAS MORALES A PARTIR DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL DEL 2011
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Gustavo Alejandro Vaca Avalos 1°C
Metodología Jurídica
Mtra. Rosa María Ávila Fernández
Escuela Libre de Derecho
TITULARIDAD DE DERECHOS HUMANOS POR PERSONAS MORALES A PARTIR DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL DEL 2011
INTRODUCCION ------------------------------------------------------------------------------------1
- ANTECEDENTES ----------------------------------------------------------------------3
- Nacionales ---------------------------------------------------------------------------3
- Ley de las Indias ----------------------------------------------------------3
- Constitución de Cádiz ----------------------------------------------------4
- Constitución de Apatzingán --------------------------------------------4
- Constitución de 1824 -----------------------------------------------------5
- Acta de Reformas ---------------------------------------------------------5
- Constitución de 1857 -----------------------------------------------------6
- Constitución de 1917 -----------------------------------------------------6
- Internacionales ---------------------------------------------------------------------7
- Declaración Francesa de los derechos del hombre y del ciudadano. ------------------------------------------------------------------------7
- Carta Magna ---------------------------------------------------------------7
- Convención Europea ----------------------------------------------------7
- Declaración Americana de los derechos y deberes del hombre ----------------------------------------------------------------------8
- Declaración Universal de los Derechos Humanos --------------8
- Declaración de Virginia --------------------------------------------------8
- GARANTIAS INDIVIDUALES Y DERECHOS HUMANOS -----------------9
- Garantías individuales -----------------------------------------------------------9
- Garantías a la libertad física -------------------------------------------9
- Garantías a la libertad de acción ------------------------------------10
- Garantías a la libertad ideológica -----------------------------------10
- Garantías a la libertad económica ----------------------------------11
- Derechos Humanos -------------------------------------------------------------11
- Diferencia entre el termino garantías individuales y derechos humanos ----------------------------------------------------------------------------12
- Reforma Constitucional del 2011 --------------------------------------------12
- PERSONAS ----------------------------------------------------------------------------13
- Personas Físicas -----------------------------------------------------------------13
- Persona física en roma ------------------------------------------------13
- Personalidad jurídica de la persona física ------------------------14
- Persona Moral --------------------------------------------------------------------14
- Teoría de la ficción de Savigny -----------------------------15
- Teoría de Ferrara -----------------------------------------------16
- Teoría del Patrimonio Afectación ---------------------------17
- Atributos de la persona ---------------------------------------------------------18
- Diferencia entre los atributos de persona física y moral ---------------19
- JUICIO DE AMPARO COMO DEFENSA DE DERECHOS HUMANOS Y SU APLICACIÓN A PERSONAS MORALES --------------20
- Jurisprudencia sobre titularidad de Derechos Humanos por personas morales ---------------------------------------------------------- 22
- APORTACIÓN -------------------------------------------------------------------------23
CONCLUSIONES ----------------------------------------------------------------------------------25
BIBLIOGRAFIA -------------------------------------------------------------------------------------27
INTRODUCCIÓN
A lo largo de la historia, desde la época de la colonia hasta la actualidad, ha sido necesario el reconocimiento de ciertos derechos fundamentales de la persona para la protección de su dignidad humana frente al Estado.
Actualmente se cuenta con varios documentos a nivel internacional donde se enlistan estos derechos, como la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Convención Americana de Derechos Humanos, de igual forma en las Constituciones de varios países, entre ellos Mexico, se encuentran reconocidos derechos humanos, por un lado los que establece la Constitución y por otro lado todos los que se encuentren dentro de los tratados internacionales de los que forme parte el país.
Conforme ha ido evolucionando la sociedad, se ha hecho necesario establecer el termino de persona moral o persona jurídica, este se refiere a un ente colectivo reconocido por el Estado, conformado por personas físicas. Esto para que se le reconozcan todos los derechos que le sean necesarios para la consecución del objeto de su institución.
Existe una gran problemática en cuanto a si las personas morales deben gozar de los derechos humanos que reconoce la Constitución, ya que desde la reforma en materia de derechos humanos del 2011, el artículo 1° de la Constitución establece que “… todas las personas gozarán de los derechos humanos establecidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte…”. En esta nueva redacción no se menciona si estos derechos serán aplicables únicamente para personas físicas o si también se incluye a las personas morales. Se podría tomar el principio: ubi lex non distinguit, nec nos distinguere debemus[1], que se refiere a que si la ley no hace una distinción, nosotros tampoco debemos hacerla.
Esto querría decir que al redactar el artículo se pensó que, tanto las personas físicas como las personas morales deben gozar de los mismos derechos humanos.
Derivado de lo antes mencionado, considero que se debe hacer una clara distinción entre si estos derechos son aplicables para personas físicas y morales, y si es así, aclarar las diferencias entre los derechos que les aplican y la forma de ejercitarlos.
I. ANTECEDENTES
- Nacionales
Una constitución se entiende como la ley fundamental de cada sociedad y la base del orden jurídico de ella, en esta se determinan cosas como: la forma del Estado, atribuciones y límites del poder público y derechos y deberes para las personas que conforman la sociedad.
Mexico ha tenido varias Constituciones a lo largo de su historia, en cada una de ellas, de una forma distinta atendiendo a un momento y a una situación diferente, se fueron reconociendo algunos derechos fundamentales para proteger a la población de abusos cometidos por el Estado, ya sea por españoles durante la conquista o por los mismos mexicanos que se encuentren en el poder.
- Ley de las Indias
La Ley de las Indias surge como una forma de evitar los abusos cometidos por los españoles hacia los indígenas. Estas son emitidas en una forma desordenada y en diferentes momentos. En 1681 el rey Carlos II promulgó este contenido en un solo cuerpo legal que fue conocido como: Recopilación de las Leyes de los Reinos de las Indias.[2]
En este momento los derechos fundamentales del hombre no eran llamados derechos humanos, no tenían un nombre determinado, pero se les concedían algunos derechos a los indígenas que se podrían considerar derechos humanos de hoy en día, tales como: la regulación jurídica de la familia, el establecimiento de la condición jurídica de la mujer, el derecho de la propiedad, el derecho de sucesión y las obligaciones.
En este momento histórico eran muy pocos los derechos que poseían los indígenas, ya que con la conquista se les impuso el derecho español, respetando algunos derechos y costumbres propios de la cultura indígena, pero a pesar del respeto a estos derechos y a la Ley de Indias, los indígenas continuaban sufriendo múltiples violaciones hacia su dignidad, integridad física y cultura.
- Constitución de Cádiz
España se encontraba en crisis y tenía la necesidad de reorganizar al Estado completo, de esta forma el 24 de septiembre de 1810 se reunió la corte de Cádiz, integrada por 308 diputados. El 19 de marzo de 1812 es emitida esta Constitución con el nombre de Constitución Política de la Monarquía Española.
Algunos historiadores, como José Pablo Abreu consideran esta la primera Constitución mexicana ya que el Plan de Iguala y los Tratados de Córdoba hicieron de esta el estado de derecho de la patria emancipada. [3]
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