TRABAJO COLABORATIVO N. 2 - ADMON PUBLICA
berthalopez19 de Mayo de 2012
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INTRODUCCIÓN
A partir de las tres ramas del poder estatal comenzaremos a analizar la estructura fundamental del estado de su gobierno y de la forma para gobernar el país, así como también de sus funciones y de las distribuciones dentro del marco de desarrollo y evolución del estado.
Este análisis dando la importancia y relevancia en aspectos cotidianos y generales nacionales y locales que afectan significativamente toda la toma de decisiones de los poderes del estado que encaminados a mejorar las condiciones de gobernabilidad para garantizar la equidad social en todos los niveles y además la importancia que radica estas tomas de decisiones en lo social, económico, político, cultural, etc. Interrelacionados para tener una mejor concepción de Estado.
Trataremos además de la dependencia regional de la estructura del Estado de la forma en que las regiones obtienen los recursos financieros con el fin de crear y generar desarrollo productivo para el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos.
Estudiaremos entonces las ramas del poder público de Colombia con sus funciones; haciendo un mayor énfasis en los órganos de control con los que cuenta el país y el desempeño que han tenido en los últimos años para que podamos determinar si están cumpliendo o no con las funciones asignadas o si en verdad estos estamentos son viables en el país.
La Constitución Nacional de 1.991 conservó las tres ramas del poder si bien recalcando la necesidad de que entre ellas se establezca una relación armónica; pero el constituyente fue más allá puesto que, aunque de forma tímida, reconoció que existen otras funciones del estado que han surgido de la dialéctica misma del sistema liberal como son los órganos de control y la función electoral, fue así como las reconoció expresamente, sin darles la categoría de ramas del poder pero sí otorgándoles categoría constitucional al dotar al Ministerio Público, a la Contraloría General de la Nación y a la Organización Electoral de una autonomía suficiente para surgir a la vida pública como entes independientes de las tradicionales ramas del poder.
Como nuestra constitución nacional lo estable en su artículo primero "Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundamentada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general”
Éste se encuentra integrado por un territorio, un pueblo soberano y un gobierno. Dentro de las entidades que componen el estado podemos señalar:
En el Sector Central:
La Presidencia de la República
La Vicepresidencia de la República
Los Consejos Superiores de la administración
Los ministerios y departamentos administrativos
Las superintendencias y unidades administrativas especiales sin personería jurídica.
Sector descentralizado por servicios:
Los establecimientos públicos
Las empresas industriales y comerciales del Estado
Las superintendencias y las unidades administrativas especiales con personería jurídica
Las empresas sociales del Estado
Las empresas oficiales de servicios públicos domiciliarios
Los institutos científicos y tecnológicos
Las sociedades públicas y las sociedades de economía mixta
Entidades Y Organismos Estatales Sujetos A Regimen Especial
El Banco de la República
Los entes universitarios autónomos
Las corporaciones autónomas regionales
La Comisión Nacional de Televisión
La Comisión Nacional del Servicio Civil
ORGANISMOS INDEPENDIENTES Y AUTÓNOMOS
En la estructura del Estado aparecen autoridades u organismos autónomos e independientes, unos de ellos de creación constitucional y otros, simplemente autónomos, de creación legal, sin pretender afirmar que sea una innovación que ha querido imponer el ordenamiento jurídico colombiano, especialmente a partir de la Constitución Política de 1991, frente a las existentes en los demás países continentales o de derecho anglosajón, puesto que si bien en el derecho comparado ellas no están inscritas positivamente en la Constitución, tienen igualmente su asidero constitucional. Los órganos de creación o tratamiento constitucional, gozan de una amplia autonomía e independencia que únicamente se ve limitada por la misma Carta Superior y, en tal virtud, son diferentes a los órganos de origen y tratamiento legal, toda vez que en este segundo caso, es el legislador quien los crea, define su misión, le atribuye sus funciones, define su estructura y, en fin, fija las reglas generales que deben seguir en el cumplimiento de sus fines como entidades estatales.
Las funciones del estado Colombiano están divididas en tres ramas del poder público las cuales son:
RAMA EJECUTIVA
La rama Ejecutiva es la que representa el gobierno. Está conformada a nivel nacional por el Presidente de la República, el Vicepresidente, los Ministros y los directores de departamentos administrativos. A nivel departamental está conformada por los Gobernadores y los secretarios de gabinete; y a nivel municipal o distrital por los Alcaldes y sus secretarios de gabinete.
El Presidente actúa como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa durante un periodo de cuatro años. Para llegar a ese cargo debe ser colombiano de nacimiento, ser ciudadano en ejercicio y tener más de treinta años al momento de la elección
Esta rama, a nivel regional y local, es respaldada en la toma de decisiones por los concejos municipales y comités departamentales.
FUNCIONES DEL PRESIDENTE COMO JEFE DE ESTADO:
- Representar al país internacionalmente
- Suscribir tratados con otros países
- Elegir los embajadores que representarán a Colombia en el exterior Funciones del Presidente como Jefe de Gobierno:
- Es el encargado de la conducción política del país tanto en el orden nacional como en el internacional.
FUNCIONES DEL PRESIDENTE COMO SUPREMA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA:
- Dictar la ley del Banco de la República
- Decidir el Plan nacional de desarrollo y de inversiones públicas Funciones del Vicepresidente
- Reemplazar al Presidente durante ausencias temporales o definitivas
- Encargarse de tareas especiales encomendadas por el Presidente (por ejemplo del tema de derechos humanos)
- Puede ser nombrado y trabajar en otros cargos públicos
- La condición de Vicepresidente es una dignidad y, por lo tanto, no recibe sueldo
- No puede ser Ministro delegatario (encargado del mando mientras el Presidente se encuentra ausente)
FUNCIONES DE LOS MINISTROS:
- Servir de voceros del Gobierno ante el Congreso
- Presentar proyectos de ley ante el Congreso
- Pueden tomar parte en los debates de la Cámara de Representantes
- Son los encargados de la administración interna de su respectiva entidad
FUNCIONES DE LOS DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS:
- Su función es técnica y administrativa
- No van a debates en la Cámara de Representantes
- No pueden ser citados por el Congreso
- No pueden presentar proyectos de ley
- Pueden ser citados a las comisiones del Congreso, siempre y cuando éstas no sean debates políticos, y tan sólo a presentar informes técnicos algunas de estas entidades son el DAMA, el DANE, el DAS.
RAMA LEGISLATIVA
La rama legislativa está conformada por el Congreso, el cual se divide en dos: el Senado de la República y la Cámara de Representantes; y por las Asambleas departamentales y los Concejos municipales.
Los miembros del Congreso son elegidos por medio del voto popular para periodos de cuatro años, y sus funciones esenciales son las de hacer las leyes, mantener el control político dentro de la nación y reformar la Constitución cuando sea necesario; sin embargo, tanto el Senado como la Cámara de Representantes tienen diferentes funciones y responsabilidades:
SENADO
El Senado es de circunscripción nacional; es decir, su elección se hace a nivel nacional.
Para que una persona pueda ser elegida como Senador ha de cumplir con ciertos requisitos, entre ellos ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y ser mayor de treinta años a la fecha de la elección. El Senado de la República está compuesto por ciento dos miembros (cien de circunscripción nacional y dos representantes indígenas). Los Senadores y representantes son elegidos para un periodo de cuatro años.
Los miembros de cuerpos colegiados de elección directa representan al pueblo y deberán actuar consultando la justicia y el bien común. El elegido es responsable políticamente ante la sociedad y frente a sus electores del cumplimiento de las obligaciones propias de su investidura.
Las funciones Generales de los Senadores son la de hacer las leyes, mantener el control político de la Nación y reformar la Constitución si es necesario.
El Senado es elegido y tiene circunscripción nacional.
FUNCIONES DEL SENADO
- Es el encargado de admitir la renuncia del Presidente y del Vicepresidente.
- Debe improbar o aprobar los ascensos militares conferidos por el Gobierno (altos rangos militares).
- Concede licencia temporal
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