Derecho Romano I
moy01825 de Septiembre de 2013
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INDICE
INTRODUCCIÓN.
• I. CONCEPTOS GENERALES.
• 1. Los Tres Preceptos de Derecho de Ulpiano.
• 2. Los Valores Jurídicos: Justicia, Jurisprudencia y Equidad.
• 3. Definición del “ius”.
• 4. Definición del Derecho Romano.
• 5. Fuentes del Derecho Romano.
II. EL ESTADO ACTUAL DE LA INVESTIGACIÓN ROMANÍSTICA Y LA INFLUENCIA DEL DERECHO ROMANO EN NUESTRO DERECHO POSITIVO.
• 1. El Estado Actual de la Investigación Romanística.
• 2. Influencia del Derecho Romano en Nuestro Derecho Positivo.
III. EL DERECHO DE LAS PERSONAS.
• 1. Concepto de Hombre y Persona.
• 2. Capacidad Jurídica.
• 3. Clasificación de las Personas.
• 4. Comienzo y Extinción de la Persona Física (Nacimiento y Muerte).
• 5. Evolución de la Persona Jurídica o Moral.
• 6. Las Corporaciones o Asociaciones.
• 7. Las Fundaciones.
• 8. Los Tres Requisitos para la Personalidad Física y las Tres “Capitis Diminutiones”.
• 9. La Infamia.
IV. LA ESCLAVITUD.
1. Concepto.
2. Sus Fuentes.
3. Sus Efectos.
4. Su Extinción.
5. Limitación a las Manumisiones.
6. Condición Jurídica del Liberto
V. LA CIUDADANÍA.
1. Los Ciudadanos y sus Prerrogativas.
2. Figuras Intermedias Entre la Plena Ciudadanía y la Plena Extranjería (Latinos y Peregrinos).
3. Adquisición y Pérdida de la Ciudadanía.
VI. LA FAMILIA.
1. Concepto de Familia.
2. Parentesco: “Agnatio” y “Cognatio”.
3. Clases y Grados de Parentesco.
4. El Poder del Paterfamilias: sus Diversas Facetas.
5. Fuentes de la Patria Potestad.
6. La Filiación.
7. La Evolución de la Adopción (“Adrogatio”).
8. “Legitimatio”.
9. Aspecto Patrimonial de la “Patria Potestas”. Los Peculios. Surgimiento de la Capacidad Patrimonial del Filiusfamilias.
10. Extinción de la Patria Potestad Referida a la Emancipación.
VII. PATRIMONIO.
1. Concepto de Patrimonio.
2. Clasificación de las Cosas (Bienes).
3. “Res Divini Iuris”.
4. “Res Humani Iuris”.
5. Derechos Reales y Personales.
6. Esquema de Derechos Reales.
VIII. PROPIEDAD.
1. Concepto.
2. La Copropiedad.
3. Extinción de la Propiedad.
4. Modos de Adquirir la Propiedad.
5. Modos Originarios de Adquirir la Propiedad.
IX. POSESIÓN.
1. Concepto.
2. Posesión y Propiedad.
3. Clases de Posesión.
4. Consecuencias Jurídicas de la Posesión.
5. Pérdida de la Posesión.
X. DERECHOS REALES SOBRE COSAS AJENAS.
1. “Iura In Re Aliena”. Esquema General.
2. Caracteres y Principios Generales de las Servidumbres.
3. Las Servidumbres Reales o Prediales. Caracteres, su División.
4. Constitución de las Servidumbres.
5. Extinción de las Servidumbres.
6. Servidumbres Personales.
7. El Usufructo.
8. Constitución y Extinción del Usufructo.
9. Otra Servidumbres Personales.
XI. LA SUPERFICIE.
1. Su Desarrollo.
2. Constitución, Extinción y Defensa Procesal de la Superficie.
XII. LA ENFITEUSIS.
1. Concepto.
2. Constitución y Extinción de la Enfiteusis.
XIII. LOS DERECHOS REALES DE GARANTÍA.
1. Concepto.
2. La “Fiducia Cum Creditore Contracta”.
3. El “Pignus”.
4. La Hipoteca.
5. Constitución de la Hipoteca.
6. Extinción de la Hipoteca.
XIV. IMPARTICIÓN DE JUSTICIA.
1. Nociones Acerca de los Tres Sistemas Procesales Civiles Romanos.
2. Desenvolvimiento del Proceso.
3. La “Iurisdictio” y el “Imperium”.
XV. OBLIGACIONES.
1. Definición.
2. Elementos de la Obligación.
3. División de las Obligaciones.
XVI. LOS CONTRATOS EN GENERAL.
1. Definición de Convenio y de Contrato.
2. Elementos Esenciales del Contrato.
XVII. LOS SUJETOS.
1. La Capacidad de las Partes.
XVIII. EL CONSENTIMIENTO.
1. Concepto.
XIX. EL OBJETO.
1. Concepto.
2. Requisitos del Objeto de las Obligaciones.
XX. LA CAUSA.
1. Concepto.
2. La Simulación.
XXI. LA FORMA.
1. Concepto.
XXII. EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES.
1. Ideas Generales.
XXIII. CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS.
1. Por su Perfeccionamiento.
2. Por la Manera de Interpretarlos.
3. Por sus Efectos sobre las Partes.
4. Contratos Nominados y Contratos Innominados.
XXIV. SUCESIONES.
1. Concepto.
2. La Sucesión “Ab Intestato”.
3. Los Parientes Excluidos.
4. La Sucesión Testamentaria.
5. La Capacidad del Heredero.
6. Nulidad de los Testamentos.
7. Los Coherederos
8. Los Legados.
9. Invalidez de los Legados.
10. El Fideicomiso.
INTRODUCCIÓN.
El Derecho Romano, es una materia fundamental para la formación del jurista moderno, ya que trae las sabias enseñanzas del Derecho de la Roma clásica; es el Derecho que fundamenta la legislación civil de gran parte de Europa y todo América Latina.
Este Derecho aunque ya no se encuentra vigente, se sigue invocando en los tribunales, sobre todo cuando el Derecho Positivo tiene lagunas y cuando se requiere reforzar el articulado del Código Civil con las doctrinas de Ulpiano, Paulo, Modestino y demás jurisconsultos, para que nos sea dictada sentencia favorable.
Los romanos elaboraron su derecho con gran sencillez, resolviendo los problemas que se les presentaban, con la mayor simplicidad, no generalizaron ni intentaron formular teorías generales o hipótesis, rehuían a las definiciones, aunque en algunos casos las hayan hecho y con gran concisión.
Por su duración y extensión, el Derecho Romano recoge y refleja en su evolución grandes y profundas crisis que han cambiado el curso de la historia antigua, el Derecho Romano es la conciencia del Derecho.
El estudio del Derecho Romano es importante por ser antecedente de nuestro Derecho Civil. Su estudio acostumbra a la mente a ir adquiriendo un sentido jurídico que nos ayudará a resolver los problemas que posteriormente se nos presenten en la vida profesional.
El Derecho Romano estructura a todo el Derecho Civil hispano-americano y a gran parte del europeo.
I. CONCEPTOS GENERALES.
1. Los Tres Preceptos de Derecho de Ulpiano.
Los principios de esta corriente filosófica. fueron los que informaron el texto célebre de Ulpiano, que dice “Iuris preacepta sunt haec: honeste vivere, alterum non laedere, suum cuique tribuere” - los preceptos del derecho son estos:
• a) Vivir honestamente;
• b) No dañar al otro;
• c) Dar a cada uno lo suyo.
Se consideran jurídicos estos tres preceptos y que el Derecho contiene los tres preceptos citados del texto de Ulpiano, ya que las leyes sirven para garantizar y guardar las buenas costumbres; las leyes piden que se viva honestamente; prohíben perjudicar a otro en su persona o en sus bienes, lo que equivale a no dañarlo y además las leyes prescriben dar a cada uno lo suyo, lo que le corresponde.
2. Los Valores Jurídicos: Justicia, Jurisprudencia y Equidad.
a) Justicia (“Iustitia”). Según Ulpiano, la justicia es la voluntad firme y continuada de dar a cada quien lo suyo.
Justicia y Derecho son conceptos correlativos, íntimamente relacionados entre sí. El derecho tiende a la realización de la justicia, el derecho es el objeto de la virtud, conocida con el nombre de justicia.
Según Aristóteles, justicia se llama a esa cualidad moral que obliga a los hombres a practicar cosas justas y que es causa de que se haga y de que se quieran hacer. Es justo el que obedece a las leyes y el que observa con los demás las reglas de la igualdad. Lo justo será lo que es conforme a la ley y a la igualdad. Todos los actos especificados por la legislación son legales y llamamos justos a todos esos actos.
La justicia es en grado eminente la virtud completa, porque ella misma es la aplicación de una virtud completa y acabada. Es completa porque el que la posee puede aplicar su virtud con relación a los demás y no sólo a sí mismo.
División de la Justicia. La justicia se divide en:
- General o Legal. Es en la que el hombre debe dar lo que es suyo a la comunidad de la cual es miembro. Se le llama general, porque conforma al hombre a la ley, ordenándole actos de virtud para el bien común.
- Particular. Se le llama así, porque debe dar lo que es suyo a cada persona singular o particular; es la justicia que lo inclina a dar según la igualdad a las otras personas lo que de ellas es. La justicia particular se divide en:
i. Conmutativa. Inclina a la voluntad a dar estrictamente su derecho a cada persona privada, conservando la igualdad de cosa a cosa -“rei ad rem”-, de cosa recibida a cosa entregada.
ii. Distributiva. Es aquella por la cual los bienes o trabajos se reparten entre los miembros de la sociedad según la proporción de los méritos o de las facultades de cada integrante; no atiende a la igualdad de cosa a cosa,
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