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Derecho Romano I


Enviado por   •  10 de Junio de 2013  •  9.063 Palabras (37 Páginas)  •  320 Visitas

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DERECHO ROMANO I

TEMA I

CONCEPTOS GENERALES

1. Defina Derecho Subjetivo.

Puede ser una conducta no reconocida por la autoridad del estado y se hace por razón propia y no por noción. Un derecho subjetivo es una capacidad que tiene una persona para hacer o no hacer algo, o bien para impedir a otro a hacer algo.

La facultad que tiene un sujeto para ejecutar determinada conducta o abstenerse de ella, o para exigir de otro sujeto el cumplimiento de su deber.

2. Defina Derecho Objetivo.

La conducta que debe basarse en la justicia, en el derecho de realizar nuestra intuición colectiva de lo justo, las disposiciones deben basarse en la justicia. El Derecho Objetivo es el conjunto de reglas que rigen la convivencia de los hombres en sociedad.

3. ¿Cuáles son las generalidades de las fuentes del Derecho escrito del Sistema jurídico Romano?

Las leyes, los plebiscitos, los senadoconsultos, las constituciones imperiales y los edictos de los magistrados.

4. ¿Qué es Iurisprudentia y Fas?

Fas es la conducta no permitida por tabúes religiosos y servía para delimitar lo que la religión no quería.

IUS y FAS son conceptos independientes, que tenían igual jerarquía en sus orígenes.

IURISPRUDENTIA. Es el conocimiento de la técnica jurídica en combinación con cierta habilidad a su aplicación.

5. ¿Qué es Iustitia y Aequitas?

AEQUITAS. Era la extrema individualización de las soluciones jurídicas y podía obrar a favor del rico o del pobre. La definición de AEQUITAS es EQUIDAD.

IUSTITIA. Es la realidad de lo que intuimos como justo y presupone una igualdad en el tratamiento a lo que es desigual, permite y exige un tratamiento proporcionalmente igual de la justicia.

6. ¿Qué son preacepta Iuris?

De la idea que estamos analizando derivan de lo que conocemos con el nombre de preceptos jurídicos, que en forma muy general expresan los deberes que el derecho objetivo impone siempre a los seres humanos .Estos preceptos jurídicos los reducen a tres: - Vivir honestamente (honoeste vivere).

No dañar a otro (alertum non laedere).

Dar a cada quien lo suyo (suum cuique tribuere)

7. Mencione su evolución.

La conciencia es común a la moral y al derecho mientras que lo justo es específico del derecho. Según Ulpiano, Justicia es la voluntad constante y perpetua de dar a cada cual lo suyo.

8. ¿Qué es el Ius Civile?

IUS CIVILE. Llamaban Civile al Derecho que era propio y exclusivo de los Civiles (ciudadanos romanos). No era aplicable a relaciones con extranjeros, porque para gozar de sus normas debían ser ciudadanos romanos.

9. ¿Qué es el Ius Honorarium?

El Ius Honorarium es el derecho pretorio fundado en la República de Roma por Romulo y Remo. Está en constante tensión armónica con el Ius Civile tradicional, es decir, el fundado en el saber de los juristas. El derecho civil y el derecho pretorio formaban un conjunto coherente dentro del ordenamiento jurídico romano.

10. ¿Qué es el Ius Pentium?

Al lado del derecho exclusivo de los ciudadanos, existe el derecho de gente, el que en Roma es aplicado desde el año 242 a.C. por un juez especial, el pretor de los peregrinos, encargados de dirimir las contiendas de los extranjeros a finales del siglo II y principios del siglo I.

11. ¿Qué es el ius Publicum?

Es el creado por las leyes públicas y se equiparan a estas los senadoconsultos y constituciones imperiales.

12. ¿Qué es el ius Privatum?

Es el credo por los particulares por medio de negocios jurídicos. Estos no podrán desbordar el margen de autonomía que les conceden las leyes públicas. El Derecho público no podrá ser alterado por la voluntad de los particulares.

13. ¿Qué es el Derecho Taxativo?

Se integra de normas que no admiten pacto en contrario; EN EL DERECHO TAXATIVO, encontramos normas que no admiten pacto contrario, esta categoría pertenece a casi todo el IUS PUBLICUM, pero también a varias figuras del PRIVATUM (como la nulidad del pacto por el cual un deudor renuncia de antemano a su derecho sobre la prenda, en el caso de no pagar puntualmente.

14. ¿Qué es el Derecho Dispositivo?

Es aquél que se aplica en defecto de acuerdo lícito entre partes. Por ejemplo, si las partes nada pactan acerca de los gastos del contrato de compraventa se aplica lo que dice el Código Civil, pero si las partes pactan algo diferente que sea lícito.

15. ¿Qué es el Derecho Consuetudinario?

Son normas jurídicas que se desprenden de hechos que se han producido repetidamente en el tiempo en un territorio concreto.

16. ¿Qué es el Derecho escrito?

Es un sistema jurídico que posee una normativa recogida por escrito; se opone al concepto de usos y costumbres, que da origen al Derecho consuetudinario. Habitualmente se entiende por tal al Derecho expresado en una ley (Derecho legislado), emitida por un legislador, promulgada y publicada para su cumplimiento.

17. ¿Cómo debe de ser la interpretación del Derecho?

Es una actividad que consiste en establecer el significado o alcance de las normas jurídicas y de ahí que la interpretación de la ley sea una especie de interpretación jurídica.

18. La vigencia del Derecho en el espacio y en el tiempo.

La vigencia del derecho en el espacio se refiere al territorio, y la vigencia en el tiempo, se refiere a los efectos que una ley tiene eficacia por el mero hecho de estar vigente, hasta que se cumple el término de su vigencia, o bien cuando es reformada, derogada o declarada inconstitucional.

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