La Aduana En Roma
Gulliano21 de Agosto de 2012
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Antecedentes de Las Aduanas
1. Introducción
2. Aspectos generales de las aduanas y la dirección general de la renta de aduanas de El Salvador
3. El servicio de Aduanas
4. El servicio de Aduanas en El Salvador.
5. Reglamento de las Aduanas de la República de El Salvador en 1915
6. Estructura orgánica de las Aduanas de la República de El Salvador 1915
7. De las funciones de la dirección general de la renta de Aduanas ( 1936 ).
INTRODUCCIÓN
El Presente Trabajo tiene como finalidad hacer una pequeña remembranza histórica del origen de las Aduanas, en especial las aduanas de la Republica de el Salvador.
Además por no haber mayor antecedente Historio especialmente de las Aduanas de El Salvador, se procura contribuir para aquellas personas que buscan un poco de información acerca de este tema.
ASPECTOS GENERALES DE LAS ADUANAS Y LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA RENTA DE ADUANAS DE EL SALVADOR
Es por eso que en 1936 por medio del decreto legislativo No. 43 se crea la Dirección General de la Renta de Aduanas como dependencia del Ministerio de Hacienda, bajo la responsabilidad de un jefe denominado Director General de la Renta de Aduanas.
Quedando establecido que los subalternos de la Dirección General de la Renta de Aduanas, y el personal de las Aduanas de la República, serán nombrados por el Ejecutivo a propuesta de la Dirección General de la Renta de Aduanas.
1.1 EL SERVICIO DE ADUANAS
1.1.1 ANTECEDENTES
De acuerdo con el diccionario de la Real Academia Española, en su décima novena edición, el vocablo “Aduana” deriva del árabe “ ad-divoana” que significa “ el registro”. Hay quienes afirman que se origina del italiano “duxana” porque en Venecia las mercaderías pagaban un impuesto de entrada que pertenecía al “Dux”. Otros opinan que deriva de “douana” o “dovana”, que significa “ derecho”. Sin embargo, cualquiera que sea su significado etimológico, “aduana” se utiliza para designar las dependencias gubernamentales que intervienen en el tráfico internacional de las mercaderías que se importan o exportan y que se encargan de cobrar los impuestos que las gravan. En este concepto debe aclararse que las aduanas intervienen también en el cabotaje, aunque en esta operación no exista tráfico internacional ; pero es también función de las aduanas cuidar que las mercaderías de cabotaje que lleguen a otro puerto nacional, sean las mismas que se embarcaron.
Independientemente de las implicaciones económicas del Comercio Internacional, puede decirse que su intensificación y su regulación son los antecedentes de los servicios aduaneros, considerados éstos ya sea como medio de incrementar los ingresos fiscales a través de los impuestos a la importación y a la exportación, o bien como instrumento para implementar cualquier medida económica de tipo proteccionista que se adopte.
1.1.2 EVOLUCIÓN DEL CONCEPTO
1.1.2.1 ORGANIZACIONES PRIMITIVAS
En las primitivas organizaciones sociales se encuentran ya los impuestos ( directos ), tanto en su forma personal, como en el servicio militar, tanto en su forma real ( parte del botín que se adjudica al jefe de la tribu). Posteriormente aparecen los tributos en especie, como la capitación, y los tributos sobre los rendimientos de la agricultura y de la ganadería ( diezmos ). Mucho después, cuando crecen las necesidades del Estado, el impuesto adopta la forma indirecta. Entre otros impuestos indirectos, el de aduana parece haber sido conocido en la India, así como en Persia y Egipto. En Grecia existieron, junto con el de capitación ( sobre los extranjeros ), el de consumo, sobre la ventas.
1.1.2.2 ROMA
En roma, el impuesto de aduanas parece haber sido establecido por Anco Marcio, con ocasión de la conquista del Puerto de Ostia. Se dice que por haber sido un puerto donde primero se estableció el impuesto, recibió el nombre de “portorium”, aunque en esta denominación se comprendieron varios otros impuestos, como el de peaje.
Al principio de la época imperial, el portorium era arrendado en pública subasta por períodos de cinco años y a un tanto alzado. Más adelante se varió el sistema, encomendándose la cobranza a uno o varios funcionarios imperiales, que debían rendir cuenta de sus gestiones y que percibían un porcentaje de las sumas que ingresaban en el Tesoro. Finalmente se llegó al sistema de percepción directa por el Estado.
El impuesto de aduana en roma se extendía tanto a la importación como a la exportación, consecuencia del carácter absolutamente rentístico o fiscal que el impuesto tenía en ese entonces y que, con pequeñas excepciones, siguió teniendo validez hasta el siglo XVII, durante el cual se constituyeron los grandes estados modernos y aparecieron las primeras doctrinas económicas de política nacionalista.
1.1.2.3 EDAD MEDIA
En la edad media se vuelve a los impuestos personales (directos ), no existiendo en sus principios Hacienda Pública, ni verdaderos impuestos. Los señores feudales imponían a sus vasallos Capitaciones e impuestos territoriales y cobraban ciertos derechos por la circulación de las personas y de las cosas ( peaje, portaje, puntazgo, barcaje )y sobre las transmisiones de la propiedad y las sucesiones. El rey vivía de su patrimonio y del derecho que le asistía para que todos contribuyeran a sus necesidades ; pero no existían principios. Bases, ni sistemas tributarios.
Hay que saltar a las Repúblicas Italianas de los siglos XII y XIII para encontrar verdaderos impuestos generales : algunos directos como los que gravan el capital o la fortuna y otros indirectos como el de Aduana. Este último principia a extenderse junto con el desarrollo del comercio, principalmente marítimo, en dicha época.
También encontramos el impuesto de aduanas en Inglaterra, donde según Mc Culloch ( Economista Inglés del siglo XIX, discípulo de Ricardo ) estaba establecido desde antes que en las Repúblicas Italianas. Pero mientras éstas, y en especial Venecia, establecieron el impuesto de aduana sobre bases restrictivas para proteger su industria y su comercio, Inglaterra lo había establecido sobre bases de carácter puramente financiero, política que modificó un tanto hasta el siglo XVII.
1.1.2.4 PERIODOS MODERNOS Y CONTEMPORANEO
Hasta el siglo XVII los derechos de aduana, tanto exteriores como interiores, tuvieron por regla general, un carácter puramente fiscal o rentístico. La idea proteccionista, que aparece poco después de la constitución de los grandes Estados Modernos, como un medio destinado a aumentar la riqueza y el poder de un país, se devuelve en los principios que inspiraron la política de Cromwell en Inglaterra, y Colbert en Francia, tendientes a asegurar el desarrollo de la industria nacional, protegiéndola contra la concurrencia extranjera.
Del proteccionismo Industrial de Colbert nacen, aunque de manera imperfecta, los sistemas aduaneros modernos, obedeciendo a una idea económica determinada y adquieren gran importancia los regímenes suspensivos de derecho de aduana, hasta alcanzar el gran desarrollo de hoy día.
A fines del siglo XVIII y principios del XIX, los países europeos concluyen por abolir las aduanas interiores ( Francia en 1790 y Alemania en 1819 con la unión aduanera entre sus diversos estados ). En cuanto a los impuestos de aduana, sigue la historia aduanera de Europa en la que prevalecen, alternativamente, las ideas librecambista y proteccionista, hasta llegar al siglo actual y al año 1935 en el cual no queda ningún estado de importancia como librecambista. El último país que dejó de serlo fue Inglaterra con su arancel de 1932 que gravó los productos importados con derechos del 10% al 30%
De este modo se acentúa la intervención del Estado siguiendo sin duda la línea general evolutiva que tiende a limitar el campo de lo individual en beneficio de lo colectivo. El incremento de esta intervención se ha asegurado a través de las diversas modalidades de la tributación aduanera, hasta llegar a nuestros días con la aplicación de tratados bilaterales o multilaterales de libre comercio, los sistemas de cuotas de importación y exportación, los sistemas de preferencias y reciprocidad, la aplicación de incentivos fiscales entre los que invariablemente se incluye la exención de impuestos de aduana, y otras disposiciones y modalidades que han colocado a las cuestiones aduaneras en un primer plano de importancia y actualidad, tanto en el interior de cada país por los intereses económicos que implica, como en el exterior, en donde dichos intereses se encuentran en abierta lucha y contradicción con los de otros países.
1.2 EL SERVICIO DE ADUANAS EN EL SALVADOR.
Al proclamarse la independencia de las provincias de Centroamerica se estableció libertad de comercio con todos aquellos países que no se opusieron a la causa de la independencia. Dicha disposición fue tomada por la junta provisional consultiva el 17 de noviembre de 1821, lo cual trajo como consecuencia una reacción en la vida económica de la nación, pues el comercio sometido anteriormente a barreras empezó a tomar auge. Hubo comercio absoluto, pues el tráfico de metales preciosos, oro y plata quedaron fuera del sistema, y fue hasta el arancel de 1873 que se dejó libre la exportación de ambos metales.
Si bien en 1821 Centroamérica obtiene su independencia de España, en 1822 se anexó al imperio mexicano y posteriormente en 1823 se organizo la República Federal, que a pesar de la ideología de los fundadores mantuvo el tradicional impuesto del 2% sobre el
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