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Contrato Roma


Enviado por   •  27 de Junio de 2012  •  1.231 Palabras (5 Páginas)  •  736 Visitas

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Contrato: es una fuente generadora de obligaciones.

Convención: es un acuerdo de voluntades.

La convención es el género y el contrato es la especie de la convención.

La gran diferencia del contrato en el derecho romano al derecho actual es: en el derecho romano era formalista, rígido, expresión de palabra solemne. El derecho actual es consensualista, solo se toma en cuenta el consentimiento.

Noción de contrato en Venezuela: articulo 1133 CC es una convención entre 2 o mas personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellos un vinculo jurídico.

Características:

Es una convención.

Vínculos de carácter patrimonial (pecuniarios)

Efectos obligatorios

Es fuente de obligaciones.

Noción de contrato en el derecho romano:

El concepto sufrió modificaciones a lo largo de la historia romana. Su ultima definición fue:

Es un acuerdo de voluntades reconocido y sancionado por el derecho civil y destinado a producir obligaciones civiles.

Clasificación del contrato en el derecho moderno:

Según surjan obligaciones para cada una de las partes:

Unilaterales: art 1134 CC es cuando surgen obligaciones para cada una de las partes contratantes. Mutuo y la donación

Bilaterales: surgen obligaciones para ambas partes (la venta y el arrendamiento)

Sinalagmáticos perfectos: desde su comienzo estan obligadas ambas partes.

Sinalagmáticos imperfectos: en principio es unilateral y luego puede convertirse en bilateral (comodato)

Según el fin perseguido por las partes: articulo 1135 CC

Onerosos: una de las partes trata de procurarse una ventaja mediante un equivalente (la venta)

Gratuitos: es cuando una de las partes trata de procurar ventaja sobre otra sin equivalente (donación)

Según la determinación de las prestaciones dependa o no de un hecho casual:

Conmutativos: la determinación y extensión de las prestaciones es fijada por las partes en el momento de la celebración del contrato.

Aleatorios: cuando para ambos contratantes o para uno de ellos , la ventaja depende de un hecho casual.

Según su modo de perfeccionamiento:

Consensuales: son aquellos que se perfeccionan por el consentimiento.

Reales: se perfeccionan con el consentimiento y la entrega de la cosa.

Solemnes o formales: con la entrega de documentos privados(contrato de seguro) o públicos (capitulaciones matrimoniales).

Según su carácter:

Preparatorios: son aquellos que sirven de base a la celebración de otros contratos posteriores.

Principales: Son aquellos que no tienen relación alguna con otro contrato (compra venta)

Accesorios: es cuando la existencia de este depende de la existencia de un contrato principal.

Según la duración de la enajenación de las prestaciones:

De tracto o cumplimiento instantáneo: las partes cumplen sus prestaciones en un solo momento. (donacion)

De tracto o cumplimiento sucesivo: la prestación de una de las partes, por lo menos, se cumple en el transcurir del tiempo en periodos mas o menos largos.

Según las normas legales que lo regulan:

Nominados: son aquellos contemplados expresamente en la ley, venta de parcela, hipoteca.

Innominados: son aquellos que carecen de regulación legal, aun y cuando en la doctrina y en la práctica tengan denominación. Las reglas son fijadas por las partes. (gira turista o vacacional).

Según la situación de igualdad de las partes:

Paritarios: que las partes al momento de contraer estén en condiciones iguales. (compra venta)

De adhesión: algunas de las partes esta en menos o mas condiciones. (contrato de seguro)

Según produzca efectos obligatorios exclusivamente para las partes contractuales o bien para un tercero que no haya convenido:

Individuales: se dan persona a persona.

Colectivos: entre 2 partes pero tiene validez para todas las partes implicadas.

Según la naturaleza personal de la prestación de una o alguna de las partes:

Ordinarios: no importa las cualidades personales.

Intuitu personae: Se toma en cuenta las cualidades personales. (artísticas)

Por razón de la expresión de la causa:

Causados: es aquel que en su misma letra deja expresado cual fue el fin de las partes para realizar el contrato.

Abstractos: no deja expresado o especificado la causa de ese contrato.

ELEMENTOS DEL CONTRATO EN EL DERECHO ACTUAL

Según la estructura técnica del contrato:

Esenciales: necesariamente deben estar expresados. Objeto, causa, consentimiento valido,capacidad, entrega de la cosa, formalidades, precio en la venta.

Naturales: se sobre entiende que existen pero pueden ser excluidos por la voluntad de las partes. Gratuidad en el mandato, saneamiento

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