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Causales De Divorcio


Enviado por   •  13 de Junio de 2013  •  2.623 Palabras (11 Páginas)  •  477 Visitas

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TESIS

“Análisis y Reforma al artículo 323 del Código Civil para el Estado de Guanajuato”

Que presenta

Pedro Alberto Cortés Zavala

Para obtener el título de:

Licenciatura en derecho

Según acuerdo 20090269 SEP 2008

Asesor: Lic. José Manuel Pérez Guerra

Irapuato, Guanajuato 2013

AGRADECIMIENTO

DEDICATORIA

RESUMUEN

En la presente investigación abordaremos el tema de divorcio y la necesidad de eliminar sus causales para ello en un principio analizaremos el matrimonio en el cual Adame. (2004), refiere que el matrimonio civil desde una perspectiva doctrinal nos acerca a la realidad cambiante que esta institución ha sufrido con el antecedente inicial de que esta figura vincular no era considerada por el Estado hasta antes de las leyes de Reforma de1857 ya que lo consideraba una potestad directa de la iglesia y del derecho canónico, con la ley del matrimonio civil de 1859 por primera vez se considera la posibilidad del divorcio considerándolo como la separación temporal pero con el impedimento a contraer nuevas nupcias, aun con eso se advierte un cambio en la forma de pensar del Estado, en 1914 con la introducción del divorcio vincular, se advierte que la noción de matrimonio sufre un cambio al modificar radicalmente la forma de pensar del legislador al considerar por primera vez que el matrimonio puede ser disuelto por la voluntad de los cónyuges o por alguna causa de fuerza mayor que haga imposible la convivencia entre los consortes. La reforma al artículo 4°. De la Constitución en 1974, marca el comienzo de una nueva manera de ver el matrimonio, en la que se le concibe primordialmente como una unión afectuosa al admitir que toda persona tiene la libertad de decidir acerca de la procreación, sin ninguna referencia al matrimonio, aceptando que el matrimonio no es la única forma moral para formar una familia.

El artículo 16 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos consagra tres principios fundamentales respecto del matrimonio el primero establece el derecho al matrimonio sin restricción, máxima que también aplica en caso de la disolución del vínculo matrimonial, el segundo establece que el principal requisito para contraer matrimonio es el consentimiento, entiéndase que no existiendo ese consentimiento el objeto habrá terminado, y el tercero señala que la familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado, deberá entenderse de igual forma a la familia como un ente que se desarrolla en armonía, buscando el bien estar de cada uno de sus integrantes, pero habrá que preguntarse ¿un matrimonio que se desenvuelve en un clima de agresiones e inestabilidad es capaz de mantener la armonía familiar?.

En cuanto al divorcio, México ha evolucionado de manera considerable en los últimos tiempos. A mediados del siglo XVIII, se consideraba al divorcio como una separación temporal de cuerpos debido a que el matrimonio era un vínculo indivisible, y era imposible que una persona contrajera matrimonio mientras viviera su cónyuge anterior. Entonces el carácter que adquiría el divorcio (separación temporal) no era del todo bueno, se le consideraba como algo malo y vergonzoso porque iba en contra de las buenas costumbres posteriormente en 1914 Venustiano Carranza expide un decreto que establecen el divorcio vincular en México el expresidente en la exposición de motivos expreso lo siguiente, “lo que hasta ahora se ha llamado divorcio en nuestra legislación, o sea la simple separación de los consortes sin disolver el vínculo, única forma que permitió la ley de 14 de diciembre de 1874, lejos de satisfacer la necesidad social de reducir a su mínima expresión las consecuencias de las uniones desgraciadas, solo crea una situación irregular, peor que la que trata de remediarse, porque fomenta la discordia entre las familias, lastimando hondamente los afectos entre padres e hijos y extendiendo la desmoralización en la sociedad”, decía en otra parte que si el matrimonio había sido constituido por la libre voluntad de las partes era cuestionable e inclusive absurdo que los cónyuges debieran estar juntos aun en contra de su voluntad. Se observa hasta aquí la evolución de pensamientos y la aceptación de la sociedad de una época a otra.

Ahora bien se focaliza en ciertos ejes temáticos que involucran el divorcio de manera directa a la luz del desarrollo doctrinal internacional de los derechos humanos, en total consonancia con la idea de “constitucionalidad”, “humanización”, o “internacionalización” del derecho de familia.

En un tercer tema analizaremos de forma puntual y en relación con las pruebas

las causales de divorcio desde la perspectiva analítica del Código Civil para el Estado de Guanajuato, revisando la clasificación de las causales desde cuatro vertientes: aquellas que implican delitos (fracciones IV, V, XI, XII, XIII, XIV, XVI y XIX), las que constituyen hechos inmorales (fracciones I, II y III), los hechos que incumplen los fines del matrimonio (fracciones VIII, IX, X, XVIII) y las enfermedades (fracciones VI, VII y XV), cada una de estas causales examinadas en relación a los medios de prueba que el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Guanajuato establece para convencer al juzgador de que lo que se dice es cierto y la dificultad que por la propia naturaleza de los medios de prueba representa.

En otro tema analizaremos las reformas realizadas al Código Civil de las Entidades Federativas que han eliminado de sus respectivas legislaciones las causales de divorcio, la exposición de motivos que en su momento se argumentaron y las consecuencias y estadísticas que se dieron después de dichas reformas.

INTRODUCCIÓN

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