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Derecho Procesal y principios constitucionales


Enviado por   •  22 de Febrero de 2016  •  Resúmenes  •  1.118 Palabras (5 Páginas)  •  270 Visitas

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Derecho Procesal y principios constitucionales

Concepto de derecho procesal

Es el conjunto de normas jurídicas  correspondiente al derecho publicó interno, que regula las relaciones las relaciones entre el estado y los particulares  con el propósito de preservar el orden común.

Naturaleza jurídica del proceso.

Es una parte del derecho público interno y trata de realizar el derecho frente a cualquier y pretenda evitar q la pretensión penal estatal se lleve a cabo empleando para ella de ser necesario medios coercitivos procesales

Procedimiento.

Se integra por una serie de actos ordenados y encaminados hacia un objetivo

Proceso

Se deriva del derecho canónico de la palabra procederé  que significa avanzar, caminar, hacia adelante.

Y que solo puede precederse por un miembro del poder judicial.

Juicio

Es el conjunto de actos conforme los cuales el juez aplicando la ley resuelve un conflicto de intereses  sometido a su conocimiento del ministerio publico

Objetivo dl proceso penal

Es el único camino q atreves del cual del estado  ejercita su derecho a sancionar

Objetivo del proceso

Se ha diferenciado en:

Principal: es la pretensión cognitiva del estado objetivada por el ejercicio de la acción penal en contra de un individuo

Accesorio

Son aquellas otras cuestiones q surgen de manera marginal al conflicto esencial sometido al conocimiento del juez por ejemplo la reparación del daño

Teoría de carnelutti

No hay delito sin pena sin proceso, ni pena sin delito y proceso, ni proceso penal si no para determinar el delito y actuar de la pena

1.4 Fines del proceso penal

Es procurar el bien común, la justicia y la seguridad entre los individuos q bien en la sociedad no confunde el fin del proceso  penal con el objeto

2.0 Principio al sistema proceso penal

Se puede decir que el principio penales mediato e inmediato

Mediato: se identifica en derecho penal como prevención y represión del delito está dirigida a la defensa social entendida en sentido amplio contra la delincuencia

Inmediato: es la aplicación de la ley abstracta e impersonal al caso concreto y particular

Se encaminara al demostrar por una parte, la existencia del hecho delictivo, y por otra parte la responsabilidad.

Sujeto procesales

Los sujetos indispensables innecesarios terceros estado.individuo, juzgador

Órgano jurisdiccional

El órgano jurisdiccional es el estado ya que se encarga de función de hacer justicia

Ministerio publico

También conocido como representante social defensor de los intereses de la sociedad

En otros países el derecho ingles conocido como fiscal, el cual se encarga en investigación y persecución de los delitos, el ministerio publico se auxiliara de una policía ministerial estará bajo su autoridad y mando inmediato art, 21 constitucional

Órgano de defensa

La constitución en el art.20

Establece las garantías del indiciado del inicio del proceso el cual deberá ser informado al momento de su detención de los derechos a su favor que la consigna la constitución y tendrá derecho a una defensa adecuada por sí mismo por un abogado o por una persona de su confianza.

Si no puede o no quiere nombrar un defensor después de haber sido requerido para ello el estado le asignara un abogado de oficio.

También tendrá derecho que su abogado defensor comparezca en todos los actos del proceso y este tendrá la obligación de hacerlo cuantas veces se le requiera.

2.4 Intervención del individuo y la victima en proceso penal.

En cuanto el ofendido, es el activo procesal el cual mediante la denuncia ante el ministerio publico activa el orden juridicional,y la victima tiene la característica  de ser el sujeto en quien realice la acción delictiva tipificada

Averiguación previa

El código federal de procedimiento federales nos dice que el artículo 1 se regulan distintas procedimientos penales, de los cuales lo primero es lo de la averiguación previa a la consignación de los tribunales, que establece las diligencias necesarias para que el ministerio publico puede ejercer o resolver si ejercita o no

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