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EL CONTRATO


Enviado por   •  20 de Marzo de 2014  •  3.755 Palabras (16 Páginas)  •  181 Visitas

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EL CONTRATO

El contrato es una convención entre dos o más personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre ellas un vínculo jurídico.

La estructura del contrato, comprendiendo sus diversos elementos.

Código Civil enumeran los elementos constitutivos del Contrato, en su Art. 1.141. Así expresa: Las condiciones requeridas para la existencia del contrato son:

1. Consentimiento de las partes;

2. Objeto que pueda ser materia de contrato; y

3. Causa lícita.

Elementos esenciales son los que no pueden faltar en ningún contrato, tales como son:

El consentimiento y

El objeto.

Los vicios del consentimiento son:

1. El Error,

2. El Dolo y

3. La Violencia.

1. Contratos unilaterales

El contrato es unilateral cuando surgen obligaciones para una sola de las partes contratantes (Art. 1134 CC), se requiere el consentimiento de ambas partes; una sola de las partes es deudor y la otra parte es acreedor.

Son ejemplos de contratos unilaterales típicos: El mutuo (Contrato real en que se da dinero, aceite, granos u otra cosa fungible, de suerte que la haga suya quien la recibe, obligándose a restituir la misma cantidad de igual género en día señalado) y la donación.

2. Contratos bilaterales

El contrato es bilateral cuando surgen obligaciones para ambas partes contratantes. El artículo 1134 lo define así: el contrato es bilateral, cuando las partes se obligan recíprocamente. Son ejemplos de contratos bilaterales típicos: La venta, el arrendamiento. En el contrato bilateral hay ventajas para ambas partes; es necesariamente oneroso.

3. Contratos sinalagmáticos imperfectos

En estos no hay obligación nacida en el mismo instante de establecerse el contrato, puede que sea luego cuando nazca la obligación de la otra parte. Contratos sinalagmáticos imperfectos son: El comodato, el depósito y el mandato.

4. Contratos onerosos

Son aquellos en los cuales cada una de las partes procura tener una ventaja mediante un equivalente o contraprestación.

5. Contratos aleatorios

En los contratos aleatorios las prestaciones de una o alguna de las partes dependen de un hecho casual, denominado también alea y por lo tanto varían en su existencia o extensión si el hecho se produce o no.

6. Contratos consensuales

Son aquellos que se perfeccionan solo consensu, por el solo consentimiento.

7. Contratos reales

Son aquellos que para perfeccionarse requieren, además del consentimiento, la entrega de una cosa, mutuo (Art. 1735 CC), comodato (Art. 1724 CC), depósito (Art. 1749 CC) y prenda (Art. 1837 CC).

8. Contratos solemnes

Son los contratos que requieren para su perfeccionamiento el cumplimiento de una determinada formalidad, distinta a la entrega de la cosa.

9. Contratos de tracto o cumplimiento instantáneo

El contrato de tracto o cumplimiento instantáneo, llamado también contrato de ejecución única, se caracteriza porque las partes cumplen sus prestaciones en un solo momento (Venta de contado), en una determinada unidad de tiempo, que puede ser diferida (Venta a crédito) a una oportunidad determinada, o inclusive a varias oportunidades determinadas (venta por cuotas).

Ejemplos de contratos son de tracto instantáneo: la venta, la permuta, la donación, la transacción.

10. Contrato de tracto sucesivo, de cumplimiento sucesivo o de ejecución continua

Los contratos de tracto sucesivo están caracterizados porque la prestación de una de las partes, por lo menos, no se realiza en una unidad de tiempo, sino que requiere necesariamente el transcurso del tiempo en períodos más o menos largos para su cumplimiento.

11. Contratos nominados o típicos

Son aquellos contratos contemplados expresamente en la ley y regulados específicamente mediante normas especialmente dictadas a ese efecto. Como ejemplo pueden citarse la venta, el mutuo, la sociedad, la hipoteca, la prenda, venta con reserva de dominio, venta de apartamentos en propiedad horizontal, venta de parcelas, el depósito bancario, el arrendamiento financiero.

12. Contratos innominados o atípicos

Contratos innominados o atípicos son aquellos que carecen de regulación legal específica, aun cuando en la doctrina y en la práctica tengan una denominación.

DEL MUTUO

Artículo 1.735

El mutuo es un contrato por el cual una de las partes entrega a otra cierta cantidad de cosas, con cargo de restituir otras tantas de la misma especie y calidad.

CARACTERES.

Es un contrato real (Para su perfeccionamiento precisa la entrega de la cosa mutuada); principal (Tiene autonomía propia), unilateral (El único obligado a la devolución es el deudor); en principio es gratuito (Si no se pactan intereses), pero si se pacta, será oneroso. Las partes requieren de la capacidad de libre disposición.

PLAZO

Si no se pactó plazo, el mutuante puede exigir la devolución de las cosas dándose un plazo prudencial para la entrega. Si el mutuo es gratuito, el plazo sólo favorece al deudor. No fijándose plazo y pactándose intereses, se entiende que el plazo está puesto en beneficio de ambos contratantes.

ELEMENTOS ESENCIALES A LA EXISTENCIA

Y VALIDEZ DEL MUTUO.

Los elementos esenciales a la existencia y validez del mutuo, además de los comunes a todos los contratos, son la legitimación del mutuante y la entrega de la cosa.

CONSENTIMIENTO.

En esta materia rige el Derecho común, con la salvedad de que siendo un contrato real, el mutuo no se perfecciona por el simple consentimiento, sino por la entrega de la cosa.

OBLIGACIONES DEL MUTUARIO.

La fundamental: restituir al mutuante

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