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El proceso de liquidación de la empresa


Enviado por   •  27 de Junio de 2014  •  Trabajos  •  872 Palabras (4 Páginas)  •  248 Visitas

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DISOLUCIÓN DE SOCIEDADES

La disolución es el acto jurídico que abre el proceso de liquidación que dará lugar a la extinción de la sociedad como contrato y como persona jurídica.

La disolución en sí no pone fin a la sociedad ni paraliza totalmente su actividad, aunque ésta pasa a ser liquidatoria, por lo que se añade a su denominación la expresión “en liquidación”.

Para que exista disolución es preciso que se dé alguna de las causas previstas en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas (TRLSA) o en los estatutos sociales.

CAUSAS

Causas legales

1- Acuerdo de la Junta General

2- Cumplimiento del término de duración fijado en los estatutos

3- Finalización de la empresa que constituye su objeto o imposibilidad cierta de realizar el fin social o paralización de sus órganos sociales, de forma que no sea posible su funcionamiento

4- Como consecuencia de pérdidas que dejen reducido el patrimonio a una cantidad inferior a la mitad del capital social, salvo que éste se aumente o se reduzca en la medida suficiente

5- Reducción del capital social por debajo del mínimo legal

6- Fusión o escisión total de la sociedad

7- Cualquier otra causa establecida en los estatutos

LIQUIDACIÓN DE SOCIEDADES

Se entiende por liquidación el conjunto de operaciones llevadas a cabo por la sociedad, denominada en esos momentos "Sociedad en Liquidación", quien durante este período sigue conservando su personalidad jurídica, con objeto de realizar todos sus elementos activos para atender al pago de sus deudas contraídas, y con el sobrante, si existiera, proceder a repartirlo entre los socios en función de las aportaciones efectuadas por cada uno

CAUSAS

Según el Artículo 340 del código de comercio:

• Por la expiración del término establecido para su duración.

• Por la falta o cesación del objeto de la sociedad, o por la imposibilidad de conseguirlo.

• Por el cumplimiento de ese objeto.

• Por la quiebra de la sociedad aunque se celebre convenio.

• Por la pérdida entera del capital o por la parcial a que se refiere el artículo 264, cuando los socios no resuelven reintegrarlo o limitarlo al existente.

• Por la decisión de los socios.

• Por la incorporación a otra sociedad.

ATRASO

Se puede entender como la organización procesal, legal y ejecutiva de un sistema de liquidación del patrimonio que otorga al deudor (comerciante) una verdadera espera para el cumplimiento, en principio, de todas sus obligaciones, y que solamente les he concedido al comerciante honrado. El atraso es, pues un medio de liquidación que se actualiza mediante un proceso especial ejecutivo denominado proceso de atraso, en el cual intervienen, fundamentalmente, el deudor, el tribunal y los acreedores.

QUIEBRA

La quiebra es un concepto jurídico que se refiere al

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