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GOBIERNO CORPORATIVO


Enviado por   •  16 de Junio de 2015  •  1.898 Palabras (8 Páginas)  •  144 Visitas

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DEFINICIÓN DE DERECHO EMPRESARIAL Y DERECHO CORPORATIVO

DERECHO EMPRESARIAL

El derecho empresarial es la rama del derecho que regula la actividad empresarial de las empresas, siendo una de sus principales ramas el derecho comercial. El derecho empresarial puede ser definido como la rama del derecho que estudia y regula la empresa, por lo cual es claro que la misma existe en todos los países.

DEFINICIÓN DERECHO CORPORATIVO

El derecho corporativo puede ser definido como la rama del derecho empresarial que estudia y regula la gran empresa y su incidencia en las ramas del derecho.

El derecho corporativo estudia las normas relativas a la empresa y su actividad empresarial.

La actividad empresarial tiene como objetivo conjuntar los factores de la producción en una relación organizada determinando qué cantidad de los factores de la producción deben ser empleados para cumplir con los ciclos económicos.

Las normas relativas al funcionamiento de la empresa son disímbolas y derivan de las diversas categorías de derecho que se han creado a lo largo del tiempo, cada una partiendo de posturas interpretativas y con la finalidad de resolver problemas particulares.

La empresa como institución no ha sido definida unánimemente, y las normas del derecho contemporáneo en sus definiciones tradicionales asimilan el concepto al de sociedad mercantil.

La sociedad mercantil en su noción tradicional es sujeto de derecho, es considerada una universalidad de derechos y cuenta con patrimonio separado al de los socios, y generalmente reconocida por una ficción jurídica como una entidad o persona moral.

DIFERENCIA ENTRE DERECHO EMPRESARIAL Y DERECHO CORPORATIVO

El derecho corporativo no es igual ni lo mismo que el derecho empresarial, por lo cual como primera diferencia podemos decir que el primero forma parte del segundo, es decir, el derecho empresarial abarca al derecho corporativo.

La segunda diferencia es que el derecho empresarial regula y estudia a todas las empresas, mientras que el derecho corporativo estudia y regula sòlo a las grandes empresas.

La tercera diferencia es que el derecho empresarial se encuentra mas difundido que el derecho empresarial dentro del derecho peruano.

La cuarta diferencia es que existe mas maestrìas en derecho empresarial que en derecho corporativo.

La quinta diferencia es que no existen libros en el derecho peruano sobre derecho corporativo, lo que si ocurre con el derecho empresarial.

DEFINICIÓN DE EMPRESA

La empresa es el conjunto de administración, trabajador y capital que se dedican a cubrir una necesidad en el mercado, por lo cual existen diversas clasificaciones sobre la misma, siendo una ellas la que clasifica a las empresas de acuerdo al tamaño de las mismas.

CÓMO SE CONSTITUYE UNA PERSONA JURÍDICA

»Búsqueda de Nombre

»Reserva de Nombre

»Elaboración de Minuta por Abogado

»Escritura Pública ante Notario

»Inscripción en Registro de Personas Jurídicas

»Tramitar el RUC

»Emisión de Comprobantes de pago

»Licencia de Funcionamiento (Opcional).

TIPOS DE PERSONAS JURÍDICAS

En el caso de la personería jurídica, existen diferentes tipos de empresas a constituir en el Perú, las cuales te menciono a continuación con sus respectivos detalles:

1 Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.):

Solo personas naturales pueden abrir una.

El patrimonio debe ser aportado por una persona diferente del titular.

La responsabilidad de la empresa está limitada al patrimonio de esta.

Es funcional siempre y cuando continúe siendo una pequeña empresa.

2. Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.):

El capital está dividido en partes iguales, pero no pueden denominarse como acciones.

20 socios son el límite.

La Junta General de Socios representa a todos los asociados de la empresa; si al menos la quinta parte del capital social lo solicita, se deberá ejecutar una.

Aplicable a todo tipo de PYMES.

3 Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.):

También tiene carácter de limitada en cuestiones de sociedad, es decir, la responsabilidad y participación de los socios es limitada.

Su capital social está representado por acciones.

Su número de socios no puede ser mayor a 20.

Las acciones de los socios no deben estar inscritas en el registro público del mercado de valores.

Los socios tienen como derecho la preferencia en el caso de la venta de acciones.

Aplicable a todo tipo de PYMES.

4 Sociedad Anónima ordinaria (S.A.):

Igualmente, tiene carácter de sociedad limitada.

Capital definido por medio de acciones.

El número total de socios puede ser hasta de 750 accionistas.

Existe la libre circulación de las acciones.

Con enfoque a empresas grandes.

5 Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.):

Capital medido por acciones.

El manejo de las acciones está sujeto al control de CONASEV, existiendo disposiciones especiales para la protección de los derechos de los accionistas minoritarios.

Destinada a empresas con una estructura más amplia que las calificables para S.A.

Las acciones obligatoriamente deberán estar inscritas en el Registro Público del mercado de valores.

QUE ES SOCIEDAD

Una Sociedad es aquella sociedad cuya misión es la consecución de dos o más actos de comercio o de alguna actividad sujeta al derecho de tipo comercial.

Como ocurre con cualquier tipo de sociedad, se trata de una institución a la cual la ley le reconoce personalidad jurídica propia y diferente de la que ostentan sus miembros y los cuales, dueñas de un patrimonio propio, destinarán sus actividades con un fin de lucro común, es decir, los beneficios que se obtengan de las mencionadas actividades serán percibidos por los socios.

GOBIERNO CORPORATIVO

El Gobierno Corporativo es el sistema por el cual las sociedades son dirigidas y controladas. La estructura del gobierno corporativo especifica la distribución de los derechos y responsabilidades entre los diferentes participantes de la sociedad, tales como el directorio, los gerentes, los accionistas y otros agentes económicos que mantengan algún interés en la empresa. El Gobierno Corporativo también provee la estructura a través de la cual se establecen los objetivos de la empresa, los medios para alcanzar estos objetivos, así como la forma de hacer un seguimiento a su desempeño” (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.

PRINCIPIOS DEL GOBIERNO CORPORATIVO

Los principios que a continuación se exponen pueden aplicarse a todas las sociedades, ya sea para aquellas cuyos valores se encuentran inscritos en el Registro Público del Mercado de Valores o para aquellas que no, reconociendo que existen ciertos principios que solamente son de aplicación a las primeras.

Principios del Gobierno Corporativo

Debe basarse en estos cuatro pilares fundamentales:

 El mundo de los valores

 Creación persistente de valor

 Lograr la satisfacción de las partes interesadas

 Desarrollo sostenible

Enfocándose principalmente en: Los derechos de los accionistas y su trato equitativo, juntas directivas, transparencia de la información, grupos de interés.

I. LOS DERECHOS DE LOS ACCIONISTAS

Los derechos básicos de los accionistas incluyen el derecho a:

1) que se estipule los métodos de registro de la propiedad y se lleve debidamente la matrícula de acciones;

2) traspasar o transferir las acciones, así como recibir oportunamente los certificados de suscripción preferente y las acciones suscritas en los casos de aumento de capital;

3) recabar información relevante sobre la sociedad de manera oportuna;

4) participar y votar en las Juntas Generales de Accionistas;

5) designar a los miembros del Directorio;

6) participar en los beneficios de la sociedad y fijar una política de dividendos que establezca expresamente los criterios para la distribución de utilidades.

7) Los accionistas tienen derecho a participar y a estar lo suficientemente informados sobre las decisiones que acarrean cambios fundamentales en la sociedad.

II. TRATAMIENTO EQUITATIVO DE LOS ACCIONISTAS

El marco del gobierno societario debe asegurar un trato equitativo para todos los accionistas, incluidos los minoritarios y los extranjeros. Todo accionista debe contar con la posibilidad de obtener reparación efectiva por la violación de sus derechos.

III. LA FUNCION DE LOS GRUPOS DE INTERES EN EL GOBIERNO DE LAS SOCIEDADES

El marco del gobierno de las sociedades debe reconocer los derechos de los grupos de interés estipulados por ley y alentar una cooperación activa entre las sociedades y estas entidades en la creación de riqueza, empleo y empresas financieramente sólidas.

El marco del gobierno societario debe asegurar que se respeten los derechos de los grupos de interés estipulados por ley, tales como trabajadores, proveedores, y acreedores.

IV. COMUNICACIÓN Y TRANSPARENCIA INFORMATIVA

El marco del gobierno de las sociedades debe asegurar que se presenta la información de manera precisa y de modo regular acerca de todas las cuestiones materiales referentes a la sociedad, incluidos los resultados, la situación financiera, la propiedad y el gobierno corporativo.

A. La comunicación incluye, aunque no se limita a, una información material sobre:

1. Los resultados financieros y de explotación de la empresa.

2. Los objetivos de la empresa.

3. La participación mayoritaria y los derechos de voto.

4. Los miembros del Directorio y los ejecutivos principales y sus remuneraciones.

5. Los factores de riesgo material previsibles y las acciones tomadas para reducir su impacto.

6. Las cuestiones materiales referentes a los empleados y otros grupos de interés.

7. Las estructuras y políticas de gobierno.

V. LAS RESPONSABILIDADES DEL DIRECTORIO

El marco del gobierno de las sociedades debe estipular las directrices estratégicas de la compañía, un control eficaz de la dirección por parte del Directorio y la responsabilidad del Directorio hacia la empresa y sus accionistas.

Los miembros del Directorio deben desempeñar su labor de buena fe, con la diligencia, cuidado y reserva debidos, velando siempre por los mejores intereses de la empresa y de sus accionistas, contando con una información completa.

VI. SOCIEDADES NO INSCRITAS EN EL REGISTRO PÚBLICO DEL MERCADO DE VALORES

Todos los principios y prácticas descritas en los capítulos anteriores, en lo pertinente, son aplicables a las sociedades no inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores, incluyendo a las sociedades anónimas cerradas.

Es importante destacar respecto a las sociedades no inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores que:

1. El Directorio debe sesionar regularmente, sin descartar la participación de directores independientes que, además de sus conocimientos y experiencia, contribuyan con un punto de vista imparcial.

2. La sociedad debe contar con una estructura organizacional lógica y alineada con sus objetivos, en la que sea clara la línea de mando y el proceso de toma de decisiones.

TEORÍA DE LA FIRMA

De acuerdo a la teoría de la firma la empresa es vista como una institución definida por un conjunto de articulados de rutinas productivas. En base a dichas rutinas productivas, las empresas existen con la finalidad de generar utilidades para sus dueños o propietarios, haciendo uso de sus habilidades y conformadas por la experiencia y conocimientos que poseen. Son consideradas unidades económicas de producción en las que operan entradas y salidas en un entorno que utiliza información perfecta buscando la maximización del beneficio.

INSTITUCIONES, NORMAS Y LEYES QUE REGULAN EL GOBIERNO CORPORATIVO

1) SECURITY AND EXCHANGE COMMISSION (SEC) fundada en estados unidos de Norteamérica, tiene la misión de proteger a los inversionistas y a la vez mantener la integridad del mercado de valores.

2) LA INTERNATIONAL FEDERATION OF ACCOUNTANTS (IFAC), institución que promueve la transparencia en la información financiera, así como mejores guías de acción para la práctica profesional contable en los negocios.

3) LA ORGANISATION FOR ECONOMIC COOPERATION & DEVELOPMENT (OECD), se encuentra conformada por 30 países miembros que comparten la tarea de establecer un gobierno democrático en las empresas

4) CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DE LA COMUNIDAD BURSÁTIL MEXICANA, tiene como objetivo ser la base de actuación de todo profesional en el mercado, promoviendo altos estándares de conducta ética y profesional a fin de preservar la integridad del mercado bursátil y protege los intereses del público inversionista.

5) CÓDIGO DE MEJORES PRACTICAS CORPORATIVAS, en el se establecen recomendaciones encaminadas a definir principios que contribuyen a mejorar el funcionamiento del consejo de administración y a la revelación de información a los accionistas.

6) LEY GENERAL DE SOCIEDADES MERCANTILES, trata sobre aspectos relacionados a; constitución y funcionamiento de las sociedades en general.

7) LEY DE MERCADO DE VALORES, tiene la finalidad de regular el funcionamiento así como establecer los requerimientos que deben cumplir las empresas mexicanas que se encuentran listadas en la bolsa de valores.

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