Historia Del Derecho Procesal En Colombia
E24939 de Marzo de 2014
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HISTORIA DEL DERECHO PROCESAL EN COLOMBIA
Para saber la historia del derecho procesal colombiano, tenemos que remontarnos a la etnia muisca, pues, está en la época de la colonia desarrollo el CODIGO DE NEMEQUENE; en este se plasmaron algunas disposiciones en asuntos civiles y penales, centralización del poder legislativo y judicial. En ese entonces el Zipa era la máxima autoridad y los caciques eran lo que hoy denominamos primera instancia.
Con la llegada de los españoles, el código de nemeque poco a poco fue desapareciendo, en 1811 con el proceso de la independencia se crearon las constituciones de Cundinamarca y Tunja, estas definían en que consistía la administración de justicia.
El 30 de agosto de 1821 se expidió la constitución política, aquí empezó la labor legislativa específicamente en el campo procesal, y, es así, como mediante el decreto 5 de enero de 1822 se crea una comisión para presentar proyectos de legislación análoga a la república, para que se redacte un proyecto de legislación propia para la Republica, especialmente en materia procesal.
La ley del 13 de mayo de 1825 se refiere específicamente al procedimiento civil en los tribunales y juzgados de la república; a este acontecimiento se le podría considerar como el primer estatuto procesal civil colombiano. En ella se regularon lo concerniente al orden de observancia de las leyes, la conciliación, las demandas de competencia de los jueces parroquiales y de los alcaldes municipales, los recursos, las recusaciones y la competencia. La ley del 2 de mayo de 1825 establece la incorporación de abogados.
A partir del año 1825 se crearon y derogaron muchas leyes, lo cual produjo una proliferación de leyes, esto trajo como consecuencia un gran caos y una gran confusión entre las leyes vigentes y las derogadas, por lo cual se hizo necesaria recopilar y sistematizar toda esa desordenada legislación no solo en el campo procesal sino en todos los campos , fue así como en el 1845 apareció la RECOPILACION GRANADINA, elaborada por don Lino De Pombo en esta recopilación todo el segundo tomo fue dedicado al aspecto procesal.
Al adoptar nuestro país u sistema de gobierno federal, el estado soberano de Cundinamarca promulgo la ley 29 de 1858, esta regulaba lo concerniente al procedimiento civil, este era copia del código de procedimiento civil colombiano.
-EL CODIGO DE CUNDINAMARCA
La organización del código quedo a cargo la publicación del código de organización judicial y procedimiento civil, este nuevo código vino a subrogar el código judicial creado por la ley 57 de 1872, este nuevo código tuvo muchas contradicciones y antonimias, sobre todo en lo que se refería a su desarmonía con los preceptos de la ley sustancial más que de una vez burlados por el casuismo procedimental.
-EL PROECTO DEL CONCEJO DE ESTADO DE 1895
En 1894 se encargó al concejo de estado la redacción de un código de procedimiento civil, el cual se elaboró y se presentó al congreso en el año de 1895, pero este no fue aprobado.
El cuatrienio de 1966-1970 fue de gran importancia, pues no solo no solamente se expidió el código procesal civil, sino también el régimen de registro al sistema notarial, al derecho de familia.
-PROYECTO ARBELAEZ
Era necesario unificar la legislación procesal, por lo tanto el Dr. Ismael Arbeláez elaboro un proyecto de código de procedimiento civil, del cual el gobierno nacional en el año 1914 ordeno un minucioso estudio. Este proyecto tuvo numerosas observaciones entre ellas se indicó que el autor olvidaba e inutilizaba la obra jurisprudencial de 40 años, establecía instituciones que se consideraban inaplicables para la época y solo regulaba el procedimiento civil, cuando lo que se buscaba era un código que contemplara normas de organización judicial, procedimiento penal y civil.
En el proyecto Arbeláez
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