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LAS TRANSFORMACIONES DEL EMPLEO Y DESEMPLEO COMO PARTE DEL DERECHO LABORAL


Enviado por   •  10 de Diciembre de 2017  •  Documentos de Investigación  •  2.880 Palabras (12 Páginas)  •  237 Visitas

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UNIVERSIDAD SEÑOR DE SIPÀN

FACULTAD DE DERECHO

ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO

ARTÌCULO CIENTÌFICO DESCRIPTIVO:

LAS TRANSFORMACIONES DEL EMPLEO Y DESEMPLEO COMO PARTE DEL DERECHO LABORAL

AUTORA:

GARCIA SAAVEDRA ASHLI NICOL

DOCENTE:

MG MORISAKI MEGO FRANCISCO PEDRO

2017-l

LAS TRANSFORMACIONES DEL EMPLEO Y DESEMPLEO COMO PARTE DEL DERECHO LABORAL

GARCIA SAAVEDRA ASHLI NICOL

RESUMEN

Más de 700 mil 600 peruanos están a la espera de un empleo. En su mayoría son mujeres jóvenes menores de 25 años y con estudios superiores completos. Por otro lado, tasa de peruanos con empleo aumentó y hoy totaliza 16 millones 197 mil 100 peruanos. 

POBLACION EN EDAD DE TRABAJAR (PET): Es aquella población definida por las normas internacionales (OIT), como apta en cuanto a edad para ejercer funciones (de 14 años y más). Ella se sub-divide en Población Económicamente Activa (PEA) y Población Económicamente Inactiva (PEI).

 POBLACION ECONOMICAMENTE ACTIVA (PEA): Comprende  a todas las personas de 14 años y más que se encuentran trabajando (PEA Ocupada) Ocupada) o se encuentran buscando activamente un trabajo (desocupados).

 PEA Subempleada: Son los trabajadores cuya ocupación no es adecuada cuantitativa y cualitativamente, respecto a determinadas normas. En el caso del Perú se considera dos grupos de subempleo, por horas (labora menos de 35 horas a la semana) y por ingresos (ingreso mensual es menor que el mínimo de referencia). • PEA Adecuadamente Empleada: Está conformada por dos grupos de trabajadores: aquellos que laboran 35 horas o más a la semana y reciben ingresos por encima del ingreso mínimo referencial, y aquellos que laboran menos de 35 horas semanales y no desean trabajar más horas.

Palabras claves:   Población en edad de trabajar, población económicamente actica, población económicamente inactiva, población económicamente subempleada y población económicamente  emplea                        

                                                        INTRODUCCIÒN

Históricamente en el siglo XX se constituye un punto importante para analizar las transformaciones del trabajo en el derecho laboral. Configurándose un nuevo modelo de empresa se fue cambiando el contenido y la forma de trabajo, organizando la producción basada en la tecnología y la comunicación. La mundialización de la economía, generó nuevas dinámicas y retos para los empresarios que deben competir en un mercado global. Este proceso ha tenido efectos importantes en el trabajo, en los trabajadores y en la regulación laboral.

Estos cambios implicaron la realización de importantes reformas a la legislación laboral con el fin de estimular la creación de empleo y una mayor cobertura, eficiencia y calidad de servicio en el sistema de seguridad social. Sin embargo, tales reformas no han logrado los resultados esperados. Un estudio del BID (2004) indica que el porcentaje de trabajadores que están cubiertos por las normas laborales y los sistemas de protección social es menor hoy que a comienzos de los años noventa. Igualmente, en dicho estudio se señala que los salarios han crecido muy lentamente y que ha aumentado las brechas entre trabajadores más calificados y los no calificados.

Este artículo tiene como finalidad realizar un análisis de las transformaciones que ha sufrido el trabajo en el empleo y desempleo como parte del derecho laboral, indicando no sólo la forma en que dichos procesos han influenciado las reformas laborales en las dos últimas décadas, sino también los desafíos que le imponen al derecho laboral. Este análisis implica, por tanto, establecer una relación entre dos variables que determinan el mercado laboral: las sociales y las institucionales (legislación). Si bien la reorganización del trabajo en la empresa no es un asunto de estudio del derecho laboral, la comprensión de dicho proceso a partir de estudios realizados por otras disciplinas, puede serle de gran utilidad para un mejor desarrollo de su objeto: regular el trabajo.

Este artículo se desarrollará de cómo la configuración de un nuevo modelo de organización empresarial cambió el contenido y la forma de trabajo y proponer una línea de trabajo que se enfoque en explicar los problemas y beneficios existentes para el empleo y desempleo.

 Seguro de desemple en colombia

Emmanuel Nieto, L; Mejía, A (2013) señala: El mundo asiste actualmente a una nueva fase de crisis del modo de producción capitalista. Como bien se sabe, su origen se remonta al desplome de algunos de los más grandes grupos financieros de los Estados Unidos. Este hecho no sólo ocurrió en los países industrializados, sino también en los países en desarrollo, en los que se espera que en el mediano plazo también se expresen los impactos de la crisis. Cifras de desempleo tan altas como las que se registran en España y Grecia, que para abril de 2012 son del orden del 24,4% y 22,5% respectivamente, ponen de manifiesto los niveles de dificultades sociales a los que puede conducir la actual crisis.

En Colombia, aunque la tasa de desempleo a mayo de 2012 fue de 10,7%, nivel levemente inferior al 11,2% registrado en el mismo mes de 2011, nada autoriza a ser optimistas respecto a su comportamiento en medio de la crisis mundial ya referenciada.

Flexibilización laboral y desempleo: la reciente  polémica por la ley del primer empleo en Francia.

Vasconcelos Porto, L; Márcio Túlio, V (2004) señala en la disciplina prevista para el contrato del primer empleo (CPE) El Contrato del primer empleo "Contrat Premiere Embauche"- se encontraba previsto en el art. 8 de un proyecto de ley relativo a la igualdad de oportunidades. Consistía en un pacto a plazo indeterminado que podría ser firmado entre una empresa con más de 20 empleados y un joven menor de 26 años. Habrá previsto un periodo de prueba de 2 años, durante el cual el trabajador podría ser despedido inmotivadamente y no se exigía, por tanto, la presencia de una causa real y seria.

El desempleo entre los jóvenes en Francia, fue en los días actuales, la tasa de desempleo entre los jóvenes franceses con menos de 25 años es del 22,8%«. El CPE fue propuesto por el primer ministro Dominique de Villepin como una medida de combate a este grave problema social Se sustentó que una mayor flexibilización del contrato de trabajo de los j6venes estimularía su contratación por las grandes empresas reduciendo el desempleo. No sometiendo a las exigencias formales y a las pesadas indemnizaciones ligadas al despido inmotivado en los dos primeros años del contrato, las empresas se motivarían a emplear la mano de obra juvenil.

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