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Derecho Laboral. Prohibiciones y Obligaciones de las partes


Enviado por   •  9 de Febrero de 2017  •  Documentos de Investigación  •  3.953 Palabras (16 Páginas)  •  974 Visitas

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INTRODUCCION

La relación laboral es hoy en día muy conflictiva debido a que los empleados ya no le ponen empeño como en un principio a su trabajo, y pues rompen con muchas reglas establecidas, o no desempeñan el trabajo como deberían.

Y los patrones deberían de dar más estímulos a sus trabajadores, ya que eso hace que el trabajador note que se le toma en cuenta y que le importa su desempeño dentro de la empresa.
Pero debe de haber una combinación entre ambos, entre el trabajador y el patrón y llevar una buena relación laboral para que esta sea más flexible entre ambos.
Recordemos que para que en una relación laboral las cosas funcionen de una buena manera y  se lleve una buena relación patrón-empleado es necesario que exista un equilibrio, pero sobre todo, se deben de informar las cosas que imposibiliten que esta relación se lleve a cabo o que las dificulten.

RESUMEN

Prohibiciones y Obligaciones de las partes

El Artículo 95 Nos habla de las Obligaciones que tienen los patronos en pagar o remunerar los salarios convenidos en los contratos de trabajo, el lugar el período y la cantidad pactada, además de pagar el salario por el tiempo que estuvo el trabajador hasta el momento de su salida.

Nos muestra la obligación que tienen los patronos en brindar lugares seguros de trabajo además de los instrumentos y materiales necesarios para el desempeño de sus labores, conceder licencias de ausencia debidamente comprobadas, considerar a los trabajadores absteniéndose de darles malos tratos ya sea de palabra o de obra.

Además de tomar medidas permanentes de higiene y seguridad para los trabajadores, para evitar accidentes, pero si esto llegara a ocurrir debe darle asistencia inmediata al trabajador, a la vez debe permitir la supervisión de las autoridades de trabajo cada vez que estas lo soliciten.

Cubrir las Indemnizaciones por accidentes de trabajo que sufran los empleados, hacer las respectivas deducciones del ley y sindicales a los trabajadores.

Pensionar a los empleados con estudio conforme a la ley lo establece, cuando el patrono tenga a su servicio más de 200 y menos de 2,000 trabajadores.

Establecer un escalafón que rija los ascensos y demás cambios en el personal, tomando en cuenta fundamentalmente la capacidad y eficiencia del trabajador y en igualdad de condiciones, su antigüedad dentro de la empresa.

El patrono debe regirse y cumplir todo lo establecido en la Ley de Trabajo así como en los Reglamentos internos establecidos entre patrono y trabajadores.

El Artículo 96 Nos menciona las Prohibiciones de los patronos exigiendo a los trabajadores que compren artículos del establecimiento para su consumo, así como exigirle y aceptar dinero de los trabajadores como gratificación por haberlos empleado, deducir o retener salarios o prestaciones sin autorización por escrito de parte del trabajador.

Esta prohíbo que los patrones permitan dirigir los trabajos en estado embriaguez o algún estupefaciente o drogas, o cualquier situación anormal, además de coaccionar las condiciones del trabajador de manera que dañen la dignidad de estos.

Imponer Reglas o sanciones que no están estipulas por las leyes o los reglamentos internos de trabajo, así como exigir que realicen trabajos que pongan en riesgo o peligro la salud o la vida del trabajador.

El Artículo 97 Nos menciona las obligaciones de los trabajadores en las cuales menciona acatar y cumplir las órdenes e instrucciones impartidas por los patronos o sus representantes, ejecutar por sí mismos y de manera eficiente su trabajo en el tiempo y lugar convenidos. Observar conducta ejemplar y prestar auxilio en caso de siniestro o riesgo inminente donde peligren personas o los intereses del patrono o de sus compañeros de trabajo.

Guardar secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los productos de elaboración directa e indirectamente o de los cuales tengan conocimiento por razón del trabajo que desempeñan; así como de los asuntos administrativos reservados, con cuya divulgación puedan causar perjuicios a la empresa.  Acatar las medidas de seguridad e higiene acordadas por la autoridades y los patronos por seguridad y protección de los trabajadores.

Someterse a reconocimiento médico, sea al solicitar su ingreso al trabajo o durante éste, a solicitud del patrono, o por orden de las autoridades competentes, para comprobar que no padecen alguna incapacidad permanente o alguna enfermedad contagiosa o incurable ni trastorno mental que ponga en peligro la seguridad de sus compañeros o los intereses del patrono. Cumplir todo lo establecido en las Leyes de trabajo y Reglamento Interno.

El Artículo 98 Establece las prohibiciones de los trabajadores como ser la de Faltar al trabajo, o abandonarlo en horas de labor, sin justa causa de impedimento o sin permiso del patrono. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez, o bajo la influencia de drogas estupefacientes o drogas. Portar armas de cualquier clase durante las horas de labor, excepto en los casos especiales autorizados debidamente por las leyes, y que sean parte de sus funciones para desarrollar su trabajo.

Sustraer de la fábrica, taller o establecimiento, los útiles de trabajo y las materias primas o productos elaborados, sin permiso del patrono. Esta también se considera una falta grave dentro de las sanciones a los trabajadores y puede hasta causar terminación del contrato.

Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo, o promover suspensiones intempestivas del trabajo. Usar los útiles o herramientas suministrados por el patrono para objeto distinto de aquél a que están normalmente destinados. Hacer, durante el trabajo, propaganda político-electoral o contraria a las instituciones democráticas creadas por la Constitución, o ejecutar cualquier acto que signifique coacción de la libertad de conciencia que la misma establece. Además de cualquier otra prohibición establecida en los Reglamentos de Trabajo.

Suspensión de Los Contratos de Trabajo

El Artículo 99 Establece que la suspensión total o parcial de los contratos de trabajo no implica su terminación ni extingue los derechos y obligaciones que emanen de los mismos, en cuanto al reintegro al trabajo y continuidad del contrato. La suspensión puede afectar a todos los contratos vigentes en una empresa o sólo a parte de ello.

El Artículo 100, nos menciona las causas por las cuales pueden suspenderse un contrato de trabajo sin responsabilidad de las partes;

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