Manual de Derecho Penal. Parte General
Hugondhdjdjd7 de Octubre de 2014
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IX. BIBLIOGRAFÍA:
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Funciones del tipo
El tipo penal cumple diversas funciones pero, entre las más importantes tenemos:
a) Función seleccionadora.- Escoge determinadas conductas que ocurren en la sociedad –que considera más graves– y las plasma en las leyes penales. Esto es una de las manifestaciones del carácter fragmentario y del principio de última ratio del derecho penal.
Es aquí donde se plasma un significado valorativo, defendiéndolo Welzel como: "selección de los hechos relevantes para el derecho penal". Por tanto, el tipo encierra un significado valorativo propio y los hechos típicos no son valorativa mente neutros sino, penalmente relevantes; esto no se produce por que sea antinormativo sino por una sección o puesta en peligro de un bien jurídico.
b) Función de garantía.- Una persona solo puede ser sancionada si su conducta está tipificada –señalada– en un tipo penal. El tipo, el siempre "tipo legal", solo la ley escrita es fuente del tipo. Solo puede sancionarse un hecho cuando su punibilidad está legalmente-aplicación del principio de legalidad como un límite al poder punitivo del Estado- determinada antes de la comisión de él. Todo ciudadano debe, por tanto, tener la posibilidad antes de realizar un hecho, de saber si su situación es punible o no. El tipo selecciona conductas merecedoras de pena, su redacción debe de definir con claridad la conducta prohibida; esto se logra utilizando el leguaje promedio de la sociedad, con el cual se debe dictar la ley. Se debe tratar de evitar en lo posible los elementos normativos- aquellos que requieren algún tipo de valoración- dar preferencia a los elementos descriptivos. Las descripciones deben ser de carácter genérico, recogiendo los caracteres comunes a las conductas delictivas.
c) Función indiciaria.- El tipo consiste en la descripción general de acciones antijurídicas, ello permite la selección inmediata entre los ilícitos punibles y los no punibles, lo que da lugar a un juicio preliminar acerca del carácter antijurídico del hecho, como muchos autores manifiestan. Se dice que se crea un indicio, una presunción siempre refutable acerca de la antijuricidad, ya que se puede dar la existencia de lo que conocemos como las causas de justificación.
d) Función motivadora.- La finalidad de los tipos penales es motivar a las personas para que no cometan las conductas sancionadas. El tipo responde
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