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Mediación

Hanna.aguilarEnsayo10 de Mayo de 2022

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Mediación: Método Alterno en el cual interviene un

prestador de servicios de Métodos Alternos o varias personas en cualidades de independencia, neutralidad, imparcialidad, confidencialidad y capacidad, denominadas prestadores de servicios de Métodos Alternos, quienes sin tener facultades de decisión en las bases del acuerdo que se pudiera lograr, ni de emitir juicio o sentencia, facilitan la comunicación entre los participantes en conflicto, con el propósito de que tomen el control del mismo y arriben voluntariamente a una solución que le ponga fin total o parcialmente.

   

    Mediador: El éxito de la Mediación depende de esta figura, quien asuma esta competencia, aparte de su capacitación profesional, debe ser una persona con características muy determinadas.

Ej. neutral, imparcial, sensible, creativo, flexible, muy tolerante y con una elevada capacidad para dialogar con las personas.

El Mediador debe tener la confianza de las dos partes y es fundamental, por lo tanto, que ambas estén totalmente de acuerdo con el nombramiento de la persona propuesta.

El Mediador procurará siempre la consecución de un resultado equitativo, aquél que realmente satisfaga a ambas partes.

   

   El Mediador pone en funcionamiento su pensamiento creativo y su inteligencia emocional, para poder obtener un numero suficiente de alternativas posibles y satisfactorias, respecto de aquellas que las mediados puedan percibir desde sus posiciones de confrontación inicial, tomando como criterio y referencia sus verdaderos intereses y necesidades.

El Mediador es solo el conductor del proceso, que direcciona y orienta; el mediador no es quien resuelve si no que lo hacen las mismas partes a través de su mediación.

   

   Conciliación

Este procedimiento consiste en la actividad de un tercero nombrado por las partes, cuyo objetivo es ponerlas de acuerdo o evitar que acudan a un proceso jurisdiccional o a un procedimiento arbitral.

Diferencia entre mediación y conciliación

El concepto de conciliación merece un tratamiento especial, en cuanto a su definición y características, por ser extremadamente similar al de la mediación.

a) El conciliador asume como objetivo persuadir a las partes acerca de las ventajas de la conciliación como proceso extrajudicial y extra arbitral.

b) El conciliador resuelve el conflicto y propone una solución, pero no se impone como árbitro o juez.

c) El mediador sólo propone una fórmula de composición, donde composición significa ideas de solución al conflicto generadas por las mismas partes.

   

   Características de la mediación

▪ 1. Las partes son guiadas por un tercero. Las partes solucionan solas el conflicto.

▪ 2. Las partes tienen una intervención conjunta con el tercero.

▪ 3. El tercero debe ser un experto en la materia.

▪ 4. Satisface intereses particulares y no públicos

(las partes son privadas).

▪ 5. No existe un proceso predeterminado.

▪ 6. El proceso termina en el momento en que lo dispongan las partes.

▪ 7. No es vinculante.

▪ 8. No hay ganador ni perdedor.

▪ 9. Las partes designan el lugar del proceso y el idioma.

▪ 10. Es un método rápido y económico.

▪ 11. El cumpli miento de los resulta dos de la negociación es voluntario.

Características de la conciliación

1. El tercero propone la solución y persuade a las partes.

2. Se le considera una etapa previa al arbitraje.

3. El tercero debe ser un experto en la materia.

4. Se pretende la satisfacción de intereses particulares y no fines públicos. 5. Se pueden apegar a reglamentos previamente establecidos por instituciones arbitrales como la Cámara de Comercio Internacional (CC¡), la Asociación Americana de Arbitraje (AAA) o la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO).

6. El proceso termina en el momento en que lo dispongan las partes.

7. No es vinculante.

8. El conciliador formula un informe.

9. Se designa el lugar del proceso y del idioma.

10. Es un método rápido y económico.

11. El cumplimiento del procedimiento debe ser voluntario.

Clases y Tipos de Mediación

• Mediación familiar: Se refiere a los conflictos que se plantean dentro de la familia que pueda incluir padres, hijos, abuelos, pareja o familia más extensa. En los supuestos de ruptura matrimonial. Al amparo de la nueva Ley de divorcio 15/2005, de 8 de Julio, la mediación familiar se ofrece como vía complementaria a los procesos tradicionales de separación o divorcio.

• Mediación empresarial o laboral: Es aquella que se utiliza en los conflictos que surgen en el ámbito laboral. La mediación en la empresa esta dirigida a aquellas personas que tengan problemas con sus superiores, sus subordinados o con los compañeros de trabajo.

• Mediación comunitaria y/o social: La mediación comunitaria esta dirigida a aquellas personas que tienen problemas con los vecinos, con el administrador de fincas, con el presidente de su comunidad o con las personas de su barrio, zona o municipio.

   

     • Mediación escolar: Se presenta como un medio indispensable para resolver los conflictos que pudieran darse entre alumnos, profesores y padres ente otros. La conflictividad es inevitable en la vida cotidiana de los centros educativos, por este motivo, es necesario que existan medios para hacer frente a la misma.

• Mediación sanitaria:la mediación sanitaria es un proceso de gestión de los conflictos que pueden aparecer este profesionales sanitarios, usuario- profesional, usuario-usuario, institución-profesional y otros organismos relacionados.

• Mediación intercultural: Se refiere a los conflictos que surgen por el desconocimiento del idioma o por las diferencias culturales.

• Mediación penal: Se refiere a aquella en la que se utiliza la mediación como resolución de conflictos entre victima y victimario.

• Mediación penitenciaria: es aquella en la que se utiliza la mediación como resolución de conflictos entre presos o entre funcionarios y presos, o entre funcionarios.

           

    Modelos de mediación

Modelo Harvard: en el que el objetivo priorizado es alcanzar acuerdos. Tiene una línea funcionalista de avanzar desde las posiciones a los intereses y necesidades subyacentes de las personas en conflicto respecto del tema en disputa, mediante la negociación asistida. El resultado que se espera con este modelo es la solución de conflicto acordada y formalizada.

Modelo circular narrativo: en el se emplea un trabajo de deconstrucción del conflicto traído a mediación, para la construcción de una nueva narrativa, utilizando para ello la metodología de involucración y neutralidad, esperando como resultado una nueva narrativa co-construida.

       

     Modelo Transformativo: se tiene un foco en la observación y análisis de las pautas comunicacionales y actitudinales existentes entre las personas en conflicto, en las que intervendrá desde un micro enfoque, centrado en la transformación de las pautas interpersonales, teniendo como resultado esperado las relaciones interpersonales modificadas.

   

    Ventajas de la mediación

 Entre las principales ventajas de la mediación es que existe la posibilidad que las propias partes, verdaderas conocedoras de sus necesidades y limitaciones, decidan la solución para sus conflictos con la ayuda del mediador.

La posibilidad de participación en el proceso fortalece los mediados y permite que se sientan valorizados.

 El individuo es reconocido como parte principal y cada uno es considerado un ser único, cuyos deseos y limitaciones deben ser respetados.

   

   Con la participación activa, las partes se sienten mas implicadas en los acuerdos alcanzados lo que facilita el cumplimiento de las decisiones.

 La mediación favorece la consecución de acuerdos a largo plazo.

Debido a su flexibilidad, las mediaciones suelen ser rápidas en la gran mayoría de los casos, dependiendo de la complejidad de los conflictos. La rapidez es importante porque evita la escalada del conflicto y el desgaste emocional de las partes.

   

   Ventajas de la conciliación

 Libertad de acceso: al ser una figura fundamentada en la autonomía de la voluntad de las partes, cualquier ciudadano puede acudir a la conciliación como una alternativa para solucionar sus conflictos.

Una conciliación tiene plenos efectos legales para las partes, por lo tanto, es efectiva.

Mediante la conciliación las partes solucionan sus conflictos de una forma mas rápida en comparación a tratar el asunto en un proceso judicial.

El conflicto es una situación en la cual un grupo humano se encuentra en oposición a otro u otros grupos en razón de que tienen o persiguen intereses incompatibles; para su existencia se requiere una discrepancia que traiga consigo violencia, es decir, furia, engaño, peleas, agresión, insultos, acoso o gritos.

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