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Mediacion


Enviado por   •  22 de Julio de 2014  •  1.099 Palabras (5 Páginas)  •  276 Visitas

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¿Qué es la mediación penal?

Es un sistema alternativo de resolución de conflictos que da el protagonismo a las partes, cuando se ha producido un delito o falta, promovido por el juzgado y realizado por un equipo de mediación especializado, que permite la restauración de los daños causados, cuyo objetivo es la consecución de acuerdos que satisfagan a las partes implicadas. La mediación penal no sustituye la sentencia, pero sí la incluye y con el acuerdo de todas las partes, (Titular del Juzgado, Ministerio Fiscal, Representantes legales y las propias partes) es acogida como esencia fundamental de la sentencia.

Principios de la mediación penal

• Voluntariedad, pues sólo cuando las partes están dispuestas a someterse de forma voluntaria es posible la mediación.

• Confidencialidad, una vez que las partes se someten a mediación, lo tratado en las sesiones será estrictamente confidencial, y sólo los acuerdos serán conocidos por el juzgado. Incluso si no se llegara a acuerdos, lo expuesto por las partes no podrá ser utilizado en contra de éstas en el juicio.

• Gratuidad, esto es, los costes económicos no repercuten en la víctima ni en el infractor, pues son asumidos por la Administración de Justicia.

• Neutralidad, quien realice la mediación, ya sea un/una profesional individual o un equipo de profesionales, no podrá tomar partido por una u otra parte. La neutralidad conducirá a las partes al acercamiento de posturas, al no observarse partidismo por la persona mediadora.

• Flexibilidad, sobre todo en los tiempos para llevar a cabo un proceso de mediación. Si éste estuviese cerrado a un determinado número de sesiones o un plazo concreto, generaría efectos negativos sobre las partes implicadas.

• Bilateralidad, pues cada parte tiene derecho a ser escuchada, a tener posibilidad de explicarse, de defenderse. Y ello ha de ser equilibrado para las partes.

• Oficialidad, esto es, le corresponde al Juez, con el acuerdo del Ministerio Fiscal la derivación de los casos al Servicio de Mediación. Esta derivación puede ser de oficio o a instancia de las partes implicadas en el proceso.

¿Qué ventajas tiene la mediación penal?

• Posibilita el diálogo entre las partes sobre el hecho delictivo y sus consecuencias: se ayuda a la víctima a expresar el dolor sufrido, y a superar sus sentimientos de desconfianza, miedo, rencor o venganza.

• Permite a la víctima recuperar su papel protagonista, recogiendo su opinión, sus necesidades, permitiéndole encontrar el resarcimiento más satisfactorio para ella.

• Estimula a quien ha delinquido en el desarrollo de su capacidad para responsabilizarse del hecho, al enfrentarse a la víctima y al daño causado, lo que le permite comprender mejor los efectos de su conducta, reconocer su responsabilidad y mostrar su disposición a reparar el daño causado. En definitiva, también contribuye a su reinserción social.

• Permite agilizar la respuesta social ante la comisión de un delito, aportando al sistema judicial un instrumento flexible que además ahorra costes judiciales.

• Fomenta la cultura del diálogo para la resolución de conflictos.

• Evita la penalización de conflictos en el ámbito familiar o vecinal.

• Puede tener efectos preventivos, reduciendo la reincidencia.

¿Cuándo se puede iniciar?

La mediación puede iniciarse en cualquiera de las fases del procedimiento penal, esto es, en la fase de instrucción, de enjuiciamiento y/o de ejecución, y en los casos de delitos o de faltas que sean susceptibles de ser mediados.

Si el proceso de mediación comenzase en la fase de ejecución de la pena,

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