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PROGRAMA PREVENTIVO PARA FOMENTAR LOS DERECHOS DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA EN LA COMUNIDAD SANTA MARIA “B”, MUNICIPIO MIRANDA ESTADO FALCÓN

alejandrojmaBiografía30 de Enero de 2018

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR

PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES,

 JUSTICIA Y PAZ

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA SEGURIDAD

CENTRO DE FORMACIÓN FALCÓN

[pic 1]

PROGRAMA PREVENTIVO PARA FOMENTAR LOS DERECHOS DE LA MUJER A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA EN LA COMUNIDAD SANTA MARIA “B”, MUNICIPIO MIRANDA ESTADO FALCÓN

Facilitadora:        Discentes

Eddania Vargas        LUIS BRACHO

CI:24581210    

LUIS GARCIA

CI:22607053

YOFRANNY MEDINA

CI:23588435

Santa Ana de Coro, octubre 2017

INDICE GENERAL

Pag.

PORTADA

INTRODUCCION

FASE I PREPARATORIA PARA ABORDAJE COMUNITARIO

1.1 IDENTIFICACION DEL ESECENARIO

1.2 CONTEXTO GEOHISTORICO, UBICACIÓN GEOGRAFICA

RESEÑA HISTORICA, ASPECTOS DEMOCRAFICOS

SERVICIOS PUBLICOS, ORGANIZACIONES O GRUPOS SOCIALES, COMUNAS

1.3 CARTOGRAFIA SOCIAL

1.5 JERARQUIZACION DE NECESIDADES

1.6 VINCULACION

1.7 CRONOCRAMA DE ACTIVIDADES

1.8 ALCANCES DE LA INVESTIGACION

2.1 DESCRIPCION DEL PROBLEMA

2.2 PLANTEAMIENTO DE LA PROBLEMATIZACION

2.3 JUSTIFICACION

2.4 PROPOSITOS

2.5 MANEJO CONCEPTUAL

2.6 ASPECTOS METODOLOGICOS

2.7 PLANIFICACION DE LA PROPUESTA

3.1 EJECUCION DE LA PROPUESTA

3.2 SISTEMATIZACION DE LA EXPERIENCIA

3.3 DELIMITACION DE LA PROPUESTA

3.4 EVALUACION

CONCLUSION

RECOMENDACIÓN

INTRODUCCIÓN

El derecho de la mujer a una vida libre de violencia recibió reconocimiento internacional mediante varios instrumentos legales, que constituyeron indudablemente uno de los hitos principales en la evolución del derecho de la mujer a una vida libre de violencia y Venezuela no ha escapado a estos acontecimientos, hecho que se evidencia con la promulgación y entrada en vigencia de la Ley Orgánica sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en fecha 17 de Septiembre de 2007.

Sin embargo, la violencia contra la mujer es quizá la transgresión de los derechos humanos más usual y que afecta a un mayor número de personas, pues está presente en todas las sociedades del mundo, sea cual sea su sistema político o económico ya que no sabe de culturas, clases sociales ni etnias, y Venezuela no escapa de ello, ya que como lo afirma la Unicef en cuanto a la situación de esta problemática en Venezuela: “La violencia contra la mujer es un fenómeno muy extendido

La violencia de género, es uno de los abusos contra los derechos humanos y uno de los problemas de salud pública más delicados en el mundo actual. Es también una manifestación extrema de la desigualdad relacionada con el género, impuesta a las mujeres y a las niñas a causa de su posición subordinada debido a que culturalmente ante la sociedad la mujer debe adaptarse al patrón que rige la sociedad. Las consecuencias de la Violencia Basada en Género (VBG) a menudo son devastadoras, y prolongadas, afectan la salud física y el bienestar mental de las mujeres y las niñas y niños. Al mismo tiempo, sus repercusiones ponen en peligro el desarrollo social de los niños y niñas en la familia, de la familia como unidad, de las comunidades donde viven las personas afectadas y de la sociedad en general.

Cabe destacar, que la violencia es un problema sociocultural, que se presenta mediante causas que están determinadas por la estructura patriarcal, donde el hombre ejerce el dominio y control sobre los demás miembros del grupo familiar, debido a que se toma en cuenta la superioridad del varón y sus destrezas en virtud de la aplicación de la fuerza.

La violencia contra la mujer se constituye en un tema alarmante que genera preocupación a las comunidades y al estado en sí mismo; como es de conocer la familia y la sociedad son instituciones establecida desde la fundación del mundo para la conformación de una nación. Por lo que referirse a violencia contra la mujer representa a un problema social con trasfondo espiritual, moral y cultural. Siendo que esta realidad se hace  presente en cada comunidad, región y país; el estado debe brindar dentro del marco legal las herramientas de protección necesarias que garanticen la libertad plena a la mujer en sus diferentes roles.

Por ello, se torna relevante que los funcionarios que conforman las instituciones públicas y privadas tengan conocimiento de la importancia de abordar el tema de la violencia contra la mujer, de manera que se garantice el respeto integral a su humanidad.

En este sentido, es necesario contar con una garantía de protección por parte del Estado, en primer lugar, a través de la implementación y aplicación efectiva de normas jurídicas de obligatorio cumplimiento tanto para los órganos administrativos, como para los órganos jurisdiccionales, cuya función sea la tutela de los derechos de las mujeres, y en segundo lugar, la promoción de esos derechos y sus mecanismos de defensa.

.        Esta investigación está orientada al conocimiento del derecho de toda mujer que le brinda la Constitución Bolivariana de Venezuela ante esta situación de vulnerabilidad, y a los procedimientos legales que les permiten desarrollarse dentro de un contexto de igualdad de género, con oportunidades del desenvolvimiento de sus habilidades y capacidades y lograr el disfrute pleno que genera el pertenecer y conformar una familia.

1.1IDENTIFICACION DEL ESCENARIO

Comunidad Santa María B, parroquia San Antonio Municipio Miranda Estado Falcón.

1.2CONTEXTO GEOHISTORICO

 RESEÑA HISTÓRICA

     En el año 1994, nuestro país tiene como Presidente Constitucional al Doctor Rafael Caldera y el Estado Falcón tiene como Gobernador al Señor Aldo Cermeño. Para el momento el Estado tenía un plan de construcción de 92 viviendas ubicadas en el Municipio Miranda, Parroquia San Antonio sector  Las Velitas.

     El 21 de febrero del 1994, un grupo de personas procedentes de diferentes Municipios de nuestro Estado, toman la iniciativa de invadir mencionadas viviendas, alegando que ellas si las necesitaban e ignorando que las mismas ya habían sido adjudicadas y los beneficiarios no las habitaban.  Esto sucedió porque los adjudicadores estaban esperando que la empresa responsable de la obra culminara en su totalidad las viviendas; ya que a las mismas les faltaba urbanizarla, es decir, que tuvieran todos los servicios básicos. Esta situación origino un conflicto entre pueblo y pueblo que duro cinco meses y dos días exactamente. A raíz de esta situación los copropietarios se ven en la necesidad de crear un Comité Pro-Defensa para poder desarrollar los planes y gestionar las diferentes solicitudes ante los organismos del Estado y poder así rescatar sus viviendas.

     El Comité Pro-Defensa realizo varias visitas a los diferentes entes (INAVI, Asamblea Legislativa, Alcaldía del Municipio), relacionados a dar orientación para solventar esta situación existente, y ninguno daba respuesta satisfactoria para la solución rápida de este conflicto. En vista que fue pasando los días los beneficiarios proponen de forma radical una protesta ante lo que es justo, y deciden tomar las instalaciones de INAVI, obteniendo como resultado del Ing. Ibrahim Jiménez (Gerente Estadal) que comenzaría a gestionar el desalojo.

     Posteriormente se informa que el desalojo se realizaría el día 10 de marzo a las 7 de la mañana. Esperando con ansiedad la ejecución de la medida de desalojo, pero lamentablemente esta se inició pero no se pudo culminar debido a que se presentó un rechazo contundente de parte de los invasores, trayendo como consecuencia la presencia de algunos representantes del gobierno regional: Concejales y el Alcalde el Sr. Rodolfo Barraez quienes impidieron la culminación de la medida, y la misma se suspendió.

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